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Según la queja de José Gotardo Pérez, el procurador Ordóñez se desentendió de las medidas cautelares del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el caso Petro. | Foto: Juan Carlos Sierra

TRIBUNALES

Procurador Ordóñez: ¿podría ser arrestado por desacato?

Juristas dicen que Ordóñez, pese a una decisión de tutela, continuó con la notificación a Petro y habría incurrido en desacato.

30 de enero de 2014

El excontratista del Distrito en temas de seguridad José Gotardo Pérez, quien interpuso y ganó la primera acción de tutela en pos de suspender los efectos de la sanción de la Procuraduría contra el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, volvió al ataque. Ni más ni menos, su blanco es el procurador general, Alejandro Ordóñez.

La tutela había sido fallada por el magistrado José María Armenta, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, quien -como medida cautelar- determinó el pasado 14 de enero suspender cualquier diligencia dentro del proceso hasta que no se tome una decisión de fondo. El Ministerio Público destituyó del cargo a Petro y lo inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos por 15 años.

Ahora, Pérez interpuso un incidente de desacato contra el procurador general, Alejandro Ordóñez, por presuntamente continuar con el trámite de notificación de la sanción contra el alcalde pese a la orden judicial.

La solicitud, radicada ante mismo tribunal, pide que se determine una posible falta de Ordóñez, puesto que notificó mediante edicto, el 24 de enero pasado (diez días después de la decisión de Armenta), la confirmación del fallo contra el alcalde Petro.

El magistrado Armenta deberá definir en el lapso de un día si el procurador general incurrió en un incidente de desacato o si, por el contrario, su actuación estuvo ajustada a la ley. De no ser así, el jefe del Ministerio Público podría ser sancionado, incluso arrestado.

Semana.com consulto a juristas que manifestaron que sí se podría dar la posibilidad de un desacato, puesto que el procurador continúo el conteo de los términos para la notificación, sin tener en cuenta las medidas cautelares.

Para el abogado constitucionalista Germán Calderón España -padre de Juan Sebastián Calderón, autor de la segunda tutela fallada a favor de Petro- “la sentencia de tutela tiene efecto inmediato, en especial cuando se decreta una medida cautelar ante una decisión (fallo de la Procuraduría contra Petro) por lo cual es de obligatorio cumplimiento. De no ser así el procurador, se expone a un arresto de 48 por desacato a una tutela”.

Igualmente manifestó que este tipo de incidentes son un mensaje claro para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), puesto en caso de que se demuestre el desacato y que la justicia colombiana no ofrece garantías, podría decretar una medida cautelares a favor del mandatario capitalino.

Para el exprocurador Jaime Bernal Cuellar, las medidas impartidas en las acciones de tutelas “son de obligatorio cumplimiento”.

“Para cualquier ciudadano o institución que no las acate, pueden acarrear sanciones penales incluso el arresto”, agregó.

Es así que caso Petro empieza a tener ramificaciones insospechadas para la mayoría y hasta paradójicas, como en este caso. Lo cierto, es que este ‘ajedrez’ judicial se seguirá jugando y se verá si el procurador Ordóñez saldrá indemne de este ‘jaque’ en su contra. O quizá no.