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Día histórico: Congreso aprueba cadena perpetua para violadores de niños

El Gobierno tendrá un año para reglamentar la aplicación de la cadena perpetua en el país cuando se cometan delitos sexuales en contra de menores de edad, luego de la revisión de la Corte Constitucional.

18 de junio de 2020

En un hecho histórico para Colombia, este jueves 18 de junio la plenaria del Senado, en último debate, aprobó con 77 votos por el Sí y 0 por el No, el proyecto que reforma el artículo 34 de la Constitución Política para condenar a prisión perpetua revisable a los violadores y asesinos de niños.

El proyecto de ‘prisión perpetua revisable‘ lleva ese nombre porque los condenados tendrán la posibilidad de solicitar la revisión de sus condenas tras 25 años de cárcel.

El pasado 9 de junio, la Comisión Primera del Senado aprobó esta reforma en séptimo debate, permitiendo así que el proyecto avanzara a último debate en el Congreso.

Previamente había sido aprobada la ponencia positiva para implementar la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños en Colombia, el primer paso del debate para logar el cometido. Luego siguió la discusión del articulado y, finalmente, fue aprobado el proyecto de acto legislativo por la plenaria de la Cámara Alta.

Según Yohana Jiménez, hija de Gilma Jiménez, la fallecida exsenadora de la Alianza Verde y promotora de esta iniciativa desde el principio, hubo intentos de “saboteo” en la recta final del trámite, pero finalmente se hizo realidad esta condena para quienes cometan delitos en contra de los menores en el país.

En Colombia, la cadena perpetua fue establecida en el año 1890 y abolida en 1910. Por su parte, los Códigos Penales de 1936 y 1980 nunca establecieron penas únicas o fijas.

En el año 2009, una iniciativa legislativo buscó el referendo para implementar la prisión perpetua en Colombia, pero no tuvo el sustento jurídico para ser aprobado.

La senadora Esperanza Andrade, una de las ponentes del acto legislativo, indicó que, en efecto, el trámite no fue nada fácil y que los tiempos se estaban ajustando, ya que el acto legislativo tenía que ser aprobado en su totalidad antes del 20 de junio para evitar su hundimiento.

Previo a esta aprobación hubo una larga discusión política y jurídica por una recusación en contra de todos los senadores de esta comisión, en la que se argumentaba que había intereses políticos en las votaciones. Sin embargo, finalmente se rechazó esa petición con base en un concepto del presidente de la Comisión de Ética, Carlos Abraham Jiménez, en donde se argumentaba que había méritos para que las recusaciones fueran procedentes.

Ahora el Gobierno tendrá un año para reglamentar la aplicación de la cadena perpetua en el país cuando se cometan delitos sexuales en contra de menores de edad.

La Corte Constitucional no estudia de manera automática la decisión, sino que se hará solo si llegan demandas. Lo que se anticipa es una oleada de demandas, por lo que sí sería revisado por el alto tribunal.

Sin embargo, la Corte solo podrá pronunciarse por errores de forma no de fondo, lo que prácticamente significa que si el acto legislativo toca la estructura de la Constitución, sí puede ser modificado por el alto tribunal.