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LA HORA DE LA CONDENA

Carbocol fue condenado a pagar la indemnización más grande de la historia de Colombia.

15 de junio de 1992

EN EJERCICIO DEL DEREcho estipulado en la cláusula 2.55 del contrato suscrito entre Carbocol y ese consorcio el día 17 de septiembre de 1981 me permito comunicarles que Carbocol ha decidido dar por terminado el mencionado contrato a partir del primero de septiembre de 1985".
Esas frases contenidas en una carta suscrita por Alvaro Pupo Pupo, entonces presidente de Carbocol, le acaban de costar al Estado colombiano más de 22 mil millones de pesos.

En 1981 Carbocol contrató la explotación del Cerrejón Central con un consorcio conformado por las firmas españolas Domi y Auxini y la sociedad colombiana Prodeco. El propósito del negocio era la explotación de 10 millones de toneladas de carbón y el convenio debía terminar en 1992. Los términos y condiciones del contrato habían sido concebidos por Carboeol, que realizó una licitación privada para escoger el contratista para explotar el yacimiento. Lás proyecciones económicas iniciales, avaluadas por expertos del Banco Mundial, se hicieron sobre unos presupuestos que indicaban que en 1985 el precio del carbón llegaría a niveles de 70 dólares por tonelada.

Sin embargo cuando llegó efectivamente 1985 y después de que el consorcio colombo español había realizado el montaje de la infraestructura e iniciado la operación, los precios del carbón en el mercado eran apenas la mitad. Según el contrato, Carbocol debía pagar al consorcio un precio por tonelada de carbón extraído; adicionalmente tenía que asumir los costos de transporte del mineral y del manejo portuario. En esas condiciones el costo de cada tonelada excedía de 40 dólares, con lo cual la empresa estatal perdía cerca de cinco dólares por cada tonelada extraída. Si lo que quedaba por explotar era más de ocho millones de toneladas, la pérdida estimada a ese ritmo podía haber llegado a 70 millones de dólares y hubiera aumentado en la medida en que los precios del carbón cayeran en los mercados internacionales .

Esa situación llevó a que Carbocol decidiera que el negocio no era viable. Contractualmente Carbocol tenía la facultad de dar por terminado unilateralmente el contrato. Sin embargo la propia cláusula de terminación estipulaba claramente que en tal caso, Carbocol debía reconocerle una indemnización al contratista para compensarle las pérdidas que la determinación podía ocasionarle. Cuando se dio por terminado el contrato, las partes contratantes no se pudieron poner de acuerdo para determinar el monto de la indemnización, en buena parte por la actitud arrogante asumida por la administración de la empresa estatal. El caso pasó entonces a un tribunal de arbitramento compuesto por Hernando Tapias Rocha, César Gómez Estrada y Gustavo Humberto Rodríguez. En síntesis, el tribunal llegó a la conclusión de que Carbocol estaba obligado a indemnizar al consorcio y tasó los perjuicios en más de 11 mil millones de pesos de 1988. El asunto pasó al Consejo de Estado puesto que Carbocol interpuso un recurso contra la sentencia arbitral. Después de cuatro años el Consejo de Estado se pronunció la semana pasada y condenó a Carbocol a reconocer, a título de indemnización, 6.851 millones de pesos por diferentes conceptos al consorcio y a reconocer intereses. En síntesis, el valor de la condena puede superar hoy los 22 mil millones de pesos.

El Consejo de Estado en su sentencia censuró en varias ocasiones la conducta de Carbocol y llegó incluso a afirmar que había sido "permisiva, débil y ambigua". Por ser la condena más alta de la historia contra el Estado colombiano causó gran revuelo entre la opinión pública. Más si se tiene en cuenta que la condición financiera de la empresa no es la mejor. El año pasado arrojó pérdidas por 138 mil millones de pesos. Lo grave del fallo es que Carbocol no había realizado ninguna clase de provisiones para respaldar una contingencia , esa cuantía, lo que constituye un manejo contable poco ortodoxo.

Tal vez la única ventaja para Carbocol al haber llevado la sentencla arbitral al Consejo de Estado es que logró reducir el monto de la indemnización decretada por el tribunal de arbitramento en cerca de cinco mil millones de pesos. Esa suma más los intereses correspondientes hubieran aumentado el monto final de la condena a un total de 40 mil millones de pesos.

Aún cuando es cierto que si el contrato no se hubiera terminado las pérdidas hubieran costado más que la condena, no es menos cierto que si el problema se hubiera manejado con más prudencia, el costo para el Estado probablemente hubiera sido mucho menor.-