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“Acción de tutela: la gran conquista del derecho constitucional contemporáneo”

Este agitado debate puso sobre la mesa los logros y los retos de la tutela como mecanismo defensor de los derechos fundamentales en el país.

9 de abril de 2011

“La joya de la Corona” o “el corazón de la Constitución de 1991” fueron algunos de los apelativos que recibió la acción de tutela en el primer foro del Ciclo de Justicia Constitucional realizado el pasado 7 de abril por la revista SEMANA y la Universidad Sergio Arboleda, para conmemorar los veinte años de la Carta Política y a propósito del debate sobre el proyecto de reforma a la justicia que tuvo lugar el jueves y viernes de la semana pasada, citado por el ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras.
La discusión se centró en dos ejes principales: el comúnmente llamado “choque de trenes”, y las consecuencias económicas de las decisiones de la Corte Constitucional en materia de los derechos económicos, sociales y culturales.

Con argumentos como el respeto a la supremacía de la Constitución, la protección de los derechos humanos y el amparo de los más vulnerables, los exmagistrados de la Corte Constitucional Eduardo Cifuentes Muñoz y Rodrigo Escobar Gil defendieron la competencia que permite a los jueces, mediante la tutela, revisar toda actuación del poder público y, específicamente, cuando por vías de hecho en las sentencias judiciales se vulneren los derechos fundamentales. Por el contrario, para William Namen, magistrado de la Corte Suprema de Justicia, y Juan Carlos Esguerra, exdelegado de la Asamblea Nacional Constituyente, con la figura de la tutela contra sentencia ejecutoriada “se llega a la situación ilógica de que un juez promiscuo invalide una sentencia de la Corte Suprema de Justicia”.

En el segundo eje temático se plantearon fuertes críticas a ciertas decisiones de la Corte Constitucional que han generado un excesivo gasto público. Tanto el constitucionalista Juan Manuel Charry como el exministro Fernando Londoño afirmaron estar viviendo en Colombia una dictadura del poder judicial, en la que la Corte “legisla, gobierna y, en algunas ocasiones, expide sentencias”. Frente a este punto, el director de DeJusticia, Rodrigo Uprimny, resaltó las grandes decisiones que, dentro del estricto marco de sus competencias, ha adoptado la Corte Constitucional en materia de derechos sociales, y fue enfático en señalar que si bien la protección de los derechos fundamentales implica un significativo costo económico, ello no puede invocarse como razón para dejar de ampararlos.

El único punto en que se presentaron coincidencias fue en la necesidad de que el proyecto de reforma a la justicia incluya la reglamentación de la tutela en materias como su procedencia frente a las vías de hecho judiciales, el principio de inmediatez y la limitación de las facultades de la Corte Constitucional para afectar el gasto público mediante sus fallos. Este último punto en particular generó un debate candente, considerando que, según Uprimny, “deberán entonces limitarse también las facultades de los jueces contencioso administrativos para fallar a favor de multinacionales que demandan al Estado”.

Sin lugar a duda, aunque hubo bastante controversia y debate en este primer encuentro académico, entre los panelistas y el público presente seguramente quedó muy claro que la tutela, con sus pros y sus contras, es, como bien lo dijo Rodrigo Escobar Gil, “la gran conquista de nuestro derecho constitucional”.