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CACERIA DE BRUJAS

Pocas veces en la historia de Colombia se había visto una oleada moralista tan grande como la que está dividiendo al país en esta campaña electoral.

22 de noviembre de 1993

EL DOMINGO DE ESTA SEMANA ES EL DIA DE las brujas, y nunca antes esta celebración había caído en una fecha tan apropiada. La realidad es que desde hacía mucho tiempo en Colombia no se había visto una cacería de brujas como la que se ha desatado en los últimos días. En menos de un mes, episodios como el de la supuesta resurrección de los Escobar y las sanciones éticas de la campaña de Ernesto Samper a los involucrados en el caso Porras han polarizado la opinión pública en una forma que definitivamente no parece sana. El país se está dividiendo en buenos y malos de acuerdo con el criterio de unos pocos, y estas categorías se han definido en forma simplista y maniquea. Por cuenta de este proeeso la provincia está enfrentada con la capital, los medios de comunicación con la clase política, el Veedor con el Gobierno, los partidos políticos entre ellos, y, como cosa inusual, los propios partidos y movimientos políticos internamente.
Todas estas fisuras en la sociedad colombiana se pusieron en evidencia con la controvertida votación del proyecto de ley anual de presupuesto de 1994, que desencadenó el escándalo de los auxilios.
Algunas de las causales de estas fisuras en la sociedad colombiana han sido absolutamente absurdas e innecesarias. El mejor ejemplo de esto es probablemente el del miniescándalo de las "narco-fotos". Estas fueron encontradas en un cajón de la biblioteca del despacho adyacente al del destituído ex procurador delegado para las Fuerzas Militares, Guillermo Villa Alzate. En ellas aparecen destacados políticos nacionales con Pablo Escobar,
con su primo Gustavo Gaviria o bajándose de un avión posteriormente confiscado por las autoridades. Desde que el Noticiero QAP las hizo públicas, el jueves 14 de octubre, esas fotografías se convirtieron en tema obligado de conversación. No hay duda de que tenían un valor noticioso. Pero este radicaba más en la razón de su existencia en ese despacho que en su contenido. Que un hombre acusado de vínculos con el cartel de Cali tuviera en su poder fotografías de esa naturaleza es, sin duda alguna, objeto de interés público.
De cualquier manera, la polémica que se generó alrededor de lo que significaban las fotos perdió toda proporción. Teniendo en cuenta que habían sido tomadas en 1982, cuando Pablo Escobar era parlamentario, carecían de todo misterio. Los políticos se encuentran en giras, en clubes, en el Congreso. en los aeropuertos, y esto no necesariamente implica que compartan los mismos valores. Y mucho menos hace 10 años, cuando Pablo Escobar no era famoso, y circulaba libremente por todo el país. Aplicarle criterios morales retroactivos a unas situaciones que en su momento eran rutinarias, es sacar las cosas dc su contexto real. Y lo mas paradójico es que las "narcofotos" acabaron metiendo en el mismo costal a todo el mundo. Salpicaron por igual a personas que en su momento tuvieron vinculaciones políticas con Escobar, como es el caso de Alberto Santofimio -quien nunca lo ha negado-, y a personas que no sólo no tuvieron nada que ver con él, sino que se convirtieron en sus acérrimos enemigos, como el ministro de Comunicaciones, William Jaramillo. Que este episodio haya terminado en que la familia Galán pida la renuncia de Jaramillo, no es una victoria sino para Escobar.
LA INQUISICION
El caso Porras también ha sido objeto de bastante maniqueísmo. Los dos parlamentarios samperistas -Rodrigo Turbay y Jorge Eduardo Gechem- que asistieron al famoso homenaje en Leticia (Amazonas), cometieron un error político grande, pues compartir recinto con Evaristo Porras en 1993 no es lo mismo que hacerlo en 1993, antes del asesinato de Rodrigo Lara. Tal vez la campaña de Ernesto Samper y su fiscal ético, Jorge Valencia Jaramillo, no tenían alternativa diferente de una sanción ejemplarizante como la que se tomó, pues los ojos del mundo entero están clavados en los precandidatos colombianos para medirles el aceite en su posición frente al narcotráfico.
Pero hay una serie de matices en este asunto que no se han tenido en cuenta y que han creado un malestar en la clase política. En ese episodio había cuatro protagonistas: Evaristo Porras, Melquisedec Marín, Rodrigo Turbay y Jorge Eduardo Gechem. Cada uno de ellos se encontraba en una situación diferente, pero todos terminaron en la misma colada.
Porras es una persona a quien se le atribuyen nexos con el narcotráfico. El hecho de que estos no hayan podido ser probados por la justicia, no tiene mayor peso ante la opinión pública, pues la verdad es que a Pablo Escobar tampoco lo han podido condenar. La participación de Porras en el caso de Rodrigo Lara lo descalifica, si no judicialmente, por lo menos moralmente para hacer política. El anfitrión del homenaje, Melquisedec Marín, es un hombre patrocinado política y económicamente por Porras. Esta vinculación es inaceptable para la mayoría de la opinión pública en las circunstancias actuales del país. Pero Jorge Eduardo Gechem y Rodrigo Turbay no tienen nada que ver con el narcotráfico. Eso es de conocimiento público en sus departamentos y en el Congreso. "La embarraron", como se dice coloquialmente, al compartir tribuna con Porras. Esto puede ser comprensible a nivel local, pues en Leticia no se mueve una hoja sin la intervención de Evaristo Porras, y allá es considerado más bien un benefactor que un criminal. Sin embargo, Turbay y Gechem, en su calidad de congresistas, están en la obligación de medir las repercusiones nacionales de sus actos. Merecían, sin duda, una amonestación severa. La exclusión del samperismo de que fueron objeto puede haber sido una sanción demasiado drástica, pero tal vez las circunstancias políticas lo justificaban.
La cosa, sin embargo, no paró ahí. Algunos precandidatos, enarbolando la bandera de la moral, comenzaron a pedir su expulsión del liberalismo. La situación adquirió visos ya no de sanción sino de persecución, y olvidó años de trabajo al servicio de sus comunidades y del Partido Liberal. Este tratamiento le sirvió a la imagen de Samper a nivel de la opinión, pero a nivel parlamentario dejó un mal sabor. Todo desembocó en la acción de tutela que Rodrigo Turbay interpuso contra Ernesto Samper, por considerar que su exclusión del movimiento atentaha contra sus derechos fundamentales. Es probable que la tutela no prospere, por tratarse de un caso entre particulares cuyo contenido jurídico es inocuo. Si Ernesto Samper no quiere la adhesión de dos políticos, ¿qué puede hacer la Justicia si falla en su contra? ¿Exigirle que los reciba? ¿Solicitarle que les pida perdón? ¿lmponerle una multa?
Jurídicamente, es muy prohable que el asunto no termine en nada. Pero políticamente si tiene mucho alcance, pues que un Turbay esté interponiendo acciones legales contra el casi seguro candidato de su partido, no beneficia sino a Andrés Pastrana, que es el enemigo de ambos.
EN RIO REVUELTO
Otro que está intentando pescar en este río revuelto es Antonio Navarro. Al cierre de esta edición acababa de anunciar una denuncia penal por prevaricato y cohecho contra el ministro de Hacienda, Rudolf Hommes, y todos los congresistas que votaron a favor de la partida de los 100 mil millones de pesos que muchos calificaron de auxilios. El jefe de la Alianza Democrática M-l9 considera que hay prevaricato porque las asignaciones incluyen partidas como polideportivos para municipios del Chocó y una pista de patinaje para Yumbo que, según él, no se ajustan a los criterios de prioridades presupuestales definidas por la ley. El cohecho quedaría configurado por la circunstancia de que los parlamentarios reciben un beneficio político por algo que están obligados a hacer sin contraprestación de ninguna clase.
De prosperar la denuncia de Navarro Wolf, el Ministro de Hacienda y los parlamentarios podrían obtener condenas de uno a cinco años de cárcel. Sin embargo, al igual que la tutela de Rodrigo Turbay, la acción legal del jefe del M-19 no tiene muchas posibilidades de salir adelante. Si así fuera se incurriría en el absurdo, sin precedentes en el mundo, de que una interpretación jurídica por parte de un ministro o un voto a conciencia por parte de un parlamentario pudieran tener implicaciones penales.
Sin embargo el show de Navarro, además de representarle un pantallazo, le echa gasolina al incendio del descontento y le deja la sensación a la opinión publica de que su clase dirigente está integrada solamente por saqueadores.

AUXILIO!
En el debate de los auxilios, es sin duda donde más cacería de brujas se ve. La historia de este episodio es la siguiente: con el fin de conseguir los votos en el Congreso para que le aprobaran la reforma constitucional de 1968, Carlos Lleras y su ministro de Hacienda, Abdón Espinosa, inventaron la figura jurídica que se conoció, durante más de 20 años, con el nombre de "auxilios parlamentarios". Estos consistían en recursos oficiales cuya destinación final quedaba a discreción de los parlamentarios para que hicieran méritos en sus regiones. Gradualmente, el espíritu de estas partidas degeneró y acabaron canalizadas en una gran proporción hacia fundaciones privadas, que, a pesar de su teórica función social, se convirtieron en un mecanismo para la financiación de campañas electorales y en un gran foco de corrupción.
No es exagerado afirmar que, junto con el turismo parlamentario, los auxilios fueron el principal motor detrás de la movilización popular que culminó en la Constituyente. Fueron abolidos y la palabra "auxilios " quedó proscrita de la terminología de la Nueva Colombia. La sensibilidad de la opinión en torno del tema se pudo medir en el caso de Juan Martín Caicedo y los concejales que acabaron en la carcel por el manejo que le dieron a esas partidas en el período de transición entre las dos Constituciones.
Ahora el tema de los auxilios está otra vez sobre el tapete, con más intensidad que nunca, por cuenta de una partida de 100 mil millones de pesos -denominada "recursos del fondo de inversión social"-, aprobada con la Ley de Presupuesto la semana pasada. Estos recursos han sido denunciados por muchos sectores como la resurrección de los auxilios abolidos. Desde el punto de vista jurídico, la situación no es totalmente clara, y, como sucede con frecuencia, las normas dan para interpretaciones contradictorias (ver recuadro).
No obstante, el debate de fondo sobre este tema es político y es en este campo donde han surgido muchas confusiones. Los antiguos auxilios parlamentarios tenían que ser abolidos. De eso no hay duda. Pero tenían que ser abolidos no porque los parlamentarios pudieran tener alguna injerencia en su orientación, sino porque el destino que les estaban dando no cumplía con las normas legales. Buena parte de los auxilios acababan en los bolsillos de los propios congresistas y concejales, para su uso político e, incluso, personal. En otras palabras, en muchos casos el dinero se lo estaban robando.
Lo que se hacía necesario eliminar no era el beneficio a la comunidad ni la participación del parlamento en el proceso de decisión, sino el robo. Así se hizo y los rubros presupuestales que la semana pasada fueron tachados de "auxilios" no están canalizados a través de fundaciones privadas ni pueden ser desviados. Son, simplemente, partidas destinadas a obras sociales cuya asignación específica fue decidida conjuntamente entre el Congreso y el Ministerio de Hacienda. Considerar esto la resurrección de los viejos auxilios o hasta un delito, como pretenden algunos, puede: llegar a ser no sólo un exabrupto jurídico, sino una posición contraria al espíritu de la Constitución, la cual ha tenido como uno de sus principales objetivos fortalecer el poder Legislativo y volverlo más responsable.
Todos los parlamentos del mundo tienen como su principal función participar en las decisiones presupuestales. Si poseen la facultad de tomar parte en el proceso de recaudación de impuestos, no tienen por que estar excluídos de las decisiones sobre el destino de estos recaudos. Por otro lado, en todas partes los parlamentarios sirven de enlace para la canalización de los recursos públicos hacia sus regiones. Para eso los eligen, y esa es la vara por la cual los miden. A nivel regional, las comunidades se preocupan menos de los grandes debates nacionales que por la obtención de recursos que representen pequeñas mejoras a nivel local.
Colombia no tiene por que ser la excepción a esta regla. Para los electores de un municipio es mucho más importante que los miembros de las corporaciones públicas que los representan en Bogotá consigan la financiación de un acueducto o una carretera, a que hagan un debate brillantísimo sobre la Convención de Viena o sobre la reforma del Código Penal. Fuera de Bogotá, el voto de opinión es todavía prácticamente inexistente. En provincia, los votos siguen siendo "amarrados" y la adjudicación de los mismos se define por la gratitud de los electores frente a las obras tangibles.
Por cuenta de la cacería de brujas que se está viviendo en la actualidad todos estos principios elementales se han distorsionado. Se dice que la intervención de un parlamentario en la orientación de los recursos del Estado puede considerarse como proselitismo político financiado con los dineros del contribuyente. Esto es verdad, pero no necesariamente malo. Todos los actos en la vida de un político son actos de proselitismo. El hecho de que un parlamentario pueda hacer méritos ante sus electores cuando, por cuenta de su gestión la zona de donde proviene obtuvo recursos para la financiación de una obra, no debe ser censurable. Al fin y al cabo, en eso consiste la política en cualquier democracia. Más censurable sería el hecho de que la totalidad de las decisiones presupuestales de un país estuvieran centralizadas en las manos de cuatro tecnócratas.
HARAKIRI
Hoy en Colombia está pasando algo verdaderamente original. Se esta creando un movimiento para regresar al centralismo absoluto, no con el propósito de que las decisiones sean mejores, sino con el de que nadie se pueda beneficiar políticamente de la inversión social. La gran pregunta es: si esto es así, ¿por qué el propio Congreso está dividido al respecto?
La votación de la semana pasada sobre la polémica partida de los 100 mil millones de pesos dejó la impresión de que existe una división de fondo en la propia clase política sobre el punto. Tan fue así que en la primera votación en la plenaria del Senado hubo un empate de 44 votos a favor y 44 en contra que debió dirimirse por una segunda votación. Esta tuvo como resultado 4 votos a favor y 41 en contra.
En estas cifras hay algo de principios y algo de hipocresía. Algunos senadores y representantes consideran auténticamente que darle juego al Congreso en la orientación del gasto público representa el peligro de un retorno de un foco de corrupción. Sin embargo, la mayoría tiene otras motivaciones. En algunos casos, la oposición tiene su origen en que en la repartición de las tajadas que hicieron los ponentes del proyecto unos quedaron inevitablemente mejor parados que otros. Tras los discursos moralistas hay, con frecuencia, rivalidades regionales.
Otro grupo de parlamentarios le hace el juego al voto de opinión, principalmente de Bogotá, que es emotivo y anticlase política. La moral es la bandera del momento, y hay que enarbolarla. No obstante, muchos lo están haciendo contra sus propias convicciones. En privado afirman que actuar de otra manera sería un suicidio político. Esta situación se explica por el hecho de que hay una gran ignorancia sobre el tema. Como la palabra "auxilio" se ha convertido en un tabú y está asociada con corrupción, el hecho de que partidas para gasto social sean llamadas auxilios, las vuelve in tocables políticamente. Lo que nadie aclara es que, si ese es el criterio para que algo sea denominado auxilio, casi la totalidad del Presupuesto Nacional cabría dentro de esta definición. De por sí, al lado de la partida de los 100 mil millones que desencadenó la polémica, hay dos rubros adicionales de 70 mil millones y 66 mil millones de pesos, que, por no haber sido llamados específicamente "auxilios", no han sido criticados. En la cacería de brujas poco importan la naturaleza jurídica o la destinación. Lo que tiene peso es el nombre.
Por esto el domingo, cuando aparezcan niños disfrazados en la calle para celebrar el día de las brujas, muchos colombianos, pensando en estas cosas, van a sentir que en Colombia el tradicional Halloween puede llegar a ser mucho más que un juego infantil. -
El debate jurídico
AL PRESUPUESTO DE 1994, TAL como quedó aprobado en el Congreso, se le ha hecho una serie de reparos jurídicos. Como en todo debate de esta naturaleza, siempre existen posiciones encontradas. SEMANA analiza los principales puntos de discordia y presenta las posiciones planteadas por las partes.
1. La INTERVENCION DEL CONGRESO EN LA LEY DE PRESUPUESTO El propósito de presentar el proyecto de presupuesto al Congreso es precisamente someterlo a debate. La controversia sobre este punto radica en definir el alcance de lo que debe ser esta discusión. Quienes sostienen la tesis de la no intervención afirman que el debate se debe limitar a temas de política macroeconómica, como la dimensión del defícit fiscal, la fuente de los ingresos o la distribución de las apropiaciones. Pero niegan toda posibilidad de iniciativa para incluir partidas de inversión.
Quienes defienden la posibilidad de que el Congreso intervenga en la ley de presupuesto sostienen que la intervención de sus miembros está reglamentada tanto por la Constitución como por la Ley Orgánica del Congreso (Ley 5 de 1992). En terminos generales, el Congreso puede modificar -a nivel de comisiones como de plenarias- los proyectos de ley que se sometan a su consideración. Eso incluye la ley anual de presupuesto. Sin embargo, las modificaciones en este caso requieren la aceptación escrita del Ministerio de Hacienda, si la propuesta del Congreso implica un aumento en las partidas de gastos propuestas.
De otra parte, los defensores de la intervención sostienen que la Ley orgánica del Congreso, al reglamentar la excepción a las incompatibilidades establecidas por el artículo 180 de la Constitución, preserva en cabeza de los congresistas las siguientes facultades de intervención:
(I) Realizar acciones ante el Gobierno encaminadas a satisfacer la necesidades de los habitantes de sus circunscripciones electorales.
(II) Ejercer las facultades derivadas de las leyes que los autoricen a actuar en materias presupuestales inherentes al presupuesto público.
(III) Intervenir, gestionar o convenir en todo tiempo ante los organismos del Estado la obtención de cualquier tipo de servicios y ayudas en materia de salud, educación, vivienda y obras públicas para la comunidad.
2. TODO GASTO REQUIERE LEY PREVIA Quienes se oponen a la inclusión de los supuestos auxilios en la ley anual de presupuesto argumentan que el articulo 346 de la Constitución establece que en la Ley de Apropiaciones no pueden incluirse partidas o aumentos de gastos que no correspondan a créditos judicialmente reconocidos, gastos decretados conforme a ley anterior o destinados a organizar las ramas de poder público, al servicio de la deuda pública o al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo. Como quiera que no existen leyes previas para sustentar cada uno de los proyectos y tampoco se les aplica ninguno de los otros casos, esas partidas son inconstitucionales.
Los que defienden la inclusión de las partidas sostienen que en la ley anual de presupuesto es posible incluir partidas para la ejecución de funciones a cargo de la Nación, con participación de las entidades territoriales, al igual que partidas para proyectos donde el Gobierno central va a cofinanciar programas en desarrollo de funciones de competencia exclusiva de las entidades territoriales. La base jurídica de su argumento es el parágrafo único del artículo 21 de la Ley 6O de 1993, que reglamentó las transferencias de recursos y competencias de la Nación a las entidades territoriales.
3. LOS PROYECTOS DE INVERSION TIENEN QUE ESTAR INCLUIDOS EN EL BANCO DE PROYECTOS DE PLANEACION La Ley Orgánica de Presupuesto (Ley 38 de 1989) dispone, como regla general, que los proyectos de inversión para el apoyo regional autorizados por la ley entraran a formar parte del Banco de Proyectos de Planeación Nacional. Quienes se oponen a la inclusión de las partidas regionales en el presupuesto de 1994 argumentan, con base en ese principio general que, como estas se apropiaron para proyectos que no formaban parte de dicho banco, son ilegales.
Los defensores de la inclusión, por su parte, sostienen que las partidas regionales tienen un régimen propio que se deriva de la Ley 60 de 1993 y del Decreto 841 de 1990 -que reglamentó el Banco de Proyectos- y que no tienen que estar incluídas en dicho banco ni en el Plan Anual de lnversiones para ser incorporadas en el Presupuesto, pero que para su ejecución sí requieren la inscripción en tal banco. Es decir, que solo se deben someter a los requisitos de la entidad bancaria una vez incluídas en el presupuesto.
4. EL TRAMITE QUE SE REQUIERE ES EL DE UNA LEY ORGANICA También huho quienes atacaron el proyecto de ley de presupuesto aprobado la semana pasada por vicios de forma, tras argumentar que debió haber surtido el trámite de una ley orgánica que exige la mayoría absoluta para su aprobación. El argumento central de esa tesis consiste en sostener que el primer artículo de las disposiciones generales -que cubren casi 70 artículos- dice que estas son "complementarias de la Ley Orgánica del Presupuesto General de la Nación y deben aplicarse en armonía con esta".
Asumen esa premisa como cierta, pues afirman que, si bien en la Cámara de Representantes la mayoría fue absoluta, no sucedió lo mismo en el Senado, donde fue aprobada con sólo 48 votos, cuando para la mayoría absoluta se requerían 53.
Los defensores aseguran que el proyecto de ley aprobado en su condición de una simple ley anual de presupuesto es una ley ordinaria y que, para esa aprobación, basta una mayoria simple.
Dicen, igualmente, que el mismo fenómeno se presentaba con la ley anual del presupuesto de 1993, demandada por el Veedor por inconstitucional. La Corte Constitucional estudió el tema y en su sentencia -que por demas declaró inexequibles algunos artículos- no abordó ese punto, que hubiera sido de obligatorio cumplimiento en caso de que la tesis de los opositores fuera cierta.