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Quedan muchas dudas respecto a la forma cómo se reglamentaría en Colombia el uso de la marihuana terapéutica. | Foto: Archivo SEMANA

LEGALIZACIÓN

Gobierno tendría un año para regular el uso medicinal de la marihuana

De aprobarse, se deberán reglamentar cultivos, cosechas, venta y distribución.

11 de noviembre de 2014

Como un paso histórico fue calificada la decisión de la Comisión Primera del Senado que este martes, en primer debate, aprobó la legalización del uso de marihuana únicamente con fines terapéuticos, medicinales o de investigación científica. Los detractores del proyecto lo calificaron como el primer paso a la legalización de las drogas, mientras que sus defensores lo consideraron un paso necesario.

Lo que es sorprendente para muchos es que la “legalización” de la marihuana está permitida por la Constitución de 1991, incluso, desde 1986; con el estatuto de estupefacientes (Ley 30 de 1986) estaba proscrita la acción penal contra el porte de cannabis con fines medicinales.

Para la muestra, el artículo 49 de la Constitución establece que “el porte y el consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas está prohibido, salvo prescripción médica”. Sin embargo, desde 1991, cuando se promulgó la Constitución, ni el Congreso ni el Gobierno han sido capaces de reglamentar el uso terapéutico y medicinal de este tipo de sustancias. Y eso es a lo que apunta el proyecto del senador Juan Manuel Galán, a regular el suministro y el consumo con estos fines específicos. “La Constitución aprobó el consumo, pero no su distribución y su comercialización”, explica el senador.  

Sin embargo, el proyecto que se aprobó en primer debate (y al que le faltan otros tres), sólo establece que el Gobierno tendrá la facultad para el cultivo, la cosecha y la elaboración de productos terapéuticos y medicinales a base de marihuana. Y además debe promover y estimular la investigación y la aprobación de proyectos científicos relacionadas con la misma.

Pero, más allá de lo establecido por el proyecto, quedan muchas dudas respecto a la forma cómo se reglamentará en Colombia el uso de la marihuana terapéutica.   

¿Cómo se van a autorizar y a certificar los cultivos?, ¿quiénes podrán cultivar?, ¿qué variedades se van a cultivar con fines medicinales y terapéuticos?, ¿en qué lugar los pacientes van a poder comprarla?, ¿qué necesitarán para comprarla?, ¿qué protocolos y guías clínicas van a seguir los médicos para prescribir cannabis medicinal y terapéutico?, ¿cómo se evitará el tráfico ilegal de marihuana para uso recreativo?

De momento, las preguntas no tienen respuestas. El proyecto del senador Galán sólo establece que el Gobierno tendrá un año, a partir del momento en que se apruebe esta ley, para reglamentar el uso. El ministro Alejandro Gaviria dijo que ese plazo era muy corto. Sin embargo, en ese tiempo el Gobierno tendrá que resolver estos y otros interrogantes.

Las entidades encargadas para hacerlo serán el Ministerio de Salud y el Invima, que en futuro será la entidad que certifique la calidad de la marihuana. Además, una comisión permanente del Congreso será creada para acompañar al Gobierno en ese proceso y vigilar que se cumpla lo establecido en la ley.

“Se van a beneficiar miles de pacientes que hoy sufren de dolores múltiples por enfermedades como diabetes, esclerosis múltiple, VIH Sida, cáncer, artrosis, epilepsia. Esta sustancia, que tiene un componente psicoactivo pero también otro medicinal, va mejorarles la calidad de vida sustancialmente”, concluye Galán.