Contraloría General de la República | Foto: Archivo SEMANA

ASÍ CAMBIARÁ EL ESTADO

Así cambian los organismos de control

La forma como se elige al contralor es una de las grandes modificaciones de la reforma.

Juanita Vélez (*)
2 de junio de 2015

La elección del Contralor general y los contralores regionales siempre ha levantado ampolla. Y la razón es obvia: son los que vigilan el manejo de las finanzas públicas. Antes de la reforma, el Contralor era elegido por el Congreso a partir de una terna enviada por las altas cortes y en el caso de los contralores regionales, por el tribunal del distrito judicial y por otro contencioso administrativo. Lo que cambia, y que es un avance enorme para los organismos de control, es que en ambos casos los elegibles saldrán de convocatorias públicas. Eso garantiza una mayor transparencia en el proceso de elección, porque por primera vez el poder de nominación ya no está en manos de las cortes ni de ningún tribunal. Si la reforma se aprueba, así quedaría:

¿Cómo cambia la elección del contralor?

El cargo que hoy ocupa Edgardo Maya era elegido por el Congreso en pleno, en el primer mes de sus sesiones, para un período igual al del presidente, de una terna enviada por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. La reforma cambia el origen de esa elección y les quita el poder nominador a las altas cortes. Si se aprueba la reforma, el contralor sigue siendo elegido por el Congreso, por mayoría absoluta, en el primer mes de sus sesiones, pero ya no a partir de una terna enviada por las cortes, sino por medio de una lista de elegibles conformada por convocatoria pública.

¿Qué pasa con los contralores regionales?

Un punto que ha generado controversia es la elección de los contralores regionales. Quienes tenían este cargo en los departamentos, distritos y municipios son elegidos por las asambleas y concejos distritales y municipales mediante ternas integradas por dos candidatos presentados por el tribunal superior de distrito judicial y uno por el correspondiente tribunal de lo contencioso-administrativo. Si se aprueba la reforma, estos serán elegidos por las Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y Distritales, mediante convocatoria pública. Son los únicos funcionarios dentro de la reforma a quienes se les permite reelegirse.

*Periodista política de revista SEMANA