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24 mayo 2012

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Corte Constitucional no revisará régimen de pensiones de congresistas


JUSTICIADespués de un año de estudio, los magistrados del alto tribunal se declararon inhibidos y evitaron pronunciarse de fondo ante la falta de sustento de la demanda.

Corte Constitucional no revisará régimen de pensiones de congresistas. Un artículo de la ley cuarta de 1992 abre la puerta para que las pensiones de los congresistan desborden los topes existentes.
Autor: Archivo SEMANA
Un artículo de la ley cuarta de 1992 abre la puerta para que las pensiones de los congresistan desborden los topes existentes.
La Corte Constitucional se declaró inhibida para estudiar la demanda sobre el régimen de pensiones de los congresistas, en decisión conocida este jueves.
 
El alto tribunal consideró que el recurso no cumplía con los requisitos y argumentos suficientes, por lo que evitó pronunciarse de fondo, lo que deja abierta la posibilidad a que vuelva a ser presentado.
 
La demanda pretendía tumbar el artículo 17 de la Ley Cuarta de 1992, que estipula que las pensiones de los congresistas no podrán ser inferiores al 75 por ciento del ingreso mensual promedio que durante el último año perciban, lo que permite que se superen todos los topes existentes.
 
Después de aproximadamente un año de estudio, la Sala Plena de la Corte consideró que el recurso presentado no tenía suficientes argumentos.
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