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Gustavo Petro y Alejandro Ordóñez. | Foto: SEMANA

DECISIÓN

Revocatoria a Petro sigue viva, pese a oposición de Ordóñez

La Corte Constitucional negó al Ministerio Público una solicitud para frenar la costosa revocatoria al alcalde mayor de Bogotá, a pocos meses del fin de su mandato. Exclusivo Semana.com

20 de mayo de 2015

El pasado 17 de marzo una decisión de la magistrada de la Corte Constitucional Gloria Stella Ortiz, que ordenó a la Registraduría reactivar la revocatoria al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, causó revuelo. Hubo quienes vieron el fallo como superfluo, puesto que apenas quedan siete meses de su mandato, mientras que en el proceso se deberán gastar miles de millones de pesos.

La orden señala un plazo máximo de dos meses para reactivar el proceso y llevar a los bogotanos a las urnas. Como era de esperarse, el bando perdedor interpuso una nulidad: dos registradores distritales que habían solicitado ‘tumbar’ el proceso. Ellos argumentaron no sólo el elevado costo, sino que esos comicios serían en octubre, precisamente cuando se elige sucesor de Petro.

En esta lucha, Petro se encontró hace poco más de un mes con un inopinado aliado, el procurador general, Alejandro Ordóñez, con quien precisamente ha tenido profundas diferencias ideológicas.

El jefe del Ministerio Público interpuso ante la Corte Constitucional un incidente de impacto fiscal, recurso en el que aseguró que, por el lapso que queda para que el alcalde acabe su período, “el acatamiento de dicha sentencia causaría un fuerte impacto en las finanzas de la Nación”.

En ese entonces Ordóñez solicitó: “Si es procedente modular, modificar o diferir los efectos de la misma, con el objeto de evitar posibles alteraciones a la sostenibilidad fiscal”.

En primicia, Semana.com conoció el auto proferido por la Sala Plena de la Corte Constitucional en donde se niega la pretensión del procurador general bajo el argumento de que este tipo de recursos no está contemplado para fallos de tutela, por lo cual es improcedente.

En el documento de cuatro páginas, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz, se deja claro que a la luz de la sentencia C-870 de 2014, el incidente de impacto fiscal no se aplica a providencias proferidas en el marco de la acción de tutela, como lo es la que ordena la revocatoria de mandato del alcalde Petro.

“La Corte Constitucional no sólo no es competente para conocer los incidentes de impacto fiscal presentados contra acciones de tutela, sino que este incidente no es procedente en decisiones de tutela”, precisa la decisión de forma y que no abordó el asunto de fondo.

Con esta decisión de la Corte, sigue viva la posibilidad de que se lleve a cabo una revocatoria al mandato de Gustavo Petro. Sin embargo, aún queda por resolverse la nulidad de la sentencia ante la Sala Plena, con lo que se podría caer toda la decisión.