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El accidente causado por un conductor borracho que dejó dos mujeres muertas en el centro de Bogotá despertó la indignación en el país. | Foto: SEMANA.

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“Los conductores son más peligrosos que las FARC”

En 2013 unas 3.933 personas fallecieron en accidentes de tránsito, mientras que por el conflicto armado murieron 543.

15 de octubre de 2013

Al paso que vamos llegará el momento en el que el gobierno de turno deberá proponer una mesa de negociación en La Habana para ponerle fin al río de sangre que dejan los conductores colombianos. En efecto, en este momento quienes conducen imprudentemente son más peligrosos para la integridad de los ciudadanos que las mismas FARC.

En carta a SEMANA, Francisco José Lloreda Mera, alto consejero presidencial para la Seguridad y Convivencia, hace la categórica afirmación. El funcionario toma las frías cifras para hacer el análisis: “La accidentalidad vial causa más lesiones y muertes que el conflicto armado interno, razón por la cual no se debe soslayar. Durante el 2013 se han presentado 21.808 accidentes de tránsito, en los que han perdido la vida 3.933 personas y han resultado lesionadas 28.458. En comparación con el conflicto armado interno, en lo corrido del año se han registrado 543 personas muertas y 677 lesionadas”.

Lloreda advierte que la accidentalidad vial no es sólo cuestión de embriaguez. Igual y más importante son el exceso de velocidad e irrespetar los semáforos y señales de “pare”, entre otros. El 6,9 % de los accidentes obedece a la conducción en estado de embriaguez, el 10,9%, a desobediencia a señales de tránsito, y el 10,7%, a exceso de velocidad, entre otros. Por eso, el Gobierno propone crear una conducta que incorpore varios factores de riesgo y no sólo el alcohol, y sugiere llamarlo “Conducción Temeraria”, en lo administrativo y en lo penal.

El alto consejero anota que para efectos de las sanciones administrativas, propone multas mayores y que se incrementen en razón del daño; igual con la inmovilización del vehículo y tiempos de suspensión de la licencia. En materia penal, que la Conducción Temeraria sea un agravante de las lesiones causadas a terceros, y en el homicidio, equipararlo al homicidio simple ya existente, el cual da penas de 17 a 37 años de prisión; y como está establecido el Artículo 68 A del Código Penal, en casos de reincidencia, se eliminan los subrogados penales.

“Lo anterior no es populismo, como comentan algunas personas, ni adolece de creatividad, como se sugiere. Corresponde a la sociedad decidir qué tanto censura la conducción temeraria y las lesiones y muertes  que causa. Y en el marco de ese debate definir las medidas pertinentes”, dice.