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| Foto: Tomada de Proyectoelquimboemgesa.com.co

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Atrapados por las decisiones judiciales

En muchas decisiones, los jueces le han dado la razón a las comunidades, desconociendo, incluso, lo verificado y certificado por el Ministerio del Interior.

11 de junio de 2016

Promigás, que ha tenido que parar el último tramo de la construcción del gasoducto Loop San Mateo-Mamonal en la costa Atlántica. El Tribunal Administrativo de Bolívar había admitido una tutela por desconocer a las comunidades afrodescendientes en dicho proyecto. Promigás impugnó la decisión ante el Consejo de Estado, que la revocó, pero la Corte Constitucional al revisar la tutela le acaba de dar la razón al demandante.

Este asunto tiene asombrados a los inversionistas del gasoducto y al propio Ministerio del Interior, pues aseguran que esa comunidad no existía cuando se verificó la zona en varias visitas. Las consecuencias económicas de este fallo son muy grandes, pues el gasoducto se retrasará mientras se hace la consulta. La obra, que ha sufrido toda suerte de tropiezos, debe terminar este año. La afectación se traslada a otras empresas como Gecelca que tiene obligaciones de generar que ahora no podrá cumplir. Se estima que de entrada podría incurrir en perjuicios por unos 70.000 millones de pesos. Pero también se podrían afectar otras térmicas.

Otra situación similar le ha tocado afrontar a la concesión Autopistas de la Sabana con la doble calzada Córdoba-Sucre. En el momento en que la obra iba en un 90 por ciento, apareció una comunidad que no existía hace seis años cuando comenzaron los trabajos. Fuentes del proyecto señalaron que dicha comunidad, de no más de cinco casas, presentó una tutela ante el Tribunal de Sucre que les concedió la razón. Por eso la concesión ha tenido que suspender la obra mientras cumple esta etapa, pero además sigue teniendo problemas, pues cada vez que salen las máquinas, los pobladores cogen a piedras a los operarios para impedir que trabajen.

La semana pasada la Corte Constitucional dejó en firme un fallo que determinó que Ecopetrol y Petrominerales no podrán seguir adelantando labores de explotación mientras no realicen la consulta previa con indígenas Awá, en Orito, Putumayo. Ecopetrol y su socio alegan, sin embargo, que las actividades desarrolladas en los mencionados pozos no tienen un impacto sobre la comunidad demandante.

Un caso grave ocurrió con el campo Quifa, donde la Corte Constitucional al revisar la acción de tutela interpuesta por los representantes de la comunidad de la etnia sikuani, ordenó suspender las  actividades relacionadas con este campo, operado en la actualidad por la empresa Metapetroleum (filial de Pacific). Allí Ecopetrol tiene una participación del 40 por ciento.

Esta medida obliga a dejar de producir 16.000 barriles de crudo diarios, que significa en regalías pérdidas para la Nación por 621 millones de pesos al mes. Eso pone en riesgo la estabilidad laboral de los 790 trabajadores que operan el campo y genera impactos en la contratación de los servicios locales y en el desarrollo económico de la región, que se apalanca, en buena medida, en los recursos provenientes de las operaciones del mismo.

En otro caso, la corte tomó la medida provisional de suspender la actividad del campo Ocelote, operado por Hocol, para proteger los derechos de las comunidades indígenas presentes en la zona y hasta tanto se realizara una inspección judicial al territorio. El alto tribunal levantó la medida cautelar luego de que representantes de la comunidad y la Defensoría del Pueblo señalaron que la suspensión de actividades afectaba gravemente su derecho fundamental al trabajo y al mínimo vital.

No menos grave fue el fallo de la Corte Constitucional que durante ocho meses prohibió que Ferrocarriles del Norte de Colombia (Fenoco) operara en horas nocturnas, por los ruidos al paso del tren. El impacto de esta sentencia fue evidente. Menor producción de carbón en el departamento del Cesar y menor recaudo de regalías y compensaciones. Se estima que esta medida significó cerca de 150 millones de dólares.