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Eduardo Cifuentes, exmagistrado de la Corte Constitucional y exdefensor del Pueblo. | Foto: Guillermo Torres

ENTREVISTA

“A partir de la Constitución de 1991 tenemos el derecho a no ser tratados como bestias”

Para el exmagistrado de la Corte Constitucional Eduardo Cifuentes estamos lejos de poder gozar de lo que reza la Carta del 91, pero su promulgación fue un paso hacia el país soñado.

28 de junio de 2011

Dos campesinos de edad avanzada tenían su predio en medio de dos fincas y no contaban con acceso a la carretera principal. El dueño de uno de los predios colindantes les cerró el paso y puso candado a la cerca, con el argumento de que ellos tenían permiso para pasar por su posesión, pero el burro no. Los ancianos eran obligados a agacharse por la cerca y pasar su carga al hombro para poder acceder a la carretera. Ante lo que consideraban un atropello, acudieron a la justicia e instauraron una tutela. La Corte Constitucional finalmente les dio la razón y amparó sus derechos.

Después de contar la historia, el ex magistrado de la Corte Constitucional y profesor de Derecho de la Universidad de los Andes Eduardo Cifuentes dice: “A partir de la Constitución de 1991 tenemos el derecho a no ser tratados como bestias”.

“La actuación en la que incurrió (el demandado) al cerrar el camino, obligando a los petentes (demandantes) a arrastrarse debajo del alambrado y cargar lo que sus cansadas espaldas pueden soportar, sobrepasa el derecho real de servidumbre y deviene en una violación al derecho fundamental a la dignidad humana”, reza la providencia la sentencia T-036 de 1995 que resolvió el caso.

Para Cifuentes, esas líneas condensan el espíritu de la Constitución, que por estos días cumple veinte años. Para él, los derechos son un asunto de dignidad.

Semana.com habló con Cifuentes sobre cuál es el significado de la promulgación de la Carta, por qué Colombia aún está lejos de hacer real lo que reza su contenido y cuál ha sido el papel de la Corte Constitucional en su salvaguarda.

Semana.com: En su cumpleaños número 20, ¿cuál considera que fue el mayor aporte que hizo la ratificación de la Carta Política del 91?

Eduardo Cifuentes:
Es el marco de los derechos, las libertades y garantías que consagró. Si bien Colombia había suscrito varios tratados internacionales que consagraban los derechos, la Constitución no los había incorporado de manera completa con sus garantías, como lo hizo la Constitución de 1991. Así introdujo su núcleo duro y esbozó su alma. Esa fue la gran conquista de la Constitución.

También introdujo una lista de instituciones nuevas como la de Corte Constitucional, la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía, y remozó los mecanismos de control, que le han permitido a ese núcleo duro volverse efectivo y norma de vida.

Semana.com: Para usted, ¿qué aspectos de la Carta han quedado sin desarrollar?

E.C.:
El derecho a la paz, que es también un deber, a pesar de que diferentes gobiernos han intentado lograrla, unos por la vía del consenso, otros por la vía de la fuerza. Pero la paz ha sido elusiva. Igualmente creo que no se ha aplicado la cláusula transformadora de la realidad social y política contenida en el artículo 13 de la Constitución. Según este artículo, todas las autoridades deben buscar la transformación de las condiciones reales de la sociedad a fin de que los derechos sean una verdad de vida para todos los colombianos. No que unos derechos solo puedan ser gozados plenamente por una minoría.

Semana.com: Hay quienes afirman que esa falta de desarrollo se debe a la falta de compromiso de la clase dirigente. ¿Usted qué piensa?

E.C.:
Sí, ha habido una falta de compromiso. De una parte se observa una sobre carga en el cumplimiento de la Constitución en cabeza de unos órganos como la Corte Constitucional, y de otra, una pasividad de órganos que deberían atender de mayor grado el programa perenne de los derechos y las libertades consagrados en la Constitución.

Semana.com: La Carta ha sufrido más de 27 reformas y hace falta la revisión de otras tres recientemente aprobadas. ¿Esa saludable tanta reforma?

E.C.
: Aparte del intento frustrado, enhorabuena, de introducir una tercera reelección presidencial, las reformas no han modificado la esencia de la Constitución. Creo que es la misma con muchas reformas. Lo deseable desde luego es reducir el número de reformas, que sean las leyes orgánicas y estatutarias las que desarrollen la Constitución y no convertirla en una colcha de retazos. Pero hasta ahora creo que el edificio esencial de la Constitución se mantiene incólume.

Semana.com: ¿Qué papel ha jugado la Corte Constitucional en estos 20 años?

E.C.:
La Corte Constitucional es la que se ha encargado de darle sentido, vida y alcance a la Constitución. Esta misma carta constitucional confiada a otra corte habría terminado en ejercicios interpretativos formales, pero la Corte entendió que el momento histórico del país obliga a que el derecho constitucional se convierta en un derecho concreto, relevante para el colombiano de todas las regiones del país. La Corte se convirtió en un puente entre el texto constitucional y la realidad, que ha vivificado el texto de la Carta, y que en ocasiones ha superado las flaquezas del mismo texto constitucional. En Colombia, ante la inercia de otros poderes necesitábamos una Corte activista, que en buena hora la hemos tenido.

Semana.com: Hay críticos de la tarea de la justicia que la acusan de cogobernar o colegislar con el alcance de sus fallos. ¿Usted qué opina?

E.C.:
Esta ha sido una corte activista, que no se ha ceñido a la aplicación formal del texto, sino que ha tomado en consideración la realidad. De esa manera espera que los efectos del fallo permitan un mayor progreso de las instituciones y que le confieran a las personas una solución real. Gracias a ese activismo de la Corte Constitucional, los poderes que tienen competencias en materia de diseño y financiación de políticas públicas —el Congreso y el Gobierno— han tenido ajustar sus decisiones. La Corte ha creado situaciones de encrucijada para esos poderes, pues o acatan la Constitución o la violan abiertamente. Pero, esa es una colaboración de los jueces con la realización de los fines del Estado. La Corte respeta la competencia del Ejecutivo y el Legislativo, pero exige mayores cotas de cumplimiento, y, sobre todo, la satisfacción de las necesidades del mínimo vital de la población colombiana.

Semana.com: Estamos ad portas de que comience un nuevo debate sobre la reforma a la justicia. ¿Es oportuno?

E.C.:
Con la reforma se trata de eliminar los poderes electorales de algunas cortes, por ejemplo, la intervención para la designación de ternas en algunos órganos del Estado. Me parece sano para evitar la politización de la justicia. Por lo demás, me parece que hay que cambiar la cultura jurídica de los jueces, pero en ese sentido no es necesaria, en estricto rigor, una reforma a la justicia salvo en temas muy puntuales.

Semana.com: Es probable que el debate incluya la limitación al uso de la tutela. ¿Usted qué piensa de eso?

E.C.:
La tutela está muy bien regulada y no se requiere una norma en esa materia. Las normas introducidas recientemente sobre la sostenibilidad fiscal, dice el texto, que no se aplicarían para impedir el ejercicio y goce de un derecho. Esas reglas no pueden interpretarse para restarle eficacia a las decisiones de los jueces. La tutela tiene una base interpretativa muy amplia en toda la jurisprudencia de la Corte Constitucional, de suerte que no veo ninguna necesidad para regular en detalle la tutela. De hecho, estos 20 años coincidimos en que si hay una institución aceptada por el pueblo colombiano es la acción de tutela. De modo que ¿por qué vamos a reformarla?

Semana.com: ¿Qué papel ha jugado la tutela en la jurisprudencia colombiana?

E.C.:
La tutela ha sido central. De acuerdo con el marco constitucional anterior, Colombia aplicaba el texto de la Constitución a las leyes. Las acciones de inconstitucionalidad permitían a cualquier ciudadano demandar las leyes y se hacía una comparación entre el texto legal y el texto constitucional. La tutela revolucionó el control de constitucionalidad porque llevó más bien a que los comportamientos, las actuaciones y las omisiones de las autoridades, en particular de las que ejercen poder en la esfera social, se controlaran a partir de las normas que consagran los derechos fundamentales de las personas. No se trata simplemente de un control abstracto de la ley comparada con la Constitución, sino de un control concreto de la conducta pública. En esto se ha constitucionalizado buena parte de la vida política y la vida social con miras a que ella se ajuste a los principios de dignidad humana de los cuales son expresión todos los derechos fundamentales.

Semana.com: Varios fallos han sentado precedentes importantes en la protección de derechos fundamentales. ¿Cuáles considera usted que son las más importantes?

E.C.:
Le hablo de temas en general: aquellos que han buscado restringir el uso y el abuso de los estados de excepción; los fallos de la Corte Constitucional que permitieron que la tutela protegiera no solamente los derechos fundamentales, sino también los derechos económicos, sociales y culturales, lo que yo he denominado el constitucionalismo de la pobreza; los fallos que definen el derecho al mínimo vital; los que han examinado violaciones masivas de derechos constitucionales, que permitieron que se expidiera la sentencia T-025 sobre desplazados, que cobija a más de 3 millones de personas; los fallos de la salud; el que impidió la instauración de la tercera reelección, ese es un fallo hito en la jurisprudencia colombiana; los fallos sobre las parejas del mismo sexo que han permitido que amplíen las posibilidades del libre desarrollo a la personalidad, entre otros.

Semana.com: Finalmente, la Constitución en su espíritu buscó un país mejor. Sin embargo, Colombia está lejos de ese ideal. ¿Cómo explica ese contrasentido?

E.C.:
En todos los países y sociedades siempre hay una distancia en entre el ser y el deber ser. Si miramos la distancia todavía es muy grande. Eso reivindica la necesidad de que la Constitución tenga un contenido utópico, un contenido que nos describa a grandes pinceladas el país del futuro. Esa utopía debe encarnarse progresivamente en los momentos históricos del país.

Pero una virtud de la Constitución es que esa utopía es realizable y en 20 años hemos logrado dar unos pasos y hemos comenzado a profesar ese país de futuro, ese país soñado, en el que la libertad, la igualdad y el respeto a la dignidad humana sean la norma. Pero son apenas veinte años y esta Constitución es un contrato intergeneracional. Vamos a requerir de 200 años quizá para gozar de los beneficios y los frutos de la civilidad. Porque una Constitución es un instrumento de la vida civilizada y aún estamos en un conflicto armado interno. Es como si la Constitución fuera un auto de lujo, pero con la infraestructura todavía no podemos acelerar a fondo. Pero se ha movido, como decía Galileo “Eppur si muove” (sin embargo, se mueve).