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La historia de una pareja gay que quiere adoptar

Dos colombianas casadas bajo las leyes alemanas son protagonistas de la tutela que estudia la Corte Constitucional sobre la posibilidad de adoptar para las parejas homosexuales.

23 de febrero de 2011

En la Corte Constitucional se les conoce como las “señoras Turandot y Fedora” y son las protagonistas de la tutela que el alto tribunal estudia desde este miércoles para emitir un concepto a favor o en contra del derecho que tienen las parejas del mismo sexo a la adopción.
 
Que el caso de Carolina* y Milena* esté en manos de la Corte es producto de una lucha jurídica que estas mujeres comenzaron hace un año en Antioquia, cuando decidieron que era el momento de que Milena adoptara y reconociera a la hija biológica de Carolina, quien nació por inseminación artificial y por la decisión de estas mujeres que hoy ven incompleto su sueño de ser madres.
 
Se casaron en Alemania en el año 2005. Allá, bajo las leyes germanas y como cualquier matrimonio, cada una tiene los mismos derechos y deberes sobre los hijos que hagan parte de esta unión.

Pero, por “cosas de la vida”, se radicaron en Colombia, donde las condiciones son diferentes: aquí Carolina figura como madre soltera y ante las leyes nacionales es la única que tiene responsabilidades sobre su hija, aún cuando en el año 2008 formalizó ante notaría la unión marital con Milena.
 
“La unión marital permite que mi pareja me cubra con salud (seguridad social), pero no a la niña porque no es de ella”, cuenta Carolina, quien asegura que en todo el proceso para la adopción han sido discriminadas por ser homosexuales.
 
Decidieron solicitar ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) la adopción por consentimiento para que Milena tuviera los mismos derechos sobre la pequeña aunque no sea su hija biológica. Es decir, reconocerla como hija, que pueda heredarle sus bienes, exigir su custodia, incluso, ser demandada por alimentos si en un futuro decide no responder por la menor.

El "NO" del ICBF

Sin embargo, en el ICBF comenzaron los problemas. Por tratarse de una pareja del mismo sexo, entre otras razones, el Instituto negó la solicitud de adopción. Esta decisión, según Germán Rincón Perfetti, abogado de Carolina y Milena, es discriminatoria.
 
“Se les negó por ser lesbianas. Lo que el ICBF ha debido hacer es iniciar las visitas para ver si ellas cumplían con los requisitos elementales, pero no lo hicieron y de una vez les negaron la solicitud”, asegura Rincón Perfetti.
 
“La ley dice que el cónyuge o compañero permanente del padre o la madre biológicos puede adoptar y que la unión marital debe ser de dos años. Pero en ninguna parte dice que el cónyuge o la pareja debe ser del sexo opuesto”, resalta Carolina, quien asegura que si el fallo de la Corte no es favorable, llevará el caso ante las instancias internacionales.
 
El ICBF basa su decisión en el fallo 029 de 2009 de la Corte Constitucional, en el cual les reconoce la unión marital de las parejas del mismo sexo, que hoy tienen los mismos derechos patrimoniales y de seguridad social que una heterosexual. Sin embargo, el fallo no se pronuncia sobre el concepto de familia y este punto es clave en la discusión.

Según el ICBF, la ley colombiana “en ningún momento reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo, ni autoriza las adopciones a las mismas. (...) Este hecho no hace evidente, ni existe aún el reconocimiento a estas parejas para casarse o adoptar, puesto que hasta ahora se estima que estas puedan conformar uniones ante notario, más nunca una familia”.

Agrega que aunque se han reconocido derechos a parejas del mismo sexo, no se puede afirmar “que esté abriendo las puertas para la adopción de niños y la institucionalización del matrimonio gay, como algunos lo han sugerido”.

Para Carolina, las parejas homosexuales son otra forma de familia, por eso no considera consecuente que el ICBF entregue niños en adopción a personas solteras y sin preguntar si se es homosexual o no. “La orientación sexual no puede ser razón de discriminación en ningún caso”, agrega.

Y aunque existe un fallo de tutela en primera y segunda instancia que favorece a Carolina y a Milena y recomienda al ICBF comenzar el proceso de adopción, el Instituto sostiene sus argumentos para negarse. El caso está ahora en manos de la Corte Constitucional y cualquiera que sea su decisión, sin duda, será importante en la larga y polémica discusión de los derechos de los homosexuales.

* Nombres cambiados.