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Contralor de Bogotá, Diego Ardila Medina. | Foto: Archivo Semana

BOGOTÁ

Máquina tapahuecos pone en aprietos a directora de UMV

El contralor de la capital Diego Ardila pidió que se suspenda a María Gilma Gómez.

1 de abril de 2014

La semana pasada se conoció que la Personería de Bogotá remitió a la Procuraduría General de la Nación el expediente de la contratación de la Unidad de Mantenimiento de la Malla vial (UMV) con la empresa Green Patcher SAS para tapar los huecos de la ciudad. El Ministerio Público estudiara, en un proceso preliminar, si hubo o no irregularidades. Esta historia no quedó allí y ahora se pide la suspensión de la directora de la UMV.

Este martes, el contralor, Diego Ardila Medina, le solicitó al alcalde (e) de Bogotá, Rafael Pardo, la suspensión de María Gilma Gómez Sánchez, del cargo de directora general de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Manteniendo Vial (UAERMV), adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.

La solicitud fue dada por la Dirección de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría de Bogotá, debido a los 10 procesos de responsabilidad fiscal que cursan en este organismo de control contra María Gilma y otros presuntos responsables. Esto suma cerca de 4.664.899.559 billones de pesos. Lo anterior, con el propósito de asegurar la transparencia, la imparcialidad y la efectividad de las investigaciones fiscales en curso. La decisión se toma amparada en la Constitución política de Colombia.

“Si el contralor tiene razones poderosas para temer que la permanencia de aquellos en el desempeño de sus empleos pueda afectar las investigaciones, dificultar la tarea de fiscalización o comprometer todavía más el interés colectivo, los bienes del Estado o la moralidad pública, demande del nominador, con la referida fuerza vinculante, que se los suspenda, no a título de sanción sino como instrumento transitorio encaminado a la efectividad”, así se fundamenta la orden de la suspensión inmediata, según la Corte Constitucional.

La citada medida cautelar tiene efectos vinculantes, pues es de obligatorio cumplimiento por parte del alcalde (e), quien deberá expedir un acto administrativo haciéndola efectiva dentro de los tres días siguientes a la comunicación. La suspensión de la funcionaria fue decretada a partir de la fecha y hasta que culminen los procesos de responsabilidad fiscal en curso que se adelantan contra la misma, conforme lo dispone el numeral 8 del artículo 268 de la Constitución Política.


Lo paradójico del caso es que el pasado sábado, el alcalde (e) Rafael Pardo inspeccionó la máquina remalladora y se reunió con María Gilma Gómez, quien le presentó un detallado informe del estado e intervenciones en la malla vial de la ciudad. Y a pesar de los cuestionamientos, Pardo le pidió a la directora dar prioridad a las vías por donde transitan las rutas del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) y posteriormente, en el resto de la malla vial identificada en dicho cuadrante.

El asunto continúa en los organismos de control, quienes determinarán no sólo la permanencia de la directora María Gilma, si no la continuidad del contrato.