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Así quedaría el decreto para decomisar la dosis mínima

El borrador del decreto busca que la Policía pueda decomisar en las calles cualquier tipo de sustancia, aunque sea para consumo. El portador tendría que demostrar que es adicto para que le devuelvan la droga.

4 de septiembre de 2018

A partir de ahora, comienzan a correr 15 días para que la sociedad haga comentarios al borrador del decreto con el que el presidente Iván Duque busca cumplir su propuesta de campaña de bajar el consumo de drogas en el país. Su estrategia apunta a la incautación de cualquier tipo de droga, aunque esta no exceda la dosis mínima, al considerar que quien la porta incurre en un comportamiento contrario a la convivencia.

En dos artículos, la iniciativa establece cómo serían las reglas para que la Policía pueda proceder a decomisar y destruir la droga, sin que esto traiga consigo medidas penales en contra del portador de cantidades menores a la dosis mínima. 

La iniciativa establece que el procedimiento a emplear es el establecido en el trámite verbal inmediato contenido en el Código de Policía. Allí se estiman varias reglas.

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La primera es que la autoridad podrá iniciar una actuación frente a una posible infracción por el porte de sustancias psicoactivas de oficio o en atención a quien tenga interés directo o sea un defensor de las normas de convivencia. Las sustancias podrán ser marihuana, cocaína o sustancias derivadas de la cocaína, heroína o derivados de la amapola, drogas sintéticas o cualquier otra sustancia que se encuentre legalmente prohibida.

En caso de encontrarse en esta situación se activará el trámite por proceso verbal inmediato, cuya competencia recae en el del personal uniformado de la Policía Nacional, los comandantes de estación o subestación de Policía, y los comandantes del Centro de Atención Inmediata de Policía. 

Ellos abordarán al infractor en el sitio donde ocurran los hechos o en aquel lugar donde lo encuentren y deberá ser oído en descargos. En caso de que sea encontrado responsable de un "comportamiento contrario a la convivencia relacionado al porte de sustancias estupefacientes o psicotrópicas", la autoridad procederá a imponer la medida correctiva de destrucción de la droga decomisada, sin perjuicio de las demás a las que hubiere lugar.

El procedimiento establecido en el Código de Policía también indica que frente a la decisión se podrá proceder con recurso de apelación, el cual se remitirá al inspector de Policía dentro de las 24 horas siguientes y será resuelto en menos de tres días hábiles. 

Las reglas establecen que el decomiso de la droga y su destrucción quedaría consignada en un acta en la que se documentará el procedimiento. 

Proyecto Decreto Dosis Mínima by Semana on Scribd

Sustento normativo

El proyecto de decreto señala un listado de normas como su sustento para soportar la reglamentación del porte y tenencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas.

Inicialmente, se remite a una modificación realizada en el año 2009 al artículo 49 de la Constitución Política, en donde se estableció que “el porte y el consumo de sustancias estupefacientes o sicotrópicas está prohibido, salvo prescripción médica”.

Luego, indica que conforme señaló la Corte Constitucional 3 años después, es prohibición “no conduce a la criminalización de la dosis personal, comoquiera que no comporta una finalidad represiva frente a quien tenga la condición de adicto”.

Y su gran base es el Código Nacional de Policía y Convivencia. A grandes rasgos, se apoya en el articulado de esta ley que establece que con el fin de preservar la tranquilidad de la comunidad se prohíbe el consumo de sustancias psicoactivas, en general de aquellas no autorizadas para su consumo.

Adicionalmente, es enfático en las normativas que tiene como objetivo la protección de menores de edad en situaciones donde su integridad pueda verse afectada, especialmente por estas sustancias (como la prohibición a los niños y jóvenes de comercializarlas o de consumirlas dentro de los colegios). Del mismo modo, insiste en la proscripción del porte y consumo de estas en aglomeraciones de público no complejas y en los sistemas de transporte público colectivo e individual de pasajeros.

Finalmente, recalca las atribuciones con las que cuenta la Policía Nacional para registrar a las personas y sus bienes, destruir cosas como medida correctiva (cuando implique un riesgo o amenaza a la convivencia o al ambiente, o sea utilizado de manera ilegal con perjuicio a terceros) y conocer los comportamientos contrarios a la convivencia.

Con este paso del Gobierno pone a andar una de las propuestas de campaña de Duque que más impacto tendrá en las calles. El debate público de los próximos quince días será crucial para que esta medida vea la luz.