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| Foto: Fotomontaje SEMANA

POLÍTICA

Cambio Radical le hace el quite a Kiko Gómez

La ley de partidos políticos, promovida por Germán Vargas Lleras para sancionar a los que avalen candidatos condenados por la Justicia, fue insuficiente para sancionar a su propio partido por el caso del gobernador de La Guajira. 

17 de enero de 2017

El 14 de julio del 2011 el presidente Juan Manuel Santos y su entonces ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, acompañados por congresistas de los partidos políticos de la llamada Unidad Nacional, sancionaron la ley de partidos políticos en uno de los salones de la Casa de Nariño. Era una de tantas leyes con las que el mandatario y su ministro estrella se habían ‘lucido’ en sus primeros meses de gobierno, que si por algo se caracterizó fue por sus ambiciosos objetivos reformistas.

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La ley de partidos, que desde ese día entró en vigencia con la nomenclatura 1475 del 2011, fue definida por el jefe de Estado como la “fórmula” para un ejercicio más transparente y ordenado de la política y para fortalecer a los movimientos políticos que, en el papel, son quienes representan a los ciudadanos. “Esta ley va en esa dirección, hacer de la política un ejercicio transparente, que los partidos sean unos partidos más fuertes y que se pueda ordenar el ejercicio de la política, que es absolutamente indispensable en cualquier democracia”, dijo Santos tras estampar su firma en el documento de la ley.

La norma, de 55 artículos, establece nuevas reglas para la conformación y la organización interna de los partidos, redefine los topes de financiación, reduce el período de las campañas políticas y crea las consultas interpartidistas y las listas de coalición. Pero la gran novedad la constituía todo un capítulo de faltas y sanciones a los directivos de los partidos políticos, que hasta la fecha habían pasado de agache ante los escándalos que en los últimos años habían sacudido a la clase política nacional.

La palabra responsabilidad política estaba ajena a los movimientos y partidos y por eso con esa ley Vargas Lleras prometía cambiar el escenario. El país apenas se sacudía del escándalo de la parapolítica, que llevó a la cárcel a casi el 30 % de los integrantes del Congreso, y la nueva norma parecía ser la talanquera para evitar que se filtraran personas con vínculos ilegales en la política.

También suponía una espada de Damocles contra los dirigentes que en el futuro avalaran candidatos que resultaran condenados por la justicia. “Se establece todo un régimen sancionatorio a partidos y directivos y avanza en acoger algunas normas que espero garanticen una mayor transparencia en las elecciones”, explicó Vargas Lleras en el 2011.

Casi seis años después, la tan aplaudida ley de partidos políticos, como tantas otras, pareció quedar en letra muerta ante sus primeros desafíos. Y el que parecía ser el primer caso emblemático para esta norma, el del exgobernador de La Guajira Kiko Gómez y el partido Cambio Radical, precisamente del que Vargas Lleras es el jefe natural.

La ley de partidos se estrenó en las elecciones de octubre del 2011, precisamente las mismas en las que Cambio Radical avaló a Kiko Gómez a la Gobernación de La Guajira. Sembró temor entre los directivos de los partidos porque una de las faltas que definió la norma es la de inscribir candidatos inhabilitados o que no contaran con las calidades para el cargo, o que “hayan sido condenados o llegaren a serlo durante el periodo para el cual resultaren elegidos, por delitos cometidos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales, actividades del narcotráfico, contra los mecanismos de participación democrática o de lesa humanidad”. Las sanciones contempladas por la ley iban desde la amonestación y la suspensión, hasta la expulsión del partido.

Kiko Gómez fue elegido gobernador de La Guajira, estuvo en varias reuniones de gobernadores en la Casa de Nariño, pero en su segundo año de gobierno la Fiscalía ordenó su captura y lo vinculó a un proceso por homicidio. Gómez abandonó su cargo, suspendido tras la gravedad de las acusaciones. Cambio Radical, sin embargo, se presentó a las elecciones del 2015 y volvió a ganar. Esa vez su candidata era Oneida Pinto, quien no cumplió un  año en el cargo y fue destituida pues el Consejo de Estado señaló que estaba inhabilitada para ejercerlo.

Este lunes, el Juez Octavo Especializado de Bogotá condenó a Kiko Gómez a 55 años de prisión. En la sentencia se le señala de determinador del homicidio de la exalcaldesa de Barrancas Yandra Brito; su esposo, Henry Ustariz, y su escolta Wilfredo Fonseca Peñaranda. Homicidio agravado, tentativa de homicidio, concierto para delinquir y porte ilegal de armas fueron los delitos que le endilgaron.

Algunas de esas conductas activarían las sanciones de la ley de partidos. Sin embargo, la misma ley es clara al advertir que para que un directivo de un partido político sea sancionado por avalar a un candidato condenado por la Justicia, la condena se debe producir en el período para el cual fue elegido. Como Kiko Gómez fue elegido gobernador para el cuatrienio 2012-2016, la condena se produjo fuera del término. Hoy, ningún directivo de Cambio Radical podrá ser sancionado por ese aval.

Kiko Gómez es el gobernador colombiano al que se le impone la más alta condena, 55 años de prisión por homicidio, por eso hay varios dirigentes políticos que exigen responsabilidad política al partido de Vargas Lleras.

Jorge Robledo, senador y precandidato del Polo Democrático, aprovechó para sacarles factura a Vargas Lleras y su partido. “Si Kiko Gómez fuera del Polo, ¿tampoco se sabría su filiación política? ¿Por qué no es noticia partido de exgobernador condenado a 55 años?”, se preguntó.

Uno de los que tuvieron que estrenar la ley de partidos políticos fue Carlos Fernando Galán, en el 2011 era candidato a la Alcaldía de Bogotá y asumió la dirección de Cambio Radical a dos meses de las elecciones, cuando ya se había otorgado el aval de Kiko Gómez. “Cuando yo llegué a la dirección ya tenía el aval. Yo lo revoqué y le pedí al Consejo Nacional Electoral que le revocara la inscripción, pero no fue atendida mi solicitud y el Consejo electoral lo mantuvo como candidato”, recuerda el hoy senador. “Los que le entregaron el aval deberían pedirle perdón al país por haberlo avalado a pesar de los cuestionamientos que ya tenía”, reclama.

Sin embargo, el caso de Kiko Gómez no es el único que ha puesto en aprietos a Cambio Radical. Álvaro Cruz, elegido gobernador de Cundinamarca también en el 2011, fue destituido y luego condenado por hechos de corrupción relacionados con el carrusel de contratación en Bogotá. A pesar de que la ley de partidos habla de delitos contra la administración pública, por este caso tampoco hubo sanciones para Cambio Radical. 

“Esto demuestra que urgen medidas de responsabilidad política frente a la elección de candidatos. Cambio Radical tiene que hacer pronunciamiento acerca de qué opina de que el candidato que tanto defendió fuera condenado a 55 años de cárcel, que yo sepa no han pedido perdón por haberse equivocado de manera tan grave”, considera Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral.

En su criterio, y en el momento en el que se diseñen las reformas políticas y electorales derivadas de los acuerdos de paz con las FARC, se deberían adoptar normas efectivas. Barrios propone, a manera de sanción, la prohibición al partido de presentar candidatos a la siguiente elección y devolver la plata de la reposición de los votos del candidato condenado.

De momento, la promesa de que nunca un partido político volvería a eludir la responsabilidad por las conductas de sus dirigentes parece quedar en la ley de partidos políticos. La misma que promovió Vargas Lleras, pero que no fue suficiente para sancionar a Cambio Radical por el caso Kiko Gómez.