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De las agencias de viajes

En relación con el artículo ‘Pulso aéreo’ (SEMANA #1.019) sobre la controversia

Oscar Rueda García, presidente de Anato
27 de agosto de 2001

En relación con el artículo ‘Pulso aéreo’ (SEMANA #1.019) sobre la controversia entre aerolíneas extranjeras y agencias de viajes colombianas por la comisión de venta, me permito efectuar las siguientes precisiones:

1) Lo que está en juego es el respeto por las aerolíneas extranjeras a la legislación nacional y a los contratos celebrados con las agencias de viajes colombianas, pues la mayoría de ellas pretenden reducir unilateralmente la comisión del 10 por ciento al 6 por ciento.

2) El proyecto de ley no busca elevar la comisión sino que se mantenga la contractual del 10 por ciento, que se ha venido pagando desde hace más de 40 años.

3) En 1979 la Iata (Asociación de Aerolíneas Internacionales) intentó reducirla al 9 por ciento y el gobierno colombiano se opuso porque “según la legislación nacional los contratos se modifican por voluntad de las partes”.

4) La Comisión Latinoamericana de Aviación Civil, de la que Colombia es miembro, establece que los Estados deben fijar la comisión de las agencias de viajes, por cuanto ellas forman parte integral de la tarifa de transporte aéreo de pasajeros. El Consejo de Estado ratificó el deber del gobierno de fijar dicha comisión.

5) La Aeronáutica Civil en ningún momento disminuyó las comisiones: autorizó a las partes a modificar los contratos con esos pisos de comisión, sin establecer máximos pero no autorizó a modificarlos unilateralmente.

6) Una disminución de comisiones no reduce las tarifas sino que produce el efecto contrario, pues busca impedir que las agencias puedan continuar prestando al usuario el servicio profesional y neutral de asesoría o que el usuario pague este servicio en forma adicional a la tarifa.



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