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Corte Constitucional dice no a venta de acciones de Ecopetrol

El alto tribunal declaró inexequible el decreto que ordenaba vender el 10 por ciento de las acciones de la nación en Ecopetrol. En la misma decisión, falló a favor de la norma que modifica el impuesto al patrimonio.

4 de abril de 2011

Dentro del estudio que se realiza a los decretos expedidos bajo el amparo de la emergencia social, económica y ecológica, la Corte Constitucional decidió declarar inexequible la norma que permitía la venta de hasta un 10 por ciento de las acciones que la Nación tiene en ECOPETROL, decretada para recaudar recursos para atender la emergencia causada por el invierno.

Esta era una de las estrategias que tenía el Gobierno para recaudar cerca de 16 billones de pesos en el menor tiempo posible para invertirlos en la fase de reconstrucción en las poblaciones afectadas por el invierno.

Tras una reunión con los magistrados, el ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, informó que ante la situación se tramitará una ley ordinaria para que sea estudiada en el Congreso de la República.

Para la Corte, el decreto que ordenaba la venta de las acciones de ECOPETROL no era viable en un estado de excepción, puesto que los recursos de esta venta serían destinados para la tercera de las tres fases del plan de fase del plan, cuya ejecución no es inmediata.

En la misma decisión de este martes, se conoció que el alto tribunal falló a favor del decreto que modifica para el año 2011 el impuesto al patrimonio.

Esto quiere decir que para los contribuyentes con patrimonio líquido esté entre mil y dos mil millones de pesos, tendrán que pagar una tarifa del uno por ciento. Para quienes tienen un patrimonio entre dos mil y tres mil millones de pesos, la tarifa será de 1,4 por ciento. Entre tres mil y cinco mil millones de pesos, habrá una sobretasa del 25 por ciento sobre la tarifa actual que es de 2,4 por ciento. Para los patrimonios de más de 5 mil millones de pesos, la sobretasa también es del 25 por ciento sobre la tarifa actual que es de 4,8 por ciento.

Estos decretos fueron expedidos durante la vigencia de la primera declaratoria del estado de excepción. Sin embargo, la Corte Constitucional aún no hace su pronunciamiento sobre la posible vigencia temporal para algunas de las 12 normas decretadas durante la segunda prórroga, que fue declarada inexequible el pasado martes.

Quedan recursos para un mes

Con las decisiones que ha tomado la Corte Constitucional sobre los decretos expedidos bajo el estado de excepción, el gerente del Fondo de Calamidades, Everardo Murillo, explicó este lunes que los recursos para atender la emergencia se agotarán en un mes y alcanzan para pago de arriendos, alimentación, construcción de albergues y elementos de aseo.

La junta directiva del Fondo Nacional de Calamidades reconoció que esperan que el Congreso apruebe el proyecto de ley que adiciona 5,7 billones de pesos al presupuesto y que fue radicado con mensaje de urgencia la semana pasada en el Legislativo.
Para hacerle frente a la emergencia del próximo mes, se destinaron 463 mil millones de pesos, informó la junta del Fondo.

Entre las alternativas que plantea el Gobierno están incluir algunos de los decretos tumbados por la corte en el Plan Nacional de Desarrollo que cursa en el Congreso. Asimismo, este martes el director del partido de la U, Juan Lozano, radicará mañana dos decretos: el que crea el empleo de emergencia y el que otorga subsidios en servicios públicos a los damnificados por el invierno.

A los problemas jurídicos que enfrenta el Gobierno tras las decisiones que ha tomado el alto tribunal, se suman los inconvenientes logísticos para hacer llegar la ayuda a los afectados por el invierno. Según Jorge Londoño, presidente de la Junta del Fondo, el 22 por ciento de los afectados aún no reciben ayuda humanitaria.

““Es un 22 por ciento que se concentra en cuatro departamentos: La Guajira, Santander, Casanare y Córdoba. Se debe tratar de revisar las dificultades de estos departamentos para que rápidamente lleguemos a atender el cien por ciento”.