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La Procuraduría había expedido dos documentos que tenían como fin lograr que notarios y jueces reportaran a todas las parejas del mismo sexo que manifestaran su deseo de casarse. | Foto: Archivo SEMANA

JUDICIAL

Las polémicas circulares de la Procuraduría

La Corte Constitucional le prohibió al Ministerio Público pedir los datos de las parejas gais que quieren casarse. Pero esto no se ha cumplido.

21 de junio de 2015

El matrimonio entre parejas del mismo sexo es uno de los temas generan más tensión en la Procuraduría. Es tanta la preocupación del Ministerio Público sobre el tema, que cuando la Corte Constitucional hace un par de años reconoció que estas uniones eran familia, el organismo que dirige Alejandro Ordóñez decidió hacerle un seguimiento exhaustivo al tema. Resulta que, a ojos de la Corte Constitucional, se les fue la mano.

La Procuraduría había expedido dos documentos que tenían como fin lograr que notarios y jueces reportaran a todas las parejas del mismo sexo que manifestaran su deseo de casarse. En la primera, la circular 013 del 2013, el organismo de control ordenó a sus delegados “acompañar y supervisar” a notarios y jueces a “intervenir de manera preferente” e “interponer las acciones y recursos judiciales disponibles” frente a las uniones que intenten hacer estas parejas. En otro memorando pidió a todos los juzgados del país remitir la información de todas las solicitudes de matrimonio “a la mayor brevedad”.

El objetivo de las circulares finalmente se cumplió. Y a las pocas parejas que han conseguido casarse les llegó un agente de la Procuraduría al día de su boda. Así les pasó por ejemplo a Carlos Rivera y Gonzalo Ruiz. Aunque no estaba invitado, el funcionario echó un discurso más largo que el del juez y al mejor estilo de las películas, se opuso a su matrimonio. Su intervención iba a ser breve, pero duró casi cuatro horas. La pareja de novios lo escuchaba con angustia, mientras oían a lo lejos la algarabía en las calles de quienes se oponían o aplaudían su unión. “Nos sentimos agredidos por una Procuraduría, que debería estar defendiendo a la gente. Fue violento”, recuerda hoy Gonzalo.

Es muy probable que lo que vivieron Ruiz y Rivera no vuelva a ocurrir. Una sala de la Corte Constitucional integrada por los magistrados María Victoria Calle Correa, Luis Guillermo Guerrero Pérez y Mauricio González Cuervo conoció un caso similar. Una pareja de mujeres interpuso una tutela, pues consideró que ambas circulares vulneraban sus derechos fundamentales a la privacidad y al habeas data.

Las dos mujeres habían presentado solicitud de matrimonio civil con fundamento en una sentencia de la Corte del 2011. En este fallo la corte exhortó al Congreso a legislar sobre el matrimonio de parejas del mismo sexo y le dio un plazo hasta el 20 de junio del 2013. El alto tribunal estableció que ese día no había una ley sobre la materia “las parejas del mismo sexo podrán acudir ante notario o juez competente a formalizar y solemnizar su vínculo contractual”. La fecha pasó y ambas mujeres fueron a un juzgado a casarse. Allá les llegó la Procuraduria.

La Corte estableció que si bien el organismo de control podía recolectar la información, no podía utilizarla para “imponer por vía general una determinada lectura de la manera en que notarios y jueces deben cumplir con lo ordenado en la Sentencia C-577 del 2011”. Las dos mujeres ganaron la tutela y la Corte le mandó un regaño a la Procuraduría y le advirtió debe tomar “las medidas adecuadas y necesarias para garantizar la confidencialidad y la seguridad de los nombres de la accionante y su pareja”.