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| Foto: Juan Carlos Sierra

FALLO

Millonaria multa al Estado por no proteger a un alcalde

Son $1.000 millones que se pagarán a la familia de un exalcalde asesinado en 1999.

10 de marzo de 2014

La Sección Tercera del Consejo de Estado hizo un pronunciamiento particular. En esta ocasión le advirtió al Ejecutivo que debe proteger a los ciudadanos y en especial a los alcaldes mientras se adelanten procesos de paz. Además, condenó a la Nación a reparar a la familia de un alcalde asesinado.  

El alto tribunal hizo el pronunciamiento al condenar a la Nación, al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional a pagar una millonaria indemnización a la familia del exalcalde de Vista Hermosa (Meta) Marco Emilio Londoño Aguirre. El mandatario local fue asesinado el 19 de septiembre de 1999 en Villavicencio, tras un ataque de sicarios motorizados.

Vista Hermosa era uno de los municipios que conformaban la denominada zona de distensión decretada por el gobierno nacional el 14 octubre de 1998, por lo que se podría evidenciar, según el alto tribunal, “la falta o falla del servicio de protección que debían prestar tanto el Ejército como la Policía al señor Londoño Aguirre, dado su condición de alcalde del municipio”.

El fallo recuerda que el 31 de agosto de 1999, Londoño Aguirre se acercó a las autoridades competentes con el propósito de denunciar la falsedad de una comunicación que, supuestamente, había sido enviada por él al alto comisionado de Paz de la época, así como las amenazas que se daban en contra suya y de su familia. Ese día les dijo a las autoridades policiales que necesitaba protección ante las amenazas que recibía. Además, que no podría ejercer sus funciones.

“Desde el momento de su posesión, Londoño Aguirre fue objeto de amenazas en su contra que se atribuyen a diferencias políticas y al hecho de que ese municipio hacia parte de la zona de distensión decretada por el gobierno nacional para adelantar diálogos de paz con la guerrilla de las FARC. Por esa razón, Londoño Aguirre, luego de su posesión, pidió un período de vacaciones y luego una licencia no remunerada”, se lee en la sentencia.

“El Estado responde no sólo porque no haya prestado protección a alguien que la solicite, sino por no haberla prestado a alguien que la necesitara por la previsibilidad de sufrir una acción que atentara contra su vida o integridad física, aun en el evento en que no la hubiera pedido formalmente”, agrega el fallo. 

La Corporación Judicial resaltó que pese a que se adelantaba un proceso de paz legal, “la desmilitarización implicó el incremento de la influencia del grupo guerrillero negociante en los municipios de la zona despejada y por ende, también hubo un incremento necesario en la interacción que las autoridades civiles debían tener con quienes ahora podrían transitar libremente por esas zonas”. La suma de la indemnización es cercana a los 1.000 millones de pesos.

El pronunciamiento es clave, ya que para el alto tribunal, no se puede tolerar agresiones contra los mandatarios locales. “Debe existir un deber especial de protección en cabeza del Estado frente a personas que, por la naturaleza de sus funciones, el grupo político al que pertenecen o el contexto social en que operan, deben ser resguardadas de cualquier ataque en su contra, así no hayan solicitado formalmente protección a las autoridades”.