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| Foto: Archivo SEMANA

ANTICORRUPCIÓN

Financiadores de campañas no podrán ser contratistas

Así quedó aprobado por la Cámara de Representantes en el último debate del estatuto anticorrupción. Para convertirse en ley solo le falta la conciliación con el Senado y la sanción presidencial.

4 de mayo de 2011

Ocho meses después de haber presentado el proyecto de ley del estatuto anticorrupción, el Gobierno consiguió que la Cámara de Representantes, en último debate, aprobara el conjunto de instrumentos que busca elevar las penas y quitarle beneficios a los servidores públicos que incurran en delitos contra la administración del Estado.
 
El llamado estatuto anticorrupción solo le falta la conciliación entre el Senado y la Cámara, y la posterior sanción del presidente Juan Manuel Santos, para entrar en vigencia. Todo apunta a que en el mes de julio será una nueva ley de la República.
 
Uno de los temas más controvertidos fue la financiación de campañas por parte de particulares. Según lo aprobado por la Cámara de Representantes, aquellos que financien campañas no podrán contratar con las entidades territoriales si el candidato apoyado termina siendo elegido en las urnas.Es decir, los particulares podrán financiar aspiraciones políticas pero no serán contratistas de aquellos alcaldes o gobernadores a los que auspiciaron económicamente.
 
Esa decisión amplió las restricciones en esta materia, pues según la ponencia aprobada en tercer debate los contratistas podían financiar campañas y participar en licitaciones públicas.
 
“De esta manera se termina la cooptación de las entidades públicas por parte de los contratistas”, dijo el ministro del Interior Germán Vargas Lleras, quien además consideró que en el último debate el proyecto fue “enriquecido” y dotado de mayores herramientas para combatir la corrupción. El alto funcionario, al término de la plenaria de la Cámara de Representantes, explicó también algunos de los avances de la futura normatividad.
 
El estatuto anticorrupción, según dijo, eliminó los beneficios de casa por cárcel y rebaja de penas a los delitos contra la administración pública y el detrimento de los recursos del Estado. También dotó a los organismos de control e investigación, Fiscalía, Procuraduría y Contraloría, de “mayores facultades” para luchar contra la corrupción.
 
Por ejemplo, la facultad del Ministerio Público para revisar fallos disciplinarios absolutorios si encuentra nuevas evidencias de si alguien incurre en actos de corrupción.
 
El tema fue muy controvertido en la Cámara de Representantes porque podría generar inseguridad jurídica y dejar expuestos, de por vida, a los funcionarios públicos. Sin embargo, tal como fue aprobado, se estableció un término de tres meses para que el Procurador haga revisión de esos fallos absolutorios o de archivo.
 
El estatuto cuenta con un capítulo completo para controlar la corrupción de funcionarios y particulares en el sector de la salud. Así mismo establece controles a los contratos de obras públicas, al regular los anticipos y adiciones y establecer parámetros de transparencia en las licitaciones públicas.
 
Otro de los avances que destacó Vargas Lleras es que el Presidente de la República tendrá la responsabilidad indelegable de coordinar la política anticorrupción en el país como política de Estado.
 
Inhabilidades a funcionarios
 
El estatuto anticorrupción también amplió las inhabilidades para los funcionarios públicos. Estos no podrán trabajar en los sectores de la economía para los cuales tomaron decisiones. Según explicó el Ministro del Interior, esta inhabilidad será de dos años.
 
Para detectar delitos de corrupción, el estatuto estableció que la Fiscalía, con orden previa del Fiscal General, podrá destinar agentes encubiertos para investigar y descubrir defraudaciones contra el Estado.
 
En todo caso, los agentes, en su función, no serían castigados penalmente si se establece con claridad que era para desenmascarar organizaciones de corrupción y no cometen, en esa práctica, ninguna defraudación al Estado.
 
“Con esto, se permitirá infiltrar a las redes de la corrupción”, explicó el representante Germán Varón, coordinador de ponentes del proyecto.
 
Así mismo afirmó que si este estatuto estuviera vigente habría delitos que no tendrían casa por cárcel ni rebajas de penas; muchas de las investigaciones penales disciplinarias y fiscales tendrían mayores términos para que no prescribieran, y los delitos contra los recursos de la salud tendrían mayores agravantes.
 
Lobby, la asignatura pendiente
 
La plenaria de la Cámara decidió eliminar los tres artículos que reglamentaban el lobby o cabildeo, es decir la participación de particulares en la construcción de leyes de la República.
 
En los dos primeros debates el Senado había aprobado la publicidad y regulación de quienes estaban interesados en aportar argumentos en la discusión de proyectos de ley, pero la Cámara de Representantes decidió eliminar esta posibilidad.
 
En consecuencia este será el principal tema de conciliación que se deberá pactar en las próximas dos semanas.