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La paz en Colombia ha sido esquiva. Pero la Constitución traza el derrotero para conseguirla.

LA PAZ

La Constitución Política de 1991 posibilita construir la paz

Conseguir la paz es un asunto complejo que pasa por el compromiso del Estado y del conjunto de la sociedad en aras de superar las condiciones estructurales de la violencia. La Carta Política, sin embargo, traza el derrotero.

Álvaro Villarraga*
1 de julio de 2011

La Constitución Política de 1991 constituye el mayor aporte para la recuperación de la paz por cuanto recuperó la soberanía popular, consagró derechos y garantías fundamentales y fue el fundamento para los pactos de paz conseguidos con las guerrillas. A la vez, creó condiciones políticas e institucionales para superar tanto las condiciones de violencia estructural representadas en la inequidad y la exclusión como las propias del conflicto armado y los factores de violencia. Si bien en esta histórica coyuntura se escapó la posibilidad de solucionar globalmente el conflicto armado interno se reanudaron diálogos de paz con las FARC y el ELN, pero sin lograr llegar a negociaciones y acuerdos mientras sesionaba la Constituyente, de forma que sobrevino con estas guerrillas la intensificación de las hostilidades. Sin embargo, se configuró en la Asamblea Nacional Constituyente y en el país una nueva situación que implicó la inclusión de vertientes políticas, sociales, étnicas, insurgentes y religiosas, de manera que abordaron en esta corporación una actuación política renovadora que hizo posible el diseño total de la nueva Constitución Política, bajo el presupuesto de conseguir la paz y superar las causas y motivos del alzamiento armado.

En tales condiciones el proceso constituyente y la Constitución Política despejaron posibilidades de mediano plazo para adelantar acuerdos de paz con todas las guerrillas, en un contexto que rescató el lugar preponderante de la ciudadanía como poder soberano. La Constituyente de 1991 y la vigencia de la Carta expedida por ella constituyen así el referente principal para superar las expresiones del conflicto armado y construir la paz. En años posteriores al intentar fórmulas de paz con las FARC y el ELN necesariamente se ha considerado tal legado y han surgido propuestas, algunas de común acuerdo entre la parte gubernamental y cada guerrilla, de recurrir a ejercicios de democracia directa incluidas en la Carta para convalidar los posibles resultados de una nueva negociación de paz. Entre ellas convocar un referendo o una nueva constituyente para tratar temas que adicionarían aportes al contenido democrático y participativo de la Constitución de 1991. Sin embargo, como es conocido, infortunadamente fracasaron varias experiencias de diálogo y negociación con estas guerrillas en 1991, entre 1999 y 2002 y con el ELN entre 2005 y 2007. No obstante, un sector de esta guerrilla se marginó en 1991, la Corriente de Renovación Socialista, y en 1994 suscribió un pacto de paz con el gobierno sobre la base de reconocer los avances de la Constitución de 1991.

Entre los postulados que afirman las posibilidades de la paz la CP consagró en el Artículo 2 la participación de todas y todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación; en el Artículo 3 que la soberanía reside exclusivamente en el pueblo; en el Artículo 22 que “la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”; y en el Artículo 95 consagra entre los deberes de la persona y del ciudadano participar en la vida política, cívica y comunitaria y “propender al logro y mantenimiento de la paz”. La Corte Constitucional argumenta que la paz es “un derecho constitucional fundamental” que está estrechamente relacionado con el respeto efectivo de los derechos humanos, que no puede confundirse con la simple ausencia de guerra, ni reducirse a la seguridad nacional y la tranquilidad pública. La paz es concebida actualmente como derecho de la solidaridad, derecho colectivo y derecho síntesis de posibilidades de disfrute integral de los demás derechos en condiciones de dignidad. Es también un derecho de autonomía, participación y posibilidad de acceso a los asuntos públicos. Conlleva el derecho a vivir en una sociedad que excluya la violencia como medio de solucionar los conflictos, que impida la violación a los derechos humanos y que proteja a sus ciudadanos frente a la arbitrariedad, la violencia y el terrorismo.

Pero estas consideraciones no desconocen las limitaciones históricas del proceso constituyente referido a asuntos como la perpetuación del presidencialismo, la ausencia de reforma de la fuerza pública, la no participación del conjunto de las guerrillas y la subsiguiente imposición desde el Gobierno Gaviria del modelo neoliberal que menoscabó las mismas aspiraciones constitucionales de justicia social, propias de un proyecto de paz democrática. Ello explica así mismo las diversas dificultades encontradas en aras de su vigencia y aplicación, pues si bien la Constitución significó un innegable avance hacia la paz, la democracia y la defensa de los derechos humanos, simultáneamente se prolongó el conflicto armado con las guerrillas no acogidas a pactos de paz, sobrevino la expansión de los paramilitares, se agravó la crisis en derechos humanos, progresivamente se ampliaron condiciones de pobreza e inequidad y se han registrado intentos y algunos logros en términos de contrarreforma regresiva de su texto.

En el curso de los años 90 con la divisa de la paz y con apoyo en la experiencia de la convocatoria mediante la movilización ciudadana de la ANC de 1991 y en los enunciados constitucionales sobre soberanía popular y formas de democracia directa, se sucedieron cabildos abiertos, plebiscitos, consultas, votaciones ciudadanas expresando un mandato por la paz, declaratorias de territorios y de comunidades de paz, de zonas humanitarias y varios procesos constituyentes municipales y departamentales, entre otras experiencias. Tales experiencias han recurrido a mecanismos legales o extralegales, pero con iniciativa desde la misma población y con el concurso en ocasiones de determinadas autoridades. El discurso constitucional se popularizó bajo el concepto de ejercitar “formas de soberanía popular”, al punto que en varias experiencias municipales se declararon de forma simbólica -pero también con mecanismos reales de participación e incidencia ciudadana- “constituyentes de paz” y exigencias perentorias de respeto a la población civil por parte de los contendientes del conflicto armado.

La política de paz debe partir del derrotero constitucional

Aún con la ambivalencia de un proceso que quedó entre una guerra inconclusa con respecto a varios de sus actores y una paz parcial, la sociedad y el Estado en Colombia asumieron un cambio determinante en lo relativo al logro de una apertura democrática en el sistema y el régimen político, no obstante limitaciones en su vigencia e implicaciones efectivas, de forma que el Estado se transformó y en buen grado se relegitimó mientras la lucha armada perdió en gran medida justificación y respaldo. Sobrevino así una posición crítica desde la sociedad frente a las partes enfrentadas en la guerra interna, que les reclamó reanudar diálogos y negociaciones pero que a su vez reivindicó la posibilidad de construir procesos de paz desde la movilización ciudadana y los compromisos institucionales y gubernamentales, de manera que se profundicen las medidas tendientes a superar los motivos del conflicto y conseguir la realidad de un régimen sustentado en postulados democráticos.

En la actualidad, una vez que no se pudo terminar el conflicto armado por la vía militar después de una década empeñada en lograrlo, a pesar de la deslegitimación y los golpes militares sufridos por las guerrillas ante el rechazo ciudadano a muchas de sus actuaciones y ante los operativos militares oficiales, reaparece bajo el actual gobierno del presidente Juan Manuel Santos la búsqueda de una respuesta en términos de política de paz. El sólo esfuerzo militar se revela insuficiente e inadecuado y hay conciencia de que intentar una derrota militar definitiva de las guerrillas implicaría aún más altos costos humanos, institucionales, presupuestales, materiales, sociales, políticos y culturales, con las negativas consecuencias de distinto orden y de mediano plazo que ofrece la perspectiva de la guerra y la violencia.

Consolidar la paz es un asunto complejo que requiere del Estado, el gobierno nacional, las autoridades territoriales, las corporaciones públicas y el conjunto de la sociedad una agenda interrelacionada con asuntos sociales, garantías efectivas y recuperación institucional bajo los preceptos constitucionales y formas de gobierno y de gestión pública con transparencia. A pesar del definitivo avance Constitucional no se han superado de manera general los factores de violencia estructural, ni se han conseguido pactos de paz con las guerrillas que persisten en el alzamiento (FARC y ELN), ni se ha superado integralmente el fenómeno paramilitar y persisten dinámicas de ilegalidad y violencia que revisten incidencia institucional y social en distintas regiones.

La aplicación de la Carta implica el programa de modernización democrática que entraña el tratado de paz esbozado por la ANC, pero requiere desarrollo y construcción, como proceso que ha tenido logros sustantivos a pesar de la persistencia de expresiones de guerra civil desde la insurgencia, con niveles históricos de arraigo campesino, y desde sectores asociados con las AUC en torno al fenómeno narco-paramilitar, con connivencia de sectores de la fuerza pública y apoyo o participación de sectores de élites regionales. Y a pesar también del reciente proyecto gubernamental del presidente Uribe de consolidar un régimen autoritario con negativas alteraciones a la Constitución que debilitó instituciones y confrontó ramas del poder público, en especial por los ataques del ejecutivo a la justicia, dada la reacción de esta rama del poder público a tono con el Estado de derecho, desde altas cortes y algunos entes, ante las graves expresiones de criminalidad, trasgresión de los derechos humanos y desbordes de corrupción.

En consecuencia, la política de paz actual debe afirmarse con base en la recuperación de la vigencia del Estado Democrático y Social de Derecho, con relación a las demandas de respeto a los derechos humanos y atención a los derechos de las víctimas, siendo ellas y sus organizaciones protagonistas de primera línea, y considerando la resolución política del conflicto armado con las guerrillas que persisten en las hostilidades. La agenda actual de la paz implica una serie de compromisos y existe consenso en reconocer que no se limita ni su asunto central en la actualidad es el de eventuales acuerdos con las FARC y el ELN, por cuanto ha cambiado ostensiblemente el contexto, la representatividad y el mismo carácter y posibilidad histórica que tuvo en su origen la insurgencia. Además, no es viable ahora pretender “la maduración del conflicto” para resolverlo en términos del escalamiento militar sino que corresponde hacerlo desde las condiciones institucionales, políticas y sociales relacionadas con superar sus causas, adoptando desde la sociedad y el Estado el proyecto constitucional orientado a la equidad social, la inclusión y el respeto a las garantías y derechos fundamentales consagrados.


*Álvaro Villarraga Sarmiento es el presidente de la Fundación Cultura Democrática, participó en mesas y diálogos de paz en el país y es miembro del Consejo Nacional de Paz.