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JUSTICIA

La Corte Suprema también le cerró las puertas a Petro

La alta instancia judicial negó otra tutela de un ciudadano que se oponía a la destitución del exalcalde.

21 de marzo de 2014

Dos días después de que el exalcalde Gustavo Petro dejó el Palacio Liévano, se conoció que la Corte Suprema de Justicia negó otra tutela que presentó un ciudadano ante una Sala Civil en Buga (Valle), para defender el mandato del burgomaestre.


La puso un ciudadano en la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga. En esta, reclamaba la protección de sus prerrogativas a la igualdad, el debido proceso y el ejercicio de derechos políticos. Pero en los argumentos se encontraron varias inconsistencias.

En una de sus reclamaciones, él advertía que había votado por Petro, por lo que sentía que su voto había sido vulnerado y, además, que la decisión se dictó por quien no tenía competencia para adoptarla.

La Corte avaló la decisión del Tribunal Superior de Buga de remitir copias a la Fiscalía para que se investigue la conducta de quien interpuso la acción de tutela a favor de Petro, porque no era cierto que había votado por el alcalde.

“No participó en la elección popular realizada en Bogotá, y, pese a que se le requirió para que aportara el certificado electoral, no lo hizo, sin que su legitimidad se pueda presumir, máxime cuando la Registraduría confirmó que el interesado sufragó en Buga-Valle Zona 02, puesto 01, Colegio San Vicente de Paul, mesa 10", señala el fallo.

En todo caso, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia también negó la acción de tutela del ciudadano por otros motivos.

En primer lugar, porque la Corte considera que Petro tiene la acción de nulidad de restablecimiento del derecho, incluida la petición de suspensión provisional (que se define al admitir la demanda), como mecanismo judicial idóneo para defenderse.

Algo similar sucedió en diciembre del año pasado, en la denominada ‘tutelatón’ liderada por los seguidores de Petro, en la que buscaban interponer miles de tutelas a favor del burgomaestre para frenar su destitución. En ese momento, otra tutela llegó a manos de la Corte Suprema.

En esa oportunidad, la alta corte señaló que las apreciaciones por parte de ciudadanos respecto a la sanción del procurador Alejandro Ordóñez contra el alcalde Gustavo Petro no pueden tener decisión alguna de un alto tribunal, puesto que son “relativas”, es decir, que en este caso y tras la argumentación del demandante, no se violó un derecho fundamental. 

Para muchos, el caso Petro concluyó, pero para los que continúan apoyándolo en el proceso, apenas comienza. Fuentes le aseguraron a Semana.com que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, al final del año, le solicitará a la CIDH que emita un informe de fondo sobre el caso, que podría ser desfavorable a Colombia.