Home

Nación

Artículo

Después de cuatro años, la Corte Suprema de Justicia declaró culpable a Andrés Felipe Arias. | Foto: Archivo SEMANA

JUICIO

“Arias sabía que estaba delinquiendo”

Así lo expresó la magistrada María del Rosario González, quien leyó el fallo contra el exministro.

3 de julio de 2014

Para la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia hay algo claro: el exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias Leyva sabía perfectamente que estaba actuando de manera ilegal al permitir la firma de multimillonarios contratos del programa Agro Ingreso Seguro (AIS), subsidios que terminaron en manos de acaudaladas familias y grupos empresariales de la costa que no cumplían los requisitos exigidos por la ley. Por eso se le declaró culpable.
 
“Tiene la formación académica y la experiencia profesional que le permitían conocer la importancia de la contratación pública, la obligación de ceñirse de manera estricta a los procedimientos legales para concretar, entre ellos los relativos a la elección del contratista y que los convenios que tenía por objeto el desarrollo de actividades de ciencia y tecnología. Pese a lo cual, el único propósito de ejecutar bajo su control los recursos del programa en el componente de apoyo destinados a riesgo y drenaje, dispuso el trámite y celebró el negocio en circunstancias que permiten descartar que obró con erro invencible”, aseguró la magistrada ponente en la lectura del sentido del fallo.
 
El alto tribunal consideró que existen pruebas documentales y testimoniales para inferir que el exministro incurrió en los delitos de celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros. 

Además, la Corte señaló que el entonces ministro de Agricultura asumió de manera directa la entrega de los reprochables convenios al Instituto Interamericano de Cooperación Agrícola (IICA).
 
“El ministro de Agricultura y Desarrollo Rural al celebrar los convenios desconoció los principios rectores de la función pública y de la contratación estatal, en especial los de planeación, transparencia, economía y responsabilidad. Al escoger de manera discrecional al IICA como cooperante soslayó la regla según la cual la escogencia del contratista se debe efectuar a través de licitación o concurso público”, precisó la Corte Suprema en su pronunciamiento.
 
Según el fallo, no se hicieron estudios serios para escoger el contratista a pesar de que la ley lo exige y más en este caso que se trataba de elevadas sumas de dinero del Estado. 

La decisión explica que Arias tenía claro que las actividades asignadas al IICA no se podían calificar como de ciencia y tecnología, estrategia que fue utilizada para justificar la adjudicación de los convenios contractuales al organismo adscrito a la OEA.
 
“La ejecución de los convenios se inició antes de que se suscribieran o se concretara su perfeccionamiento (…) así las labores de divulgación de convocatorias que constituían su objeto se cumplieron en los meses previos a su suscripción y los términos de referencia de los mismos concursos fueron elaborados y en algunos casos divulgados antes de su firma y de la aprobación de la garantía que debía prestar al IICA”, señaló la magistrada.
 
Para la Corte Suprema, las pruebas llevadas al juicio por la Fiscalía General permiten inferir que Arias cometió los delitos endilgados por el ente investigador, todo con el propósito de favorecer a un grupo específico de personas que se vieron beneficiadas con más de uno de los subsidios para riego y drenaje.    
A lo que añadió que “el Ministerio de Agricultura desembolsó en favor del IICA recursos apropiados del presupuesto Nacional por 47.000 millones, 140.000 millones, 45.000 millones pesos. Se demostró que Arias conservó la disponibilidad jurídica de estos dineros y en ese sentido se valió de los términos de referencia de las convocatorias de riego y drenaje, para incluir reglas que favorecían a sectores específicos de la producción agrícola”.
 
Así mismo, la Sala Penal consideró que el exfuncionario fue la pieza clave para entregar los dineros de manera irregular y vigilar los convenios a través de la Unidad Coordinadora del programa y el Comité Administrativo de cada uno de ellos. “Fue a partir del manejo y procedimientos implementados por el señor Arias Leyva que finalmente salieron favorecidos con subsidios los grupos denominados José Francisco Vives Lacouture, Alfredo Lacouture Dangond, Orlandesca S. A., Biofrutos S. A., Daabon Agroindustrias JMD, Inagro S. A., Alamaja S. A. y Viveros Paéz, en cuyo favor se desembolsaron 25.800 millones de pesos”.
 
Absuelto de un cargo
 
En la misma determinación, la Sala Penal estimó pertinente declarar inocente a Arias del delito de peculado por apropiación a favor del IICA, porque no hay pruebas suficientes que demuestren que hubo duplicidad de pagos.
 
A Arias le quedan 15 días de libertad, mientras se lee el fallo en el cual se establecerá el monto de su condena, que oscila entre 15 años y 33 años de cárcel. No hay orden de detención preventiva, pues la Sala determinó que no existe riesgo de que evada la justicia.

“No se ha escondido u omitido la notificación, no ha incurrido en maniobras dilatorias ni ha omitido las notificaciones para hacerse presente en el juicio. Tiene arraigo familiar y profesional, por lo que no evadirá el cumplimiento de la condena”, explicó la Corte sobre Arias, quien estuvo presente en todas las audiencias menos en esta última del fallo.
 
Por su parte, el abogado Jorge Aníbal Gómez Gallego, defensor de Arias, dijo que respeta el fallo pero no comparte la determinación de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
 
“Los beneficiarios dijeron a viva voz que no conocían a Andrés Felipe Arias y que nunca intervino en la asignación de esos recursos. Lo que sí le que queda muy difícil a la defensa es aceptar que es responsable de unos peculados sólo porque la unidad coordinadora que manejó este convenio tenía su oficina en el mismo piso en el que la tenía el doctor Arias Leyva”, indicó.
  
El exministro también fue condenado a pagar 50.000 salarios mínimos legales vigentes como multa, suma que supera 30.000 millones de pesos.