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La delegación de Colombia, el agente colombiano Carlos Gustavo Arrieta; el presidente de la Corte Constitucional, Manuel José Cepeda Espinosa, y Michael Reisman, abogado de Colombia y profesor de ley internacional de la Universidad de Oxford. | Foto: EFE

CORTE

Colombia cierra alegato en La Haya y pide desestimar demanda de Nicaragua

El agente colombiano, Carlos Gustavo Arrieta, insistió en que la CIJ no es competente para definir el nuevo diferendo

30 de septiembre de 2015

Colombia cerró este miércoles la segunda ronda de alegatos orales por el diferendo limítrofe en el mar Caribe que le enfrenta a Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), y pidió que la demanda del país centroamericano sea desestimada.

El agente colombiano ante la CIJ, Carlos Gustavo Arrieta Padilla, señaló ante los jueces del alto tribunal de la ONU que existe un vacío legal en la demanda de Nicaragua por las supuestas violaciones de Colombia de los límites en el mar Caribe redefinidos en el 2012 por la Corte, por lo que su demanda "debe ser desestimada".

Destacó que "Colombia es una democracia" y que según su visión, "es necesario negociar la jurisdicción de la Corte" en este caso.

El 26 de noviembre del 2013 Managua demandó a Colombia ante la CIJ por considerar que Bogotá incumple la sentencia de noviembre del 2012 del tribunal con sede en La Haya.

Los jueces dejaron bajo soberanía colombiana siete cayos del archipiélago de San Andrés, y a Nicaragua le otorgaron una franja marina en esa zona, que Colombia calcula en unos 75.000 kilómetros cuadrados y el país centroamericano en más de 90.000.

En la misma línea argumental, el profesor de Derecho Internacional de la Universidad de Yale Michael Reisman calificó de "inadmisible" la demanda de Nicaragua y definió la fecha del 26 de noviembre del 2013, como un "día crítico".

Bogotá basa su defensa en el artículo 56 de Pacto de Bogotá, mediante el cual denunció el tratado el 27 de noviembre del 2012 ante la Organización de Estados Americanos (OEA) y con lo que subrayó, en su opinión, que la Corte no tiene jurisdicción con los procedimientos en relación al caso denunciado por Nicaragua.

Para Colombia, la denuncia tuvo efecto inmediato con respecto a la iniciación de nuevos procedimientos contra Colombia.

Ese artículo dice que el Pacto de Bogotá puede ser denunciado mediante aviso anticipado de un año, transcurrido el cual cesará en sus efectos para el denunciante.

Nicaragua introdujo su procedimiento ante la CIJ un año después, el 26 de noviembre del 2013, un día antes de que expirara el plazo.

Reisman también destacó que Colombia "no viola el derecho internacional" por afirmar que el alto tribunal de la ONU "no es competente" para resolver la disputa limítrofe que le enfrenta a Nicaragua.

En este sentido, y en contra la argumentación del abogado de Nicaragua Alain Pellet, que calificó el poder de la corte como "inherente", el miembro del Instituto de Derecho Internacional Tullio Treves señaló que "existen casos anteriores en los que la jurisdicción de la Corte no ha sido necesaria".

Para Treves, "la declaración de la Corte de su jurisdicción depende de cada marco concreto".

En opinión del abogado de Colombia Rodman Bundy, Nicaragua "se ha inventado los marcos de jurisdicción de la Corte para disimular la debilidad de su argumentación".

El 2 de octubre Nicaragua cerrará la segunda ronda de alegatos