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CPI analizará demanda de Uribe contra Chávez antes de decidir si abre investigación

La Corte no ha confirmado por el momento si ha recibido la demanda de Uribe ni ha ofrecido ningún otro detalle alegando que se trata de información confidencial, indicaron a la agencia de noticias Efe fuentes del Tribunal.

9 de agosto de 2010

La Corte Penal Internacional (CPI) analizará detenidamente la demanda presentada por el ex presidente Álvaro Uribe Vélez contra el presidente de Venezuela, Hugo Chávez, antes de determinar si inicia una investigación o no, según sus estatutos.

La Corte no ha confirmado por el momento si ha recibido la demanda de Uribe ni ha ofrecido ningún otro detalle alegando que se trata de información confidencial, indicaron a la agencia de noticias Efe fuentes del Tribunal.

Según precisa en su página web, la CPI puede recibir dos tipos de demandas: “remisiones” de cuestiones o peticiones de pronunciamiento que envían los estados o el Consejo de Seguridad de la ONU, o “comunicaciones” que presentan ciudadanos.

Las diversas fuentes de la Corte consultadas tampoco han precisado si la demanda presentada por Uribe sería una remisión o una comunicación.

En cualquier caso, ninguna activa automáticamente las competencias del Fiscal del CPI, ya que la Oficina del Fiscal siempre debe llevar a cabo primero un análisis de la información, a fin de determinar si se cumplen las condiciones para iniciar una investigación.

“Debe haber una base razonable para proceder”, señala la Corte.

Cuando el Fiscal recibe una remisión de un asunto, el artículo 53 indica que debe iniciar una investigación a menos que determine que no hay una base razonable para proceder bajo el Estatuto de Roma, que marca el funcionamiento del Tribunal.

No obstante, cuando el Fiscal recibe una comunicación privada, la prueba es la misma pero el punto de inicio es al contrario: no tiene que abrir una investigación a menos que primero concluya que hay una base razonable para proceder.

Una vez tomada la decisión de iniciar una investigación, los remitentes de esa comunicación son informados de inmediato de la decisión y de las razones.

El Estatuto no especifica el contenido que debe tener la comunicación.

La Oficina analiza todas las comunicaciones recibidas y el alcance del análisis depende de la precisión y la naturaleza de la información facilitada, detalla la CPI.

Si la información disponible no proporciona suficientes precisiones para poder realizar un análisis que determine si existe una base razonable para abrir una investigación, el análisis se da por terminado y se informa al remitente.

Esa decisión es provisional y puede ser revisada si se proporciona nueva información.

Uribe anunció el pasado viernes, unas horas antes de dejar el Gobierno colombiano, que había presentado una denuncia contra Chávez ante la CPI y una demanda contra la República Bolivariana de Venezuela ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

El letrado Jaime Granados, que actúa como apoderado legal de Uribe, señaló entonces que esas acciones responden a violaciones de los derechos humanos que tienen que ver con la supuesta presencia de guerrilleros de las Farc y del ELN en territorio venezolano.
 
EFE