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La resurrección de Fernando Londoño

Con el fallo a su favor la semana pasada, el ex ministro ganó una batalla, pero todavía no ha ganado la guerra. Nadie sabe cómo fallará el nuevo juez en el caso de Invercolsa.

12 de febrero de 2006

La noticia dio la impresión de que se había reversado todo. Hace unos días, un grupo de conjueces del Consejo de Estado echó para atrás el fallo que condenaba al ex ministro Fernando Londoño a perder las acciones que tenía en la holding de empresas de gas Invercolsa, que le habían costado nueve millones de dólares. Con esto, muchos pensaron que Londoño no sólo habría recuperado la plata, sino que le habría ganado a Ecopetrol un pleito con el que lleva más de ocho años. Esto, sin embargo, no fue así. La historia sigue siendo complicada y aún no ha llegado a su fin. Todo se remonta a la compra de un paquete de acciones de Invercolsa que Fernando Londoño adquirió a Ecopetrol a mediados de los años 90 y que luego pasaron a manos de la misteriosa sociedad panameña Afib, cuyos dueños aún no se conocen. El pleito saltó a la luz pública cuando el Tribunal Superior de Bogotá resolvió que Londoño había adquirido ilegalmente ese paquete accionario a precios favorables, gracias a que se había hecho pasar por empleado de Invercolsa sin tener derecho. El 9 de diciembre de 2003, la sala plena del Consejo de Estado le ordenó al ex ministro devolver de inmediato el paquete de acciones que había adquirido de Invercolsa. Con ese fallo, el ex ministro perdía los nueve millones de dólares que supuestamente invirtió inicialmente y también los dividendos que recibió cuando estas acciones aún estaban en su poder. Hace una semana, sin embargo, un grupo de cuatro conjueces de la sección quinta del alto tribunal dejó sin efecto el fallo de la sala plena. La decisión se profirió a raíz de una tutela que un grupo de abogados de Afib instauró ante el Tribunal Superior de Cundinamarca contra Invercolsa, Ecopetrol, la Procuraduría y la Supersociedades, para reclamar que se violó su derecho al debido proceso. La sala de conjueces le dio la razón a la sociedad panameña. Pero también fue más allá y dejó consignado que este caso se había visto impregnado de un populismo extremo e injustificado y que encontraron "errores ostensibles y grotescos". El fallo tenía la importancia de ser el segundo en la historia en que una sala de conjueces revoca en acción de tutela un fallo pronunciado por la sala plena del Consejo de Estado. El primer caso había sido el de la pérdida de investidura del representante a la Cámara Luis Norberto Guerra Vélez. La verdad es que el fallo del Consejo de Estado sí parecía estar impregnado del ambiente político del momento. Y tal vez por eso no se había manejado con mucho rigor el respeto al debido proceso. Además, tenía un aspecto particularmente controvertido: era un fallo confiscatorio basado en el principio de la mala fe. Por primera vez en Colombia se invocaba este principio en una acción popular. El principal argumento de los abogados de Afib es que, independientemente de la conducta de Londoño, la sociedad no tenía por qué ser sancionada. Según ellos, se trataba de un tercero que simplemente le había prestado a Londoño los recursos para comprar las acciones y éste se las había entregado a cambio como prenda mientras pagaba la deuda. No hay duda de que el negocio inventado por Londoño estaba lleno de malabarismos jurídicos poco ortodoxos. Pero así como es evidente que se trataba de una tinterillada, no es automático que apostarle a una interpretación jurídica muy discutible sea un delito. En un país donde los fallos de la justicia tienden a ser volátiles y donde las cosas siempre tienen más de una interpretación jurídica, las partes interesadas siempre tratan de meter goles a su favor. Cuando estos intentos son burdos, como en el caso de Invercolsa, le corresponde a la justicia evitarlos, pero de ahí a la confiscación hay un trecho. Por todo lo anterior, la sala de conjueces decidió declarar nulo el fallo del Consejo de Estado. Sin embargo, esto no significa que Londoño haya ganado el pleito. Simplemente que su juez ya no será el Consejo de Estado, sino el juez 28 del circuito civil de Bogotá, que es el que tenía el caso originalmente. Este no había fallado cuando el Consejo de Estado se interpuso alegando que tenía competencia. Al no reconocerse esta competencia por el grupo de conjueces, la responsabilidad del fallo vuelve a recaer sobre el primer juez. Es poco probable que Londoño gane el pleito por el cambio de juez. En su contra pesa el hecho de que la justicia laboral ya había fallado en contra de su pretensión de haber sido trabajador de Invercolsa. Con este antecedente, su batalla jurídica sigue siendo cuesta arriba. Los conocedores del caso anticipan que no es imposible que se declare nulo el negocio original. Sin embargo, en lugar de una confiscación, existe la posibilidad de que se ordene reversar la transacción. Londoño siempre alega que esa era su posición original, pero que Ecopetrol nunca accedió a echar para atrás el negocio. El argumento no es del todo válido, pues sus pretensiones económicas eran totalmente ventajistas y más a favor suyo que del Estado. Ahora que el juez 28 tiene la sartén por el mango, cualquier fórmula tendrá que tener como prioridad el interés público sobre el particular. El meollo del problema es que Londoño quiere su capital más intereses de ocho años, lo cual ascendería a alrededor de 15 millones de dólares. Ecopetrol, por su parte, quiere que le devuelvan no sólo sus acciones de Invercolsa, sino los miles de millones de pesos en dividendos que fueron pagados a Londoño durante el período que éstas fueron de él. Alguna fórmula debería permitir llegar a un punto medio cruzando intereses contra dividendos y devolviendo el capital original de nueve millones de dólares contra la entrega de las acciones. En todo caso,t nadie sabe cuánto durará la telenovela antes de llegar a su fin. Estos procesos en manos de los jueces a veces duran años. Tanto los protagonistas como los espectadores esperan impacientes el desenlace.