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La Corte indica que se ha visto un aumento en casos donde las personas optan por dejar a sus padres en hogares geriátricos. | Foto: León Darío Peláez

FALLO

Hijos no podrán abandonar a padres en geriátricos

La Corte Constitucional hizo un duro llamado para que hijos sean solidarios con sus progenitores en la tercera edad.

26 de febrero de 2015

En una sociedad que venera la productividad, como la occidental, las personas que ya entregaron todo en su edad laboral y entran a lo que debería ser la edad dorada de sus vidas se ven enfrentados a verdaderas tragedias, cuando muchas veces quedan solos y sin el apoyo de quienes deberían ser su sustento.

La Corte Constitucional da cuenta de esta problemática al resolver una acción de tutela, de las muchas que llegan al alto tribunal en las que se pone de presente los numerosos casos de abandono por parte de sus propios hijos.

Para la Corte este tipo de acciones viola derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, a la salud y a la protección especial del adulto mayor.

El caso concreto estudiado por el alto tribunal, con ponencia del magistrado Gabriel Eduardo Mendoza, advierte la situación de un hombre que solicitó a su EPS y al Ministerio de Salud que internaran a su mamá en un hogar geriátrico ya que ella padecía de una enfermedad que debía ser tratada constantemente.

“Nada indica que esté impedido de proveer a su madre los cuidados que requiere en tanto que no demostró una imposibilidad que le coarte esa tarea que, en principio, le incumbe en aplicación del principio de solidaridad, el cual le impone apoyar a su pariente en todas las actividades básicas que demande, máxime si se tiene en cuenta que es considerada sujeto de especial protección constitucional”, le advierte la Corte.

El demandante, además, había indicado que no tenía las condiciones económicas suficientes para responder por su madre, que requiere de algunos cuidados especiales.

El tribunal desvirtuó algunos argumentos del accionante, aduciendo que no demostró que contaba con las condiciones insuficientes para hacerse cargo de su mamá. Así mismo, las pruebas dieron cuenta de que la adulta mayor tenía condiciones físicas y económicas suficientes para no ameritar su ingreso en un hogar geriátrico.

“La agenciada ostenta algunos ingresos económicos que le permiten cotizar al sistema de salud, lo que no fue desvirtuado por su hijo dentro de la tutela, lo que al mismo tiempo permite inferir que no constituye una carga económica para su hijo, quien además no acreditó padecer imposibilidad física alguna”, señala la sentencia.

Indica la Corte que en los últimos tiempos se ha visto un aumento en casos donde los hijos han optado por dejar a sus padres en hogares geriátricos pese a contar con los recursos para sostenerlos, algo que es un indicador de las cosas que van mal en la actual sociedad.