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Corridas de toros no pueden ser prohibidas por los alcaldes: Corte Constitucional

El alto tribunal tomó la determinación tras estudiar una demanda contra el estatuto taurino.

30 de octubre de 2012

La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó este martes que los alcaldes no pueden prohibir las corridas de toros en sus municipios o distritos.
 
La decisión, aprobada por seis de los nueve magistrados, determina que los alcaldes no pueden prohibir las corridas de toros en plazas donde éstas hayan sido permanentes, periódicas o habituales.
 
También establece que los empresarios taurinos no necesitan una autorización previa de la autoridad municipal para organizar dichos eventos.
 
El alto tribunal también determina que el alcalde sólo podrá prohibir una corrida de toros por falta de condiciones de seguridad o de salubridad en los escenarios.
 
Según fuentes consultadas por Semana.com, el fallo fue una reiteración de jurisprudencia, pues la Corte juzgó en el pasado que quien tenía competencia para prohibir las corridas es el Congreso de la República.
 
En segundo lugar, la medida establece una ponderación de intereses y derechos. En ese sentido, la Corte ha establecido que si bien hay un interés de proteger a los animales (y que éstos deben ser tratados con humanidad), también hay tradiciones culturales en la cuales hay sufrimiento y muerte animal que deben ser respetadas.
 
Esa tensión entre el respeto a una tradición y el deber de evitar el sufrimiento de los animales se pondera con una intervención del Congreso y con la prohibición de nuevas prácticas de maltrato animal en lugares donde no existían.
 
Pero donde sí existen esas tradiciones deben ser respetadas, aunque el estado no las puede financiar sino que deben sostenerse por los aportes de los que creen en ellas.
 
Por otro lado, la Corte ya había avalado el reglamento taurino, es decir que lo consideró ajustado a la Constitución y a la ley.
 
En junio pasado, el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, revocó el convenio que la administración distrital había firmado hasta el 2015 con la Corporación Taurina de Bogotá para el uso de la Plaza La Santamaría, por considerar que ésta “no se puede destinar a promover o fomentar actividades que incluyan sufrimiento, dolor y muerte a los animales en desarrollo de la sentencia C-666 del 2010”.
 
La Alcaldía había pedido a la Corporación Taurina evitar la muerte de los toros en las corridas, pero ante la negativa de ésta, se suspendieron las conversaciones entre las partes y se concretó la revocatoria del contrato. A la vez fue retirado el patrocinio del distrito a las actividades taurinas.
 
En la noche de este martes, el alcalde Petro se refirió al tema en su cuenta oficial de Twitter: "No existe contrato firmado entre la alcaldía y ninguna organización que haga corridas de Toros en Bogotá", afirmó.