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"La transparencia es lo mínimo que uno espera en temas tan cruciales como este". Carlos Suárez, Bogotá.

4 de octubre de 2014

Documento de reflexión

Aleccionadora la carta de Arabia en SEMANA n.° 1691. Las empresas deberían incluirla como documento de reflexión en el programa de inducción al personal ejecutivo que vinculan.

Raúl Hoyos
Bogotá

Acuerdos para amnésicos

Respecto a la publicación de los acuerdos de La Habana en su pasada edición n.° 1691, yo me pregunto: ¿Recibimos y soportamos de las Farc todos estos 50 años de guerra, matanzas, atentados, secuestros, ataques,  asesinatos, detrimento y demás infamias, por solo eso?, ¿tantos años de sangre y terror para justificarse y exigir eso?

Reforma rural incluyendo subsidio a los campesinos, participación en política sin dependencia del umbral y erradicación-sustitución de cultivos ilícitos son tres aspectos que de una u otra forma ya están en la Constitución, ya son un derecho propio y se pudieron haber negociado en un proyecto político robusto, con líderes serios, en una hoja de ruta bien planeada, con un discurso bien estructurado, sin necesidad de matar y derramar tanta sangre inocente.

Ahora resulta que el cumplimiento e implementación de esos acuerdos implicarán fuertes reformas tributarias, lo cual significa más dinero de nuestros impuestos, de nuestro dinero trabajado honestamente aunque ya bastante hayamos pagado el pueblo con nuestra sangre y nuestro sufrimiento.

A las Farc no se les percibe su interés de reparación ni su reconocimiento de responsabilidad; pero sí se percibe que al final habrá  impunidad, lo cual es algo muy diferente a ‘perdón’. Son dos cosas distintas. Tal vez se aprovechan de que somos un pueblo amnésico.

Álvaro Freddy Vera C.
Cali

Impulso y sinergia

Nadie entiende que en un país que lleva más de 50 años en guerra, haya quienes se oponen a la paz. Acabar con los secretos (SEMANA n.° 1691) rompe la polarización actual. Y esta ruptura generaría mayor confianza, fortaleza y optimismo, sobre los resultados en La Habana. El país no resiste más violencia. Los esfuerzos del gobierno deben y tienen que ser apoyados por todos los colombianos, sin distingos de clases, lo que le dará al proceso un impulso renovador y una sinergia que contribuirían a  la suscripción  rápida de un acuerdo, capaz de devolvernos las esperanzas de vivir en paz. 

Miguel Durán Ordóñez
Bogotá.

Desentonado e irreal

Inconcebible el artículo de María Jimena Duzán sobre Medellín (edición n.° 1691). En 33 años que llevo como suscriptor de la revista SEMANA, jamás había leído algo tan desentonado e irreal. Desde mi sabiduría como lingüista no alcanzo a percibir cuál era el mensaje que nos quería dar esta columnista, que por demás, siempre está difamando y  tergiversando la actualidad nacional.  
Por favor, vigilen  que los columnistas sean prudentes cuando usen términos como Cartel de  Medellín, Oficina de Envigado y Urabeños   para esbozar cuanto artículo quieran escribir  sobre nuestra sociedad antioqueña. Saludos. 

Darío Alonso Díez Montoya
Envigado

Apartamentos amoblados

En la edición n.° 1691 de SEMANA, María Jimena Duzán hace una radiografía de la prostitución infantil en Medellín donde los proxenetas comercializan con menores de edad. Tiene razón cuando afirma que las niñas prepago son carne de cañón de los extranjeros. Los apartamentos amoblados en el Poblado se convirtieron en burdeles, y todo a la vista de las autoridades. 

César Cárdenas
Medellín

Pasadas la una y treinta

En relación con el artículo ‘La película misteriosa’ de su edición n.º 1691 sobre el asesinato de Rafael Uribe Uribe, afirman que no se conoció la hora precisa en que acontecieron los hechos. Está esclarecido históricamente que el atentado sucedió pasadas la una y treinta de la tarde del jueves 15 de octubre
de 1914 sustentado por el testigo presencial, doctor Santiago Uribe, quien además estuvo en la captura inmediata de uno de los autores. El general fue llevado gravemente herido a su casa donde se le atendieron las heridas sin habérsele practicado ninguna cirugía, y fallece a las dos de la mañana del viernes 16 de octubre. El doctor Luis Zea Uribe, médico antioqueño de Titiribí, quien fue uno
de los que atendió al herido, presentó un informe detallado sobre la atención que recibió el general desde el atentado hasta su fallecimiento.

Jorge Enrique Guinand Mejía
Montería 

Coraje y esfuerzo 

El artículo de Daniel Coronell sobre la situación que enfrenta Mario Ernesto Camargo Cortés y la historia de su vida, (SEMANA n.° 1690) debe motivar pronunciamientos jurisprudenciales e iniciativas legislativas que permitan no solo una decisión favorable a su caso, sino avances en el reconocimiento del derecho de las personas con discapacidades a la sustitución pensional de sus padres.

Negarle este derecho implica desconocer que sus logros requirieron, no solo de su coraje y esfuerzo, admirables por cierto, sino del aporte de su familia, tanto afectivo como económico. El hecho de que una persona con discapacidades pueda realizar actividades lucrativas que lo obligan a afiliarse al Sistema General de Seguridad Social, bien como asalariado o como trabajador independiente, no debe traer como consecuencia la presunción de ausencia de dependencia  económica de sus padres. Esta línea de pensamiento lo que haría es desmotivar la creación de empresa por parte de personas con discapacidades o la realización de actividades remuneradas, limitándolas a trabajos informales y esporádicos.

Mediante sentencia C-111 de 2006 la Corte declaró inexequible una parte del artículo 47 de la Ley 100 de 1993 (modificado por la Ley 797 de 2003) en cuanto exigía acreditar “total y absoluta dependencia” de los padres que pretendieran la sustitución de la pensión de su hijo y determinó, entre otros requisitos, que lo que debía probarse era la dependencia económica,  aún parcial, y la dificultad relevante para atender sus necesidades básicas en caso de faltar el ingreso que reportaba la pensión reclamada. 
Por su parte, el Consejo de Estado definió la dependencia económica,  para efectos de pensión de sobrevivientes, como el “estado de subordinación a que se halla sujeta una persona respecto de otra en relación con su ‘modus vivendi”’ (Sentencia del 25 de mayo de 2006).

Si bien estos pronunciamientos significaron un avance, se requiere una legislación que ante las necesidades especiales de las personas con discapacidad y la imposibilidad del Estado para atenderlas integralmente,  garantice al discapacitado al menos mantener el nivel de ingreso que le permita su congrua subsistencia. 

En Colombia ya existen organizaciones y empresas que  promueven y facilitan la vinculación de personas con discapacidad en desarrollo de políticas de responsabilidad social, pero estas iniciativas pueden verse afectadas si ese ingreso, generalmente modesto, le va a significar la pérdida de la sustitución pensional.  Es preciso recordar que por disposición de la Constitución (inciso final del artículo 13) las personas en condiciones de debilidad manifiesta por razones económicas, físicas o mentales deben ser objeto de protección especial por parte del Estado y en tal virtud,  debemos gestionar desde los diferentes ámbitos que se generen las reglas que hagan efectivo tal derecho. 

Le corresponde al gobierno nacional tomar cartas en el asunto.

Alicia Villegas Trujillo
Bogotá 

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