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CONMOCION INTERIOR

El mensaje de la Corte

Contrario a lo que piensa la mayoría de los colombianos, la Corte tumbó las normas que regulan las zonas de rehabilitación porque estaban mal escritas y no porque violaran la Constitución.

1 de diciembre de 2002

No acababa la Corte Constitucional de emitir su fallo sobre el decreto 2002, que define las zonas de rehabilitación y les otorga facultades de policía judicial a los militares, cuando surgieron aplausos entusiastas de un lado e indignación del otro. Los primeros dijeron que afortunadamente aún primaba en Colombia una entidad sensata que protegía a los ciudadanos de los abusos del Estado. Los segundos, por el contrario, concluyeron que con esa Constitución, entonces, sería imposible ganar la guerra.

Sin embargo, si se estudia la decisión más a fondo, lo que se percibe es que en realidad la Corte Constitucional declaró inexequibles varios de los artículos de esa norma no tanto porque violaran la Constitución sino porque el gobierno los redactó mal. Lo cual abre una compuerta para que emita otro decreto que corrija las falencias. "En realidad ese fallo es un manual de instrucciones a Uribe para que esta vez sí lo haga bien", dice un experto en derecho constitucional.

La Corte, con una votación de siete a dos sobre los artículos que declaró inconstitucionales y de ocho a uno cuando los declaró exequibles, reiteró su jurisprudencia sobre la prohibición constitucional de que las Fuerzas Militares ejerzan funciones de Policía Judicial. Por cuarta vez desde que existe esta entidad dijo que los militares no pueden hacer levantamiento de cadáveres, recoger pruebas o practicar allanamientos. Sin embargo, por primera vez en la historia, abrió la posibilidad de que en algunas ocasiones lo puedan hacer.

Por ejemplo, reconoció que los militares pueden capturar en aquellos casos en que la orden judicial haya sido anunciada públicamente. Esto permite, entonces, que un soldado capture a 'Manuel Marulanda', a Carlos Castaño o a cualquier miembro de la cúpula de las Farc, del ELN o de las AUC sin que necesite tener en la mano la autorización judicial escrita, pues cualquier colombiano sabe que sobre estas personas recae una orden de captura.

Así mismo dijo -esto también es muy novedoso- que es constitucional en un estado de excepción que la Policía Judicial realice interceptaciones y allanamientos preventivos mientras exista una orden judicial. Es decir, que para escuchar una conversación o registrar una casa basta con tener la mera sospecha de que así se puede evitar la comisión de un delito. Esto abre un espacio importante para las labores de inteligencia.

Pero la Corte fue aún más lejos. Aceptó que los militares pueden capturar en forma preventiva a los conductores y ayudantes de un medio de transporte -fluvial, terrestre, marítimo o aéreo- cuando exista un indicio para suponer que "con la carga que transportan se pretende auxiliar a alguna organización delictiva o a sus miembros". Por ejemplo, podría detener a un camionero que está transportando cilindros de gas hacia un pueblo donde puede haber una toma guerrillera.

"Esto prueba que si el decreto hubiera estado bien hecho las capturas sin orden judicial y los allanamientos se hubieran salvado", afirma un jurista experto en el tema que prefirió opinar en el anonimato.

Al parecer el gobierno consideró que si copiaba textualmente las facultades de la ley que regula la conmoción interior iba a la fija con la Corte. Pero ésta no mordió el anzuelo. Por el contrario, dijo que una cosa es que la ley permita ciertas conductas en términos generales y otra muy distinta es cómo éstas se van a concretar. Sólo en los casos en que el gobierno explicó cómo iba a utilizar un poder excepcional específico la Corte le dio luz verde.

Por ejemplo, los magistrados admitieron que los militares pueden realizar allanamientos sin orden judicial a lugares diferentes al domicilio de una persona -a un club, un bar o inclusive a una universidad- cuando se presuma que se encuentra allí el sospechoso de haber cometido un delito. Como en este caso el decreto del gobierno especificó en detalle la situación, la norma pasó.

La Corte tumbó otros artículos del 2002 por errores evidentes de diseño. Aunque no cuestionó la posibilidad de que los fiscales ejerzan sus funciones de policía judicial al lado de la Fuerza Pública, sí rechazó enfáticamente que el decreto del gobierno obligara a estos funcionarios a "acompañar de manera permanente" a los militares como si fueran "fiscales geishas" y no autoridades que estarán presentes para evitar eventuales abusos.

Lo mismo sucedió con las zonas de rehabilitación. La Corte rescató el valor de estas zonas como una estrategia del Estado para recuperar el control del territorio pero señaló que para su delimitación se requería la firma de todos los ministros.

Para subsanar este último error el gobierno ya está preparando nuevos decretos de conmoción para volver a crear las zonas. Y seguramente emitirá otros decretos, siguiendo los lineamientos de la sentencia, para hacerlo bien esta vez ya que está convencido de la necesidad de que los militares tengan funciones de policía judicial.

En todo caso, anticipando esta decisión de la Corte Constitucional, el senador uribista Rafael Pardo incluyó en el proyecto de reforma a la Fiscalía, que se discutirá esta semana en el Senado en último debate, una norma que le otorgaría de manera permanente a la Fuerza Pública la facultad de realizar allanamientos, levantar cadáveres o recoger pruebas sin orden judicial (ver artículo sobre el tema en esta edición).

Lo rescatable de todo este episodio es quizá lo que más pasó inadvertido para la opinión pública. Primero, que la Corte sí hizo prevalecer los derechos individuales en aquellos casos en los que podría existir un riesgo evidente de arbitrariedad de la Fuerza Pública. Pero al mismo tiempo su fallo está sintonizado con la necesidad que sienten hoy la mayoría de los colombianos de dotar al Estado de mayores poderes para proteger a la población y luchar contra los grupos armados ilegales. De ahí que sea de esperar que el gobierno enmiende sus errores ya que la Corte le dio las pistas.