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Ahora Nicaragua, con China como aliado, busca además de los 75.000 kilómetros que le adjudicó la Corte, expandir su plataforma continental más allá de las 200 millas. No ha dejado de tener a San Andrés en la mira. | Foto: Juan Carlos Sierra

DENUNCIA

El fallo de La Haya: ¿Triunfo de Nicaragua o cuento chino?

El contrato entre Nicaragua y China para construir un nuevo canal interoceánico por US$30.000 millones empieza a revelar algunas claves de la decisión de la CIJ. Este es un abrebocas de un libro que publicarán pronto los autores de este artículo.

Noemí Sanín Posada* y Miguel Ceballos Arévalo**
27 de abril de 2013

Así como en 1903 la separación de Panamá hizo que Colombia perdiera 75.400 kilómetros cuadrados, ahora el interés de China de tener su propio canal en Nicaragua, podría explicar parte del absurdo fallo del Tribunal de Justicia de La Haya que hace que nuestro país esté en riesgo de perder arbitrariamente 75.000 kilómetros de áreas marinas y submarinas.

Si el fallo de 16 de noviembre pasado, muy a favor del interés de Nicaragua, generó un gran desconcierto entre todos los colombianos, este aumenta aún más al leer y releer el ajurídico texto del fallo que se constituye en un nefasto precedente, que de no corregirse, será fuente de infinidad de litigios. 
La Corte Internacional de Justicia no solo desconoció la jurisprudencia y el tratado vigente entre dos naciones, sino que menospreció y olvidó el valor de la historia, no respetó la geografía y por encima de todo, olvidó que por centurias, los raizales –respetando absolutamente el medio ambiente–, vivieron de los frutos que nuestro mar les da. Y por si fuera poco, su inaceptable fallo desvertebró la arquitectura de un archipiélago que ha estado unido desde siempre. 
Más allá de todo lo que se ha dicho y escrito, el fallo no solo debe mirarse en el terreno de lo jurídico, sino en un marco más amplio, centrado en las dimensiones geopolíticas, diplomáticas y estratégicas que lo rodearon. Y en ese marco está China, potencia mundial con creciente influencia en América Latina, que como parte de su visión geopolítica viene desarrollando una sofisticada estrategia de expansionismo económico, con un evidente trasfondo político. 
Hoy cada vez es más claro que la estrategia de Nicaragua, ahora con China de su lado, lejos de centrarse exclusivamente en lo jurídico, fue el resultado de una magistral jugada de ajedrez cuyo protagonista, Carlos Argüello Gómez, la construyó por más de 30 años, largo tiempo en el que se ha mantenido como líder de la representación diplomática de Nicaragua en Holanda (esta es una de las claves del éxito de la estrategia nicaragüense: permanencia y especialización de la misma persona en el tema jurídico en su calidad de agente, y en los temas político, económico y comercial, en su calidad de embajador). 
Argüello penetró las más altas esferas diplomáticas, económicas y políticas para lograr una sentencia altamente favorable a las viejas aspiraciones de Nicaragua. Colombia en ese mismo tiempo tuvo 13 embajadores.

El canal interoceánico, un nuevo hecho en el litigio.

Mientras los abogados y funcionarios de Colombia trabajaban en la preparación de los últimos alegatos, el gobierno nicaragüense daba las puntadas finales a un sofisticado plan diseñado desde muchos años atrás, cuyo objetivo es la construcción de un canal interoceánico. 
El 4 de mayo de 2012, seis meses antes de que la Corte anunciara su fallo, y cuando se cerró la última oportunidad procesal de Colombia en la defensa de los intereses nacionales frente a las pretensiones de Nicaragua, el gobierno y el Congreso de ese país comenzaron a tomar decisiones trascendentales, que hoy permiten desentrañar parte del complejo rompecabezas que constituye la decisión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ).
El 3 de julio de 2012 el Congreso de Nicaragua, con mayorías controladas por el presidente Daniel Ortega, aprobó la Ley 800 de 2012, que crea la Autoridad del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y autoriza al gobierno para crear una empresa en la que tendrá una participación del 51 por ciento de la propiedad de las acciones, mientras que el 49 por ciento restante serán adquiridas por un aliado estratégico. 
De acuerdo con esa ley, el canal deberá estar operando parcialmente en 2019, convirtiéndose en el corredor interoceánico más largo, profundo y ancho del planeta, con una inversión estimada de 30.000 millones de dólares.
Como presidente de la Autoridad del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua fue designado Manuel Coronel Kautz, quien fue vicecanciller de Nicaragua hasta el 18 de julio de 2012, cargo a través del cual tuvo estrecho y permanente contacto con el equipo que representó jurídicamente los intereses de Nicaragua ante la CIJ, una designación que, a todas luces, demuestra los nexos diplomáticos, estratégicos y económicos de Nicaragua con respecto al canal interoceánico y su relación con el fallo.
Mientras en Nicaragua se iniciaban los estudios técnicos para la construcción del canal, y cuando ya Colombia no podía adelantar actuación procesal alguna, el 15 de agosto de 2012, en declaraciones al oficialista canal 4 de la televisión de Managua, Carlos Argüello Gómez, en su calidad de agente de ese país ante la CIJ en La Haya, acusó a los gobiernos de Costa Rica y Colombia de querer “adueñarse” de cualquier posibilidad de un canal interoceánico nicaragüense de gran calado. 
Sus palabras textuales fueron: “Las pretensiones de Colombia y Costa Rica tienen un mismo origen y es el deseo de adueñarse de cualquier posibilidad de un canal por Nicaragua, eso fue el origen de todo esto... La pretensión de Colombia es cercenar a Nicaragua miles de kilómetros cuadrados de la plataforma marítima en el Caribe”.
Con esta declaración, que es una confesión, el mismo Argüello involucró el tema del canal interoceánico como parte del litigio con Colombia. Estando acordado el canal entre Nicaragua y China contando con aguas en discusión, el agente nicaraguense, como mínimo debió poner en conocimiento de los jueces de la Corte este hecho. 
Valdría la pena que los encargados del tema en Colombia revisen este asunto (no el único) frente al artículo 61 del estatuto de la Corte que establece: “Solo podrá pedirse la revisión de un fallo cuando la solicitud se funde en el descubrimiento de un hecho de tal naturaleza que pueda ser factor decisivo y que, al pronunciarse el fallo, fuera desconocido de la Corte y de la parte que pida la revisión, siempre que su desconocimiento no se deba a negligencia”.

¿No tendría que explicar el agente de Nicaragua, Carlos Argüello, por qué razón solo habló de las “supuestas pretensiones de Colombia” para atacar la construcción del canal interoceánico, cuando ya el gobierno colombiano no tenía oportunidad procesal para incluir como parte de sus alegatos este “nuevo hecho” en materia legal, puesto en consideración por el mismo agente nicaragüense? Hecho que saliéndose de la jerga legal, no tiene nada de nuevo, pues fue planeado por años incluyendo nuestro mar, como parte esencial de una estrategia geopolítica. 

Ambicioso proyecto
Este es el proyecto que el gobierno de Nicaragua presentó al Congreso en 2012. 

Aparece el factor chino
Dos meses antes del fallo, el 11 de septiembre de 2012, el presidente de la Autoridad del Gran Canal Interoceánico, Manuel Coronel Kautz y el señor Wang Jing, presidente del gigante de telecomunicaciones Xinwei Telecom y a la vez presidente de la recién creada HK Nicaragua Canal Development Investment Company, firmaron en Managua un memorando de entendimiento que establece que la empresa creada en Hong Kong será la responsable de administrar y financiar la construcción del canal interoceánico. 
De esta forma, China consolidó su presencia como parte interesada y se convirtió, después de largas y hábiles negociaciones, en dueña del 49 por ciento de un canal interoceánico que estará ubicado en el peyorativamente llamado patio de atrás de Estados Unidos, a través del cual no solo podrán transitar barcos privados de comercio y turismo, sino navíos de bandera china de cualquier calado, ¡un verdadero triunfo geoestratégico!
Al respecto, llama la atención que apenas en agosto 20 de 2012, unas semanas antes del anuncio sobre la compañía que construiría el canal, el señor Wang había creado como único fundador y director, la compañía HK Nicaragua Canal Development Investment Company, habiéndola inscrito él mismo en el registro de empresas de Hong Kong. ¿Se tratará entonces de una “empresa de papel”, constituida para controlar miles de millones de dólares al antojo de su fundador? 
En ningún país del mundo, menos en China, podría pensarse siquiera en la construcción de una obra de semejante tamaño e importancia geoestratégica, sin que intervenga el Estado mismo.
Una vez que Nicaragua logró consolidar la alianza con China, poderoso socio que necesitaba para construir el canal interoceánico, y corriendo contra reloj, el 19 de noviembre de 2012 la Corte Internacional de Justicia tomó su decisión en contra de Colombia, la que afectaría más de 75.000 kilómetros de nuestro territorio marítimo. 
En la decisión unánime de los 15 jueces que conforman la Corte estaba la jueza de nacionalidad china, Xue Hanqin, cuyo impedimento para hacer parte de dicha decisión debe ser urgentemente valorado, teniendo en cuenta que los intereses de China requerían de un nuevo mar nicaragüense para poder construir el canal interoceánico, objetivo que solo podrían conseguir, si el fallo era favorable a Nicaragua. Con la nueva zona marítima propuesta por el fallo, la alianza nica-china podría garantizar un mejor acceso al Caribe por la parte sur de San Andrés sin necesidad de atravesar el mar colombiano.
En lo que tiene que ver con el impedimento que pudo haber tenido la jueza Xue, el mismo estatuto de la Corte, en el artículo 24, establece que si por alguna razón especial uno de los miembros de la Corte considerare que no debe participar en la decisión de determinado asunto, lo hará saber al presidente y que, si este considerara que uno de los miembros de la Corte no debe conocer de determinado asunto por alguna razón especial, así se lo hará saber. 
Llama poderosamente la atención que la señora Xue, antes de ser jueza de la Corte Internacional de Justicia, fue embajadora de China ante el gobierno de Holanda entre 2003 y 2008, lo que significa que fue colega del embajador Argüello por cinco años. Resulta apenas normal pensar que en cumplimiento de su deber hubiese tenido conocimiento directo sobre las pretensiones de Nicaragua y China, con respecto a los planes para la construcción de un canal interoceánico. 
¿Casualidad entonces que después sea nombrada jueza y sea parte del fallo? 
Colombia tiene el derecho y el deber de preguntar tanto a la jueza china Xue Hanqin, como al presidente de la Corte Internacional de Justicia, si conocían o no de la participación de China y de sus empresas en la construcción de un canal interoceánico. 
No es posible aceptar que un hecho de semejante relevancia pudiera ser desconocido para la que fuera la embajadora de China y colega de Argüello por tantos años, y por fin, uno de los jueces que participó del fallo. Para nosotros, estamos frente a un claro impedimiento de la jueza para participar en la decisión. 
Es además importante recordar que los cinco países que son miembros permanentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y los únicos con derecho a veto en dicho Consejo, entre los cuales está China, curiosamente y en la práctica, siempre están representados entre los 15 jueces de la Corte.  
Lo que viene
Nicaragua continuará adelante en la estrategia para que le sea reconocida una nueva plataforma continental. Ya lo anunció Carlos Argüello en La Haya, quien afirmó que su país podría interponer una nueva demanda ante la CIJ. Para llegar a esta instancia, Nicaragua tendría que agotar, primero, el paso por la Comisión de Delimitación de la Plataforma Continental de las Naciones Unidas, institución ante la cual ese país ya envió información preliminar, orientada a demostrar que su plataforma continental y por tanto su “pretendida zona económica exclusiva”, puede ir más allá de las 200 millas. 
Aunque Colombia no hace parte de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y se acaba de retirar del Pacto de Bogotá, Nicaragua presentará allí su propia versión de delimitación. Resulta urgente y entendemos que se está haciendo, que Colombia bloquee ante la ONU inmediatamente esa pretensión.
Basta comparar el mapa de la zona económica exclusiva de Nicaragua antes y después del fallo,  para observar que los nuevos límites propuestos por la CIJ, al norte implican  ganar para Nicaragua una gran porción de mar, mientras que los límites de Colombia tanto con Costa Rica como con Panamá, al sur de San Andrés y Providencia, pretenden con el fallo ser modificados arbitrariamente y sin competencia alguna de la Corte para el caso en cuestión, sin respetar los tratados vigentes con dichos países. 
Si apreciamos con detenimiento el nuevo mapa, Nicaragua tendría ahora frontera mucho más amplia con Costa Rica y una “nueva” frontera marítima con Panamá, cosa que no sucedía antes del fallo y que no fue parte del litigio. La Corte afectó fronteras con terceros países, lo que está expresamente prohibido, e irrespetó los tratados de límites marítimos que Colombia tiene con Costa Rica y con Panamá. Este argumento también debe ser tenido en cuenta para solicitar la interpretación o la revisión del fallo. 
En conclusión, mucho más allá de la pérdida de más de 75.000 kilómetros de territorio marítimo, lo cual es inaceptable y doloroso desde todo punto de vista, lo que se puede apreciar en este caso es el eficiente manejo que le ha dado el gobierno nicaragüense al asunto desde mucho tiempo atrás –a través de su hombre en La Haya, Carlos Argüello Gómez–, y la alianza con un socio estratégico que le permitirá a Nicaragua contar con el más moderno canal interoceánico del mundo. 
Este hecho le abriría a la segunda potencia mundial, la República Popular China, la posibilidad de expandir su poder real en nuestro hemisferio, tanto en el terreno económico como en el político y militar.
¿Estaremos frente a un hecho nuevo contemplado en el artículo 61 del estatuto de la Corte? ¿Se tratará de un hecho cumplido, de un triunfo del eje China-Nicaragua? ¿O simplemente es un cuento chino? Lo único cierto es que el ‘por ahora’ merece toda nuestra atención. No es poco lo que la patria se está jugando y es mucho y urgente lo que nos queda por hacer.
Mayor acceso al nuevo canal
Una de las consecuencias del fallo a favor de Nicaragua es que los barcos no tendrían que fondear en lo que históricamente han sido aguas colombianas en el Caribe antes de acceder al futuro canal. 

*Excanciller de la República.
** Ex viceministro de Justicia y del Derecho.