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Artículo

DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

12 de agosto de 1996

Como relatora de la Corte Constitucional me permito rectificar la información publicada en su edición #739 en el artículo titulado 'Vivir con el sida' en el sentido de señalar que la sentencia allí mencionada como de la Corte Suprema de Justicia es en realidad de la Corte Constitucional y corresponde al número 256 de 1996. Adicionalmente a lo anterior, y en ejercicio de mi función de divulgación de la jurisprudencia constitucional, me permito relacionar las siguientes sentencias: 484 y 502 de 1992 en las que se ordena al ISS y al Hospital Universitario del Valle dar atención médica a los peticionarios; 82 y 502 de 1994, la primera de las cuales no prosperó, porque lo que se pretendía era impedir el funcionamiento de una de las sedes de la Fundación Eudes y la segunda, que ordena mejorar las condiciones en las cárceles para los enfermos de sida; por último, 271 de 1995 que ordena al ISS dar el tratamiento completo, esto es proporcionar inclusive la droga AZT. Sonia Mireya Vivas Pineda Bogotá

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