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Para los taurinos, llamar a una consulta popular para prohibir las corridas es inconstitucional. | Foto: Archivo SEMANA

BOGOTÁ

El otro lío de la consulta popular antitaurina

La última semana de julio el Concejo votará si aprueba o no la iniciativa. Entretanto, el debate está que arde.

24 de julio de 2015

Antes del próximo 31 de julio, los capitalinos conocerán si el Concejo votará la consulta popular que definirá si en Bogotá se pueden o no hacer corridas de toros. Esta es una iniciativa impulsada desde la administración de Gustavo Petro y varias organizaciones animalistas.

De un listado de 70 fórmulas, los amantes de los animales y la Alcaldía escogieron una sola pregunta que deberá ser aprobada no sólo por el cabildo, sino también por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que deberá validarla a la luz de la Constitución. La idea es que en las elecciones del 25 de octubre se haga la votación.   

Pero a la iniciativa le surgió un dilema que tendrán que analizar los concejales antes de votar. Ellos tendrán que establecer si lo que se decida en una consulta popular puede o no estar por encima de la Ley 916 del 2004, que reglamentó la actividad taurina y reguló la organización de estos espectáculos en todo el país.

Para los taurinos, llamar a una consulta popular para prohibir las corridas es inconstitucional. La razón: el esquema jurídico en el país determina que primero está la Constitución, luego la ley, después las demás acciones constitucionales, entre ellas la consulta popular o el referendo. “En otras palabras, la ley dice que las consultas populares no se pueden hacer para consultar normas superiores”, argumentó el secretario técnico de la Corporación Taurina, Harold Ronderos.  

El experto constitucionalista y profesor universitario Santiago García va más allá. Para él, la Ley 916 estableció que las corridas de toros están permitidas y que la plaza La Santamaría está destinada preferiblemente para este espectáculo. Por eso, “el fallo de tutela emitido por la Corte Constitucional el T-296 de septiembre del 2014, ordenó que la Plaza fuera restituida para los toros. La ley no se puede derogar con la consulta”, conceptuó.

La solución para este jurista es que se presente en el Congreso un proyecto la ley que revoque la actual reglamentación taurina o, en su defecto, presentar un referendo derogatorio que tiene la posibilidad de acabar esta norma que reguló la tauromaquia.

El otro tercio


Pero del otro lado están quienes consideran que se les puede preguntar a los bogotanos sobre las corridas y que la decisión no afectaría la ley.

En el Distrito están confiados de que la consulta será aprobada en el Concejo. La secretaria general, Marta Lucía Zamora, le dijo a Semana.com que la consulta no pretende cambiar la norma taurina.

“La consulta popular no está destinada a desconocer el reglamento taurino y va de la mano con las sentencia C- 666 de la Corte Constitucional, que determinó que las corridas se pueden hacer en donde exista arraigo cultural, el reglamento taurino se aplicaría en los municipios en dónde se hagan corridas”, resaltó Zamora. 

El exmagistrado Alfredo Beltrán coincide con la Administración Distrital en que las corridas se pueden realizar de acuerdo con la cultura del sitio en donde se hagan y allí se aplicaría el reglamento taurino. Lo que busca la consulta es establecer si hay o no arraigo cultural para la realización de las corridas en Bogotá”.

A esa idea se suma el exmagistrado de la Corte Constitucional Nilson Pinilla, que consideró que la decisión que tomen los bogotanos no va a suprimir la norma, pero sí va a hacer que haya una reflexión. “Si el pueblo se expresa en contra de una ley, no podemos decir que la revoca, pero le quita legitimidad”. 

El debate está servido y la última semana de julio se conocerá si el Concejo aprueba o no la iniciativa y quién tiene la razón jurídica.