Por una diferencia de 5 a 4, la Corte declaró exequible la norma que señala que la clase de educación sexual debe ser obligatoria únicamente en bachillerato.

EDUCACIÓN

La educación sexual se mantiene para los más pequeños

El Ministerio de Educación celebró la decisión de la Corte Constitucional, pero aseguró que estos temas se enseñarán de manera transversal en todos los ciclos.

24 de febrero de 2016

El Ministerio de Educación Nacional (MEN), de forma quizá paradójica, celebró la decisión de la Corte Constitucional sobre la cátedra de educación sexual: sólo se dictará en bachillerato y en la universidad.

“Estamos en desacuerdo con establecer cátedras adicionales de sexualidad. La educación sexual debe ser parte de las otras materias, como biología y ciencias sociales”, indicó Víctor Saavedra, viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media.

Es así que esta temática "se enseñará de una manera transversal en todas las asignaturas”, y añadió que “el país puede estar tranquilo porque este fallo no contradice ni limita la Ley General de Educación ni las acciones que realiza el Ministerio al respecto.”

Sobre las declaraciones vertidas por el procurador general, Alejandro Ordóñez, Saavedra las tildó en rueda de prensa “como una posición medieval que no corresponde a las necesidades de educación de los niños”

La discusión empezó cuando el colectivo ‘Cero embarazos no deseados en adolescentes‘ interpuso una demanda contra la Ley 1146 del 2007, que obliga a impartir educación para la sexualidad únicamente a estudiantes de bachillerato y educación superior.

La agrupación pretendía la revisión de esta norma con el objetivo de que los niños de preescolar y primaria también tuvieran acceso a este programa.

El primero en oponerse fue el procurador Ordóñez, quien aseguró que de aprobarse la medida “podrían generarse consecuencias indeseables, como la curiosidad hacia conductas sexuales que aceleran de manera inconveniente el inicio sexual de los niños y adolescentes.”

Y es que para el jefe del Ministerio Público la cátedra sobre sexualidad no era necesaria en toda la escolaridad, ni siquiera como herramienta para prevenir los abusos sexuales.

Según su concepto, las disposiciones estipuladas en la artículo 11 de la Ley, que obligan a las instituciones educativas a darle elementos a los niños para que la detección, la identificación y la denuncia sea rápida, son suficientes para prevenir las violaciones.

Con su decisión, la Corte Constitucional le da la razón, tanto al procurador Ordóñez, como al Ministerio de Educación. Y si bien no habrá una cátedra específica, la educación sexual seguirá impartiéndose a los más pequeños.