Home

Nación

Artículo

JUSTICIA

Corte Constitucional anula su propia sentencia y tumba la consulta antitaurina en Bogotá

Primero dijeron que era competencia del Congreso; luego, le dieron esta competencia a los alcaldes. Ahora la Sala Plena del alto tribunal anula su propio fallo y dice que solo el Capitolio podría convocar a las urnas.

7 de febrero de 2018

La Corte Constitucional acaba de dar un giro a su postura frente a la controversia que en los últimos años han generado las corridas de toros en Bogotá. Los nueve magistrados decidieron anular la sentencia que hace un año expidió esta misma corporación, y en la que le daban vía libre a la llamada consulta antitaurina que Gustavo Petro había promovido en la capital del país, y que Enrique Peñalosa se había comprometido a materializar en las urnas.

En lo que puede considerarse como un “cambio de tercio”, como se dice en términos taurinos, la Corte Constitucional decidió que la consulta antitaurina no puede ser convocada por alcaldes ni autoridades locales, sino que la competencia para decidir sobre el futuro de las corridas de toros en el país es exclusiva del Congreso de la República, una autoridad de índole nacional. El magistrado Carlos Bernal fue el ponente de esta tesis y su postura fue respaldada por el resto de magistrados.

Esta posición se opone a la que hace un año adoptaron tres magistrados -Alberto Rojas (salvó voto), María Victoria Calle y Luis Ernesto Vargas (ponente)- en donde le daban el poder a los alcaldes para convocar al pueblo a las urnas con el fin de que se pronunciaran sobre el futuro de los toros en el país.

La consulta antitaurina pretendía que los capitalinos se manifestaran a favor o en contra de los espectáculos con toros de lidia. “¿Está usted de acuerdo, SÍ o NO, con que se realicen corridas de toros y novilladas en Bogotá Distrito Capital?”, era la pregunta que había aprobado el Concejo de Bogotá, y avalado la Corte Constitucional.

Para los animalistas, se trataba de una estrategia para controvertir el argumento de que en Bogotá hay tradición taurina, el cual ha sido defendido en repetidas sentencias que han excluido a los toros de las leyes que castigan el maltrato animal. En la capital se dan corridas de toros desde la segunda mitad del siglo XIX.

Para los aficionados a los toros se trataba de un atropello contra la libertad de expresión a un grupo minoritario. En 2016, el Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Alberto Yepes, dijo que la consulta antitaurina era un ejemplo de la “tiranía de las mayorías”, ante una tutela interpuesta por el torero Ramsés, quien precisamente torea el próximo domingo en la plaza de toros la Santamaría.  

Sin embargo, desde febrero del año pasado, la consulta antitaurina solo estaba a la espera de su convocatoria. El alcalde Enrique Peñalosa acogió la sentencia del máximo tribunal constitucional  y hasta expidió un decreto en el que fijó la fecha del 13 de agosto de 2017 para adelantarla. No se pudo llevar a cabo porque el Distrito Capital no dispuso los 45.000 millones que cuesta instalar las mesas de votación e imprimir los tarjetones. El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Hacienda, tampoco garantizó estos recursos.  

El espaldarazo de febrero del año pasado también le dio el visto bueno a la pregunta con la que el exalcalde Gustavo Petro convocó a los bogotanos: pero nadie sabía aún de dónde se iba a sacar la plata.  

Para resolver ese obstáculo, el alcalde Peñalosa elevó una consulta sobre la posibilidad de que la convocatoria se pudiera adelantar en Bogotá el próximo 11 de marzo, coincidiendo con las elecciones al Congreso y así reducir el impacto fiscal. El tema estaba sin resolverse hasta ahora que la Corte Constitucional, con esta nueva decisión, le dio la estocada definitiva.

Antecedentes

Después de tres fallos anteriores en el Tribunal de Cundinamarca, en el Consejo de Estado y en la sala de revisión de la Corte Constitucional, la Sala Plena del máximo tribunal constitucional acaba de dar su última palabra.

Los nueve magistrados en pleno dieron un paso excepcional y tomaron la decisión de anular la sentencia del año pasado, al considerar que se están desconociendo los precedentes que ya existían sobre el tema.

Puntualmente, lo que en decisiones anteriores se había fijado -hay fallos en 2012 y en 2013- es que las autoridades administrativas como el alcalde y los concejos no tienen la facultad para prohibir la tauromaquia en plazas de toros permanentes. Al respecto, precisaban que la competencia de convocar consultas antitaurinas la tiene única y exclusivamente el Congreso de la República. Hasta el momento, en el Capitolio no se le ha dado luz verde a la primera.
 

El tema ha estado en un tire y afloje los últimos años en las altas cortes. Esta, bien podría ser la decisión definitiva por no caberle más revisiones, sin embargo, todo indica que el camino de la interpretación constitucional puede ser incierto en temas tan sensibles como los toros.