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Exmagistrados José Gregorio Hernández y Gustavo Gómez | Foto: Archivo particular

PROCESO DE PAZ

“Indulto no puede ser de cualquier manera”, dicen expertos

Para los exmagistrados José Gregorio Hernández y Gustavo Gómez la decisión del presidente debe estar precedida por una ley. Ambos coinciden en que, antes, las víctimas deben ser reparadas.

22 de noviembre de 2015

El Gobierno anunció este domingo que indultará a 30 guerrilleros de las FARC que en la actualidad cumplen penas por rebelión. La decisión tomó por sorpresa a propios y extraños, incluso a expertos en el ámbito judicial. Semana.com consultó a dos exmagistrados que advierten que un paso tan trascendental tampoco se puede dar de cualquier manera.

Para el exmagistrado del Consejo de Estado Gustavo Gómez se trata de una decisión demasiado apresurada. Para él, semejante fórmula no se puede ofrecer unilateralmente ni de manera inconsulta.
En su criterio, por muchos incentivos que necesite la guerrilla para continuar avanzando en las negociaciones, tampoco se pueden ofrecer de esa manera, sin exigir contraprestación alguna.

Según Gómez, lo ideal es que el perdón judicial sólo se ofrezca ante la certeza de que los guerrilleros de las FARC van a abandonar las hostilidades. Hacerlo sin haber llegado a un acuerdo definitivo o sin pedir nada a cambio es, para él, un ejercicio demasiado riesgoso.

“Sacar del sombrero del mago ese tipo de soluciones es complicado”, dijo el jurista, quien además criticó el hecho de que el anuncio no hubiera sido puesto a consideración previa de la ciudadanía. A su juicio, antes de concederles el beneficio a los subversivos, el Gobierno ha debido por los menos socializar la propuesta.

El exmagistrado de la Corte Constitucional José Gregorio Hernández fue menos crítico, pero también hizo sus observaciones. Dijo que si bien el indulto está dentro de las potestades del presidente, esa libertad de actuación no puede tener lugar si antes el Congreso no la aprueba.

“Se requiere una Ley del Congreso que, con mayoría de los dos tercios de los votos de los miembros de una y otra cámara, los haya otorgado”, dijo Hernández, tras subrayar que ese perdón judicial no se puede dar de cualquier manera.

Advirtió además que en estos casos el beneficio sólo puede proceder por la comisión de delitos políticos. Así, sólo quienes hayan sido condenados por rebelión, asonada o sedición podrían disfrutar de este incentivo. A quienes hayan sido responsables de crímenes de guerra o lesa humanidad cometidos sistemáticamente y a los que hayan cometido narcotráfico no se les podrían hacer extensivos estos beneficios.

Tanto Gustavo Gómez como José Gregorio Hernández insisten en la necesidad de reparar a las víctimas. A juicio de los dos exmagistrados, el presidente debe cerciorarse de que quienes van a ser objeto del indulto hayan reparado a sus víctimas. Para los dos, ese es uno de los inamovibles.

Para el expresidente de la Corte Suprema, Augusto Ibáñez, es un mecanismo amparado por la ley, que podría ser bien aprovechado para obtener ventajas a las negociaciones de paz. Sin embargo,  anotó que el beneficio, consagrado en la Ley 418 de 1997 (art. 50), solo está previsto para los condenados y no para los investigados."Son beneficios q no tienen relación sino con delitos políticos y especialmente revocables", aclaró.

Además, dijo que podría aplicarse el precedente que se produjo en las negociaciones de paz que adelantó Andrés Pastrana en su Presidencia. En ese entonces se permitió la salida de las cárceles de algunos guerrilleros enfermos. Para Ibáñez, sería perfectamente aplicable, en cumplimiento del Protocolo II de los acuerdos de Ginebra (Suiza).

Después del anuncio, quedan varias preguntas. La primera es si los 30 indultados recuperarán su libertad antes de producirse un acuerdo definitivo. Tampoco se sabe si es una medida encaminada a impulsar a las FARC a firmar el acuerdo final. Las preguntas, con sus respuestas, sin duda, desatarán una nueva polémica.