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El próximo 31 de octubre, Blanca Inés y Catalina legalizarán su unión ante un notario. | Foto: Guillermo Torres

GENTE

Blanca Inés y Catalina: una historia de amor

La alcaldesa de Chapinero declarará su unión marital de hecho ante un notario. Un derecho que las parejas LGTB tienen desde hace tres años y que, según ella, muchas desconocen.

19 de agosto de 2010

Se enamoraron bailando. Aunque se conocían de tiempo atrás, sólo una noche de agosto del 2008 se dieron cuenta de lo que sentían. Se gustaban. Y después de un beso decidieron que serían pareja. Así fue el inicio del romance entre Blanca Inés Durán y Catalina Villa.

Una relación que empezó como cualquier otra, pero que a los ojos de la ley, en Colombia, no tiene los mismos derechos que las que se dan entre hombres y mujeres. Y es por eso por lo que justamente Blanca Inés, desde su posición como alcaldesa de Chapinero lucha, y por lo que decidió anunciar públicamente su unión ante un notario con Catalina, su novia.

Pero ellas no van a viajar a Argentina o a México, donde el matrimonio gay está aprobado. Ellas simplemente declararán ante un notario su unión marital de hecho. Un derecho que la Corte Constitucional le otorgó a la comunidad LGTB en la sentencia C-075 de 2007, y que según la alcaldesa aún es desconocida por muchos.

“Estamos luchando para que se logre el matrimonio civil, pero mientras eso pasa, muchas personas no saben que ya tienen derechos patrimoniales si han convivido más de dos años con su pareja”, dice Blanca Inés, quien además reconoce que “lamentablemente en el país se empezó a virar hacia la derecha, varias instituciones cambiaron su posición y eso ha hecho más difícil que logremos un reconocimiento pleno”.

Y es que aunque Colombia fue el primer lugar en Latinoamérica con una política pública LGTB, la posibilidad de que estas parejas puedan casarse por lo civil o adoptar está aún muy lejos.

“Es difícil cuando los argumentos ante un debate jurídico se basan en la religión. Es respetable la posición de la Iglesia, pero también lo es que esta no influya de forma definitiva en las instituciones del Estado, en las decisiones legales”, señala la alcaldesa, para quien el avance que en esta materia se ha dado en México y Argentina es una muestra de que “sí se puede”.

Y mientras esperan que prospere el debate que cursa en la Corte Constitucional, a raíz de la demanda interpuesta por grupos LGTB para que autorice las uniones de personas del mismo sexo, Blanca y Catalina alistan su unión, que se dará el próximo 31 de octubre.

“Será en una finca, estará un notario, ante el cual haremos la declaración de unión marital de hecho, que es el trámite legal, pero además tendremos una ceremonia enmarcada bajo el ritual celta. Nuestra familia y amigos nos acompañarán”, cuenta Catalina, quien advierte que aunque usarán vestidos largos, no serán blancos.

“La idea es formalizar nuestra convivencia legalmente después de dos años de vivir juntas, pero también mostrarles a otras parejas LGBT que tenemos derechos y estamos en total libertad de exigirlos”, agrega la alcaldesa, quien a pesar de su posición confiesa sentir discriminación.

“No es fácil exponerse. Salir a la calle tomada de la mano de Catalina es saber que nos enfrentamos a que nos miren raro”, dice, aunque reconoce que ese tipo de cosas se convierte en simples anécdotas cuando se piensa en el rechazo a la comunidad LGTB que se manifiesta en discriminación laboral o violencia.

Los derechos que tiene la comunidad LGTB en Colombia

Derechos patrimoniales: después de dos años de convivencia con su pareja, pueden tener una sociedad patrimonial de la que hacen parte los bienes adquiridos durante la unión. La declaración patrimonial es útil ante cualquier contratiempo legal. Si la unión termina, los dos miembros de la pareja tienen hasta un año para reclamar sus derechos patrimoniales.

Derechos a alimentos: si ha perdido la posibilidad de financiar su bienestar y su pareja está en condiciones de satisfacer sus necesidades, él o ella tiene la obligación legal de hacerlo.

La vivienda familiar: usted puede protegerla de un embargo o impedir que su pareja disponga de ella de manera inadecuada, recurriendo a la afectación. Este es un proceso que se realiza en una notaría por mutuo acuerdo y que se registra mediante escritura pública.

Salud: es un derecho poder afiliar al compañero permanente al sistema de salud, rige desde el primer día de la unión marital de hecho y para ejercerlo se debe realizar la declaración de la unión ante una notaría. También se puede hacer una declaración extrajuicio en la que conste quién es su pareja y que depende de usted económicamente, o simplemente que firme el contrato que le entregarán en la EPS.
 
Pensión de sobrevivientes: si su pareja fallece estando pensionado por vejez o invalidez, usted es beneficiario de la pensión. Para eso usted tiene que haber vivido con su pareja mínimo cinco años antes de su muerte. Como compañero, usted tiene derechos, prioritariamente, sobre hermanos y padres del fallecido.

Otras disposiciones legales que les permiten ejercer sus derechos

Subsidio familiar en caso de cajas de compensación: si es trabajador y sus ingresos no le alcanzan para cubrir los gastos de las personas que se encuentra su cargo. Ley 21 de 1982.

Subsidio familiar de vivienda: cuando usted y su compañero no tengan recursos para adquirirla. Ley 3 de 1991.

Representación legal o curaduría: en caso de ausencia o discapacidad de su compañero permanente. Código civil, artículo 428-459.

Patrimonio familiar: es un derecho para proteger sus bienes cuando existe unión marital de hecho. Ley 495 de 1999.

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