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IMPRUDENCIA, IMPERENCIA O NEGLIGENCIA

10 de mayo de 1999

Respetuosamente rectifico en forma terminante y categórica la mención calumniosa que se
hizo de mi nombre en la edición #883 de SEMANA abril 5-12 de 1999, páginas 29 y 30 de la revista,
concretamente sobre los siguientes puntos: 1o.) Es falso, de absoluta falsedad que yo hubiese presentado
una demanda temeraria ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de esta ciudad
para "pescar lo que más se pudiera en las aguas turbulentas del Ministerio". Por estar comprobado el
incumplimiento de la entidad oficial solicité el pago de obligaciones vencidas, intereses corrientes y de
mora, cancelación de daños y perjuicios, silencio administrativo positivo etc., actos generadores de la quiebra
ruinosa que el Ministerio de Transporte le ocasionó a la Empresa Dragacol. Los hechos de dicha demanda
fueron respaldados con las pruebas debidamente "certificadas y recopiladas" por el Ministerio, tal como lo
afirmó el ministro Mauricio Cárdenas en el Senado de la República.2o.) Con lenguaje alambicado y grotesco
los asesores del entonces ministro, Marín Bernal, en versión que acoge SEMANA, me acusaron de violar
"principios mínimos de la ética" y, además, de transgredir el "principio de derecho natural (?) según el cual no
cabe defraudar la confianza que los demás hombres han puesto en nuestras palabras y actitudes",
expresiones que la revista presenta como si aquéllos fuesen hoy funcionarios del Ministerio.Por otra parte los
actuales asesores, fueron los que recomendaron al ministro Mauricio Cárdenas celebrar la conciliación con
Dragacol, según consta en el acta No. 006 del Comité de Defensa Judicial y Conciliación del Ministerio
de Transporte, firmada por ellos. En consecuencia dichos asesores habrían sido las personas que asaltaron
por imprudencia, impericia o negligencia, la buena fe del Ministro y al mismo tiempo podrían ser cómplices o
coautores del presunto delito de estafa que, según apreciaciones del ministro Cárdenas, se consumó al
suscribir el acta de conciliación.3o.) Dice SEMANA, atribuyéndole el cargo a los referidos asesores, que oculté
en mi demanda "que el Ministerio y la firma habían llegado anteriormente a una conciliación en la cual se
habían resuelto las reclamaciones de Dragacol". Y agrega que el dicho acuerdo quedó plasmado en acta del
27 de abril de 1998.Lo anterior es falso de toda falsedad. Nunca existió ese acuerdo o acta de conciliación
con el entonces ministro Rodrigo Marín Bernal. Ocurrió, sí, que las partes solicitaron al Centro de Arbitraje y
Conciliación de la Cámara de Comercio de Santafé de Bogotá les convocara para debatir y dirimir las
divergencias existentes entre ellas, lo cual es enteramente distinto y diferente a lo que afirma la importante
revista que ustedes orientan.Por último quiero significarles que será muy difícil enlodar la honra y rectitud con
las cuales he participado con dignidad en la política colombiana por más de 40 años. La contumelia, las
consejas y las insidias tampoco podrán empequeñecer mi actividad profesional.Hugo Escobar SierraBogotáN.
de la R. Todos los puntos a los que hace referencia el doctor Hugo Escobar Sierra en su carta se refieren a
un documento preparado por el Ministerio de Transporte, no por la revista SEMANA. En el mencionado
documento se afirma hasta la saciedad que sí existió un acta de conciliación firmada el 27 de abril de 1998.

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