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| Foto: Archivo SEMANA

CONTROVERSIA

“Fumar marihuana en un parque no es igual que un genocidio”: Santos

Así le dijo el presidente Juan Manuel Santos al procurador Alejandro Ordóñez tras objetar el Código Disciplinario.

10 de agosto de 2015

Al procurador general Alejandro Ordóñez se le ha cuestionado su particular rasero a la hora de disciplinar a los funcionarios. Por un lado, hay quienes cuestionan que mientras el jefe del Ministerio Público ha sido severo para castigar la 'farcpolítica' (caso Piedad Córdoba), de otro lado ha pedido absolver a algunos excongresistas condenados por 'parapolítica'. Y por otro se le cuestiona la forma desproporcionada con que ha aplicado las sanciones.

El ejemplo clásico es el de la Alcaldía de Bogotá. En 2011, Ordóñez, por los hechos del carrusel de la contratación, el mayor desfalco de los dineros de la ciudad en la historia, solo suspendió a Samuel Moreno por unos meses, sanción que luego prorrogó. Pero a Gustavo Petro, por el cambio de modelo del sistema de recolección de basuras, lo destituyó y le impuso una inhabilidad de 15 años, sanción sobre la cual hay vigentes unas medidas cautelares de la CIDH.

El particular criterio de Ordóñez volvió a quedar en evidencia por cuenta del Código Único Disciplinario, una ley que fue aprobada por el Congreso, el pasado mes de mayo, y que modifica el régimen de sanciones disciplinarias para todos los servidores públicos.

Dicho proyecto fue objetado por el presidente Juan Manuel Santos quien lo calificó no solo de inconstitucional sino de desproporcionado.

“Hay una evidente desproporción enhtre las faltas allí consagradas. Se equiparan en su identidad y sanción con infracciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, al Derecho Internacional Humanitario, y a la libertad personal, con faltas de naturaleza estrictamente administrativa que no alcanzan tal relevancia administrativa”, señala el documento de objeciones presidenciales.

Una de las controversias de este Código Disciplinario es que incluye en el capítulo de faltas gravísimas la siguiente conducta: “Consumir, en el sitio de trabajo o en lugares públicos, sustancias prohibidas que produzcan dependencia física o síquica, asistir al trabajo en tres o más ocasiones en estado de embriaguez o bajo el efecto de estupefacientes. Cuando la conducta no fuere reiterada conforme a la modalidad señalada (falta gravísima) será calificada como grave”.

Según el mismo código, las faltas gravísimas son sancionadas hasta con “destitución e inhabilidad para ocupar cargos públicos entre 10 a 20 años”.

Eso significa, a la luz de la norma objetada, que consumir sustancias psicoactivas o alcohólicas tendría la misma sanción que otras conductas, en teoría, más graves. Pues por ejemplo este código también define como falta gravísima de un funcionario la promoción o financiación de grupos ilegales, la celebración indebida de contratos.

Esta desproporción en la sanciones de la nueva ley motivaron la más reciente controversia entre el presidente Juan Manuel Santos y el procurador Ordóñez. Este lunes, el mandatario hizo una particular alusión al tema, cuando explicó las razones por las que objetó el proyecto de la Procuraduría.

“Ya están diciendo que lo objeté porque yo quiero que los funcionarios se dediquen a fumar marihuana”, dijo el presidente. “No es lo mismo fumar marihuana en un parque, un domingo, o un genocidio, pero le aplican la misma sanción”.

Quizás consciente de lo alcances de su argumento Santos aclaró “no quiero que los funcionarios vayan a fumar marihuana a los parques, sino que simplemente esa norma rompía con ese principio de proporcionalidad que nuestra Constitución obliga en cada ley y en cada disposición”, dijo.

La controversia será conocimiento del Congreso quien tendrá que revisar esa misma ley que aprobó y ajustarla a la Constitución. Todo parece que tendrá que evaluar el severo rasero del procurador.