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Exsenadora Piedad Córdoba. | Foto: Archivo Semana

CHOQUE

Corte Suprema y Procuraduría enfrentadas por fallo contra Piedad Córdoba

El caso, en el que hay disparidad de argumentos, se relaciona con una supuesta financiación de la excongresista a un antiguo asesor suyo que aspiraba a ser representante por el departamento del Atlántico.

16 de mayo de 2012

Un fallo de la Corte Suprema en el que se archiva una investigación en contra de la exsenadora Piedad Córdoba, por una presunta financiación irregular de campaña de un candidato a la Cámara de Representantes, dejó en evidencia el distanciamiento jurídico entre la ese alto Tribunal y la Procuraduría General de la Nación.

La Corte Suprema determinó archivar la investigación al considerar que no existían elementos que responsabilizaran a la excongresista y desechó la denuncia en la que se aseguraba que ella entregó un auxilio de su asesor Ricardo Montenegro para que quedara como representante a la Cámara.

Tan solo unos días antes, el lunes 14 de mayo, la Procuraduría había sancionado disciplinariamente por 14 años a la exlegisladora, el argumento es que ella financió a su asesor con 25 millones de pesos. Para el Ministerio Público, Córdoba violó un artículo de la Constitución que prohíbe a los funcionarios hacer contribuciones a partidos, movimientos o candidatos.

Contrario a lo que estableció la Procuraduría, la Corte no encontró pruebas de la supuesta financiación que se habría realizado desde Venezuela por una serie de intermediarios.

La sentencia contra Córdoba se derivó de denuncias del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre una aportación económica que ella hizo en el 2010 a su asesor, quien aspiraba a la Cámara de Representantes por el departamento del Atlántico en las elecciones legislativas de ese año.

La decisión de la Procuraduría es la segunda que se presenta luego de que el procurador Alejandro Ordóñez la sancionó e inhabilitó por 18 años por supuestos nexos con las FARC. La Corte actualmente adelanta una investigación a Córdoba por esa acusación.