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DECISIÓN

Caso Petro: se vendría nueva derrota para la Procuraduría

Semana.com conoció detalles de la ponencia que niega el recurso de súplica del Ministerio Público para sacar al alcalde de su cargo.

30 de julio de 2014

Tampoco sirvieron en esta ocasión los esfuerzos de la Procuraduría por hacer valer la sanción que impuso al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, quien por ahora continuará en su cargo. El pasado 13 de mayo, el enredado caso ya había tenido punto de giro en contra del Ministerio Público, cuando el magistrado Gerardo Arenas Monsalve decretó medidas cautelares a favor del mandatario local.

Así, se suspendió provisionalmente la sanción de la Procuraduría General de la Nación en contra del burgomaestre capitalino, consistente en su destitución y una inhabilidad por 15 años para ejercer cargos públicos. 

Para el magistrado Arenas, “la decisión de fondo está sustentada en el hecho de que no está suficientemente demostrado o acreditado el dolo en las decisiones administrativas que tomó el alcalde en el tema del servicio público de aseo”.

Sin embargo, la Procuraduría no dio su brazo a torcer e interpuso el único recurso que contempla la ley ante este tipo de medidas, un recurso de súplica en que argumentó que en toda la investigación se le respetó el debido proceso al mandatario y sus irregularidades fueron plenamente demostradas y probadas. 

Semana.com conoció en exclusiva que este jueves el magistrado ponente del recurso, Gustavo Gómez Aranguren, radicará su ponencia negativa respecto de la solicitud hecha por la Procuraduría y señala que sí se le violó el debido proceso al alcalde Gustavo Petro y no se valoraron debidamente todos sus elementos. 

Entre los argumentos de la ponencia -que supera 100 páginas- el magistrado Gómez asegura que el proceso le correspondía al procurador general, Alejandro Ordóñez, y no a la sala disciplinaria de esta entidad, “por lo que se configura un vicio por falta de competencia del juzgador”.

De igual forma, para el magistrado existe una posible violación al debido proceso por la formulación de los cargos que hizo la Sala Disciplinaria, las cuales fueron a título de dolo y culpa gravísima, sin tener motivación razonable, suficiencia argumentativa ni probatoria por lo cual la súplica de la Procuraduría no debe prosperar.

Otro de los ejes del texto versa en que no está debidamente probado el dolo, es decir, la intención del alcalde Gustavo Petro para “transgredir el ordenamiento jurídico”, así como que la Procuraduría debió tener en cuenta los criterios de ley señalados para determinar la gravedad de la falta.

Esta ponencia sería discutida este jueves por los integrantes de la sección segunda Mauricio Gómez Aranguren y Bertha Lucía Ramírez, quienes, de estar de común acuerdo, la aceptarían y así negarían de plano la solicitud de la Procuraduría.