Finanzas
El camino para recuperar su dinero si lo envió a la llave equivocada dentro del sistema Bre-B; las leyes dan garantías
Las personas deben verificar los datos de las transacciones.
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Desde hace algunos meses, los colombianos cuentan con la posibilidad de registrar sus llaves en el nuevo sistema Bre-B. A través de este sistema, se pueden realizar transacciones a otras entidades bancarias en cuestión de segundos, y bajo nuevas medidas de seguridad.
Los usuarios pueden utilizar su documento de identidad, correo electrónico, entre otras opciones, para ser reconocidos en el sistema financiero.
Sin embargo, como ocurre con cualquier método de envío de dinero, las personas están expuestas a errores de tipeo que pueden causar el envío de fondos a las llaves de otra persona.

Según RCN, las recomendaciones de los abogados expertos en la materia consisten, en primer lugar, en comunicarse con la entidad bancaria en la que se encuentran los fondos, para recibir la asesoría adecuada sobre el caso.
Es importante señalar que cada entidad bancaria del país cuenta con normas distintas, por lo cual las solicitudes deben realizarse siguiendo los parámetros establecidos por cada una.
Por otra parte, una entidad bancaria no puede bloquear la cuenta de una persona ni debitarle dinero sin una orden judicial o sin cumplir los procedimientos legales. La siguiente sugerencia es tratar de ponerse en contacto con la persona que recibió el dinero por error, con el fin de llegar a un acuerdo amistoso que evite recurrir a trámites adicionales.
Cabe aclarar que el dinero enviado por error sigue siendo parte del patrimonio del remitente y debe ser devuelto tan pronto se cumplan las condiciones que exige la ley.

El artículo 252 del Código Penal establece las sanciones para quienes se apropien del dinero de un tercero:
“El que se apropie de bien que pertenezca a otro y en cuya posesión hubiere entrado por error ajeno o caso fortuito, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses. La pena será de prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses cuando la cuantía no exceda de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes”, señala el Código Penal.
Es importante recordar que esta norma no solo se aplica a las transacciones por medio de billeteras digitales, sino también a las transferencias realizadas a través de medios tradicionales.
Las instituciones financieras recomiendan a las personas verificar cuidadosamente los datos del destinatario antes de realizar una transferencia, para evitar complicaciones mayores.
Por último, se recomienda conservar los soportes de las consignaciones, ya que son fundamentales para realizar los reclamos pertinentes en caso de errores.