El Congreso definió la conducta del acoso escolar y dispuso una estrategia estatal para atender y prevenir los casos que han desbordado a planteles y maestros | Foto: Archivo.

CONGRESO

Matoneo, un asunto de Estado

Una nueva ley impone al Ministerio de Educación una estrategia prevenir el abuso sistemático a niños y adolescentes en los colegios.

15 de diciembre de 2012

Matoneo, acoso escolar, bullying. Distintos nombres para identificar uno de los fenómenos más alarmantes en los planteles educativos y que, según diferentes estudios académicos, afecta a uno de cada cinco estudiantes en el país, especialmente durante su vida escolar.

Por primera vez, el Congreso colombiano expidió una ley que no sólo define esta conducta sino que crea un sistema nacional para que todas las entidades del Estado, competentes en los asuntos educativos, enfrenten el problema. La principal apuesta será por la prevención.

Enrique Chaux, investigador de la Universidad de los Andes, afirma que uno de cada cinco escolares son víctimas del matoneo. Otro estudio de la misma universidad y publicado el año pasado y realizado entre 55.000 estudiantes de 589 municipios del país, encontró que el 29 por ciento de los alumnos de quinto grado y el 15 por ciento de noveno, manifestaron haber sufrido algún tipo de agresión física y verbal.

El acoso escolar, matoneo o bullying fue definido, según lo aprobó el Congreso el pasado jueves, como la conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado.
 
También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.

El ciberbullying o ciberacoso escolar es definido por la ley como la forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
Esta conducta, que según el gobierno ha desbordado a los planteles educativos, será ahora responsabilidad directa del Estado.

La nueva ley crea el 'Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar', que en palabras de la ministra de Educación, María Fernanda Campo, será la herramienta que permitirá prevenir y mitigar la violencia escolar.
 
El objetivo, explica Campo, es desarrollar el "principio constitucional" de la corresponsabilidad entre los colegios, la familia, la sociedad y el Estado para la educación de los niños, niñas y adolescentes. ¿Y cómo lo hará? Esta ley obliga a crear comités de convivencia escolar en todos los niveles (nacional, regional e instituciones educativas), una ruta de atención integral para la convivencia escolar y el sistema de información unificado de convivencia escolar, además de ordenar la aplicación efectiva de los manuales de convivencia.
 
El comité nacional de convivencia escolar estará conformado, entre otros, por los ministerios de Educación, Cultura, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de Salud y Protección Social, el ICBF, la Defensoría del Pueblo y las dos instituciones educativas -una pública y una privada- con los mayores puntajes en las pruebas Saber 11 del año inmediatamente anterior.

A nivel territorial se crearán comités departamentales, municipales y distritales de convivencia escolar. Y en los colegios se integrará un comité de convivencia en cada establecimiento educativo.

Para los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes, la norma ordena crear una 'Ruta de atención integral para la convivencia escolar', que definirá los procesos y protocolos a seguir por parte de las entidades e instituciones que conforman el sistema nacional de convivencia escolar.
 
La 'Ruta de atención' inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar. Tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual. 

Embarazo adolescente

El embarazo en adolescentes, que ha sido definido por el gobierno como una de las principales causas generadoras de pobreza en el país, también pretende ser prevenido mediante esta nueva ley.

Lo hace al incluir, en los servicios de atención integral a los menores de edad, un control médico periódico, por lo menos una vez al año, para atender los casos de embarazo adolescente, los cuales tendrán atención prioritaria iniciando su control prenatal.
 
La nueva ley también establece que la atención en salud mental a los niños, niñas, adolescentes y las familias afectadas por la violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos, será prioritaria con base en el Plan Obligatorio de Salud (POS).

De esta manera el Estado le hace frente por primera a vez a un problema que en el pasado se quedaba en la esfera privada de los colegios pero que poco a poco desbordó la capacidad tanto de instituciones como de los maestros.