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Esta imagen refleja la crisis en el pago de las pensiones. | Foto: Guillermo Torres

JUSTICIA

Un ‘salvavidas’ para la crisis de Colpensiones

La Corte Constitucional critica al Estado por el desorden en las solicitudes de pensión.

18 de septiembre de 2013

Conseguir una pensión en Colombia sigue siendo una odisea. A la fecha hay cerca de 330.000 tutelas interpuestas, lo que genera enormes filas de personas de la tercera edad que languidecen solicitando un derecho constitucionalmente protegido.

El debate cada vez ha sido más álgido pese a que entró en operación Colpensiones, creada para reemplazar al paquidérmico Seguro Social y administrar las pensiones que se otorgan bajo el régimen de prima media. Sin embargo, la avalancha acciones jurídicas por parte de usuarios y el incumplimiento de fallos de los jueces puso contra las cuerdas a su presidente hasta principios de agosto, Pedro Nel Ospina, cuya cabeza rodó por los líos de la entidad que, por el momento, ya le representan una juicio disciplinario por parte de la Procuraduría.
 
Según denunció el directivo saliente, la falta de recursos para realizar la transición de los procesos correspondientes a la vieja administradora fue determinante a la hora de minar los esfuerzos y así dar una respuesta más rápida a los usuarios, que en ocasiones deben esperar meses y años para que se les reconozca su pensión.

Ahora, la Corte Constitucional hace seguimiento de la gran cantidad de solicitudes radicadas por usuarios del anterior Seguro Social, lo cual quedó fijado en el Auto 110 del 2013, en el cual “se adoptaron medidas provisionales de protección frente a las personas que radicaron peticiones ante el Instituto de Seguros Sociales (antes o después del 28 de septiembre del 2012), o que se encontraban a la espera de cumplimiento de los fallos judiciales (ordinarios y de tutela) dictados en contra de la mencionada entidad”.

Semana.com tuvo acceso a un auto expedido por la sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, para el que “subsisten algunas dificultades que impiden la pronta ubicación y clasificación priorizada de los fallos ordinarios y de tutela dictados contra el ISS y obstaculizan el flujo eficiente de expedientes prestacionales y otros documentos entre las dos entidades”.

Según el alto tribunal, resulta preocupante la situación del ISS en liquidación, en especial por la inexistencia de un inventario consolidado de expedientes prestacionales pendientes de traslado a Colpensiones y por el incumplimiento de la orden de fijación de una fecha cierta en la que el ISS entregará la totalidad de expedientes administrativos a Colpensiones”.

Si bien la Corte exonera de toda responsabilidad a Colpensiones por el descalabro administrativo y el caos en el traslado de los procesos, manifiesta su preocupación por “el extravío de un número importante de carpetas administrativas de los afiliados del régimen de prima media, así como de diversos fallos judiciales sin acatar”, lo cual pone en el limbo a varios colombianos que esperan solución a sus solicitudes.

De ahí que el tribunal Constitucional ordene que en máximo 10 días, contados a partir del mes de octubre, la Fiduciaria La Previsora S. A. (entidad liquidadora del Instituto de Seguros Sociales) deberá elaborar un plan para efectuar de una vez por todas el traslado total de los expedientes del ISS a Colpensiones.

Igualmente le solicita al Ministerio de Salud, al Ministerio del Trabajo, al Ministerio de Hacienda y a la dirección del Departamento Administrativo de la Función Pública que garanticen que se realice efectivamente la entrega de los expedientes a Colpensiones y le ordena al nuevo presidente de la entidad, Mauricio Olivera González, ubicar copia del presente auto en la página web.

Esta decisión puede representar un respiro para los usuarios de Colpensiones y para la misma entidad, que tiene un gran escollo en la negligencia y el desgreño administrativos que fueron durante años el sello del viejo Seguro Social y que propiciaron allí serios casos de corrupción. ¿Será capaz el liquidador de cumplir el reto que le impone la Corte?