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La revolución de Mayo

Ahora que el gobierno se la jugó con la Constituyente, la pregunta es ¿qué va a hacer la Corte?

4 de junio de 1990

"Esto va a despertar muchas polémicas", dijo uno de los ministros al concluir la discusión de más de dos horas el jueves en Palacio, sobre el decreto que ordena a las autoridades electorales contar los votos por una Asamblea Constituyente el 27 de mayo. "Claro que las va a despertar -le respondió el ministro de Gobierno, Horacio Serpa-, ¿no ve que es un paso revolucionario?". Era el cierre de un debate en el que más que desacuerdos sobre la necesidad de dictar la medida, lo que hubo fue mucha preocupación de parte de los titulares de varias carteras sobre la reacción de distintos sectores al decreto y sobre la frustración que implicaría un nuevo fracaso en la larga lista de intentos de reformar la Constitución.
Pero el gobierno decidió jugársela y en la noche el Presidente Virgilio Barco salió a la televisión a anunciar la medida, así como otras tan trascendentales como polémicas, como la financiación, por primera vez en la historia de Colombia, de una campaña presidencial con fondos públicos. En los días siguientes, la audacia de la administración produjo sus frutos: aunque no faltaron las reservas frente a las medidas, lo cierto es que las reacciones fueron más bien positivas. El haberlas tomado le permitió al gobierno comprar, aunque fuera por unos pocos días, una tregua después de semanas de duras críticas de todos los sectores.
A principios de la semana, y debido a los problemas que habían surgido en el acuerdo de los cuatro sectores políticos más fuertes -el liberalismo, el social conservatismo, el alvarismo y el M-19- muchos creyeron que el gobierno iba a dejar que la idea de la Constituyente muriera definitivamente. El gobierno mismo había dejado entender que no se le mediría al asunto sino después de un acuerdo político de los partidos. Cuando quedó en claro, a mediados de la semana, que el acuerdo entre estos se había desmoronado, la pelota quedó en manos del Presidente. "Nos dejamos arrinconar por todos los lados para que quedara en evidencia que al dictar el decreto respondíamos a un clamor nacional y no a una iniciativa atrevida de nuestra parte", le dijo a SEMANA un funcionario de Palacio.

Las dudas
Pero ahí no va a parar la historia. Lo cierto es que una vez dictado el decreto y después de ser relativamente bien recibido por la opinión y por los cuatro principales candidatos, así como por la Unión Patriotica, hay una carrera de obstáculos de aquí al 27 de mayo, que bien puede terminar con una derrota. "Nosotros estamos absolutamente convencidos de que la medida es constitucional", aseguro el ministro Serpa.
La confianza del gobierno se deriva de la misma tesis que inspiró la iniciativa del plebiscito en febrero de 1988. Se trata de un pronunciamiento de la Corte -la sentencia del 9 de junio del 87- en el cual el máximo tribunal pareció señalar el camino para que se reformara la Constitución por un procedimiento distinto de las dos vueltas legislativas previstas en el artículo 218. "La Nación Constituyente -dijo entonces la Corte-, no por razón de autorizaciones de naturaleza jurídica que la hayan inhabilitado para actuar, sino por la misma fuerza y efectividad de su poder político goza de la mayor autonomía para adoptar las decisiones que a bien tenga en relación con su estructura política fundamental". Que el gobierno está agarrado de ahí lo demuestra el hecho de que en los considerandos del decreto se cita ese párrafo de la sentencia de la Corte.
¿Qué va a hacer la Corte? Como para variar, casi nadie lo sabe, pues ese tribunal tiene acostumbrado al país a sus cambios de humor. Lo lógico sería que, si se sostiene en su tesis de junio del 87, le de vía libre al proceso. Esto, según algunos juristas consultados por SEMANA, puede hacerlo por dos caminos. El primero es declararse inhibida para pronunciarse, por considerar, en concordancia con lo dicho en junio del 87, que no puede oponerse a que "la Nación Constituyente" reforme su "estructura política fundamental". El segundo es producir un fallo más político que jurídico en el cual, teniendo en cuenta las dimensiones de la crisis nacional se pronuncie a favor de la constitucionalidad de la medida en cuanto esta está destinada a restablecer el orden público, que es precisamente el objetivo de los decretos de Estado de Sitio, como el dictado el jueves.
Pero si tiene dos caminos para darle vía libre a la votación por la Asamblea, así mismo tiene cualquier cantidad para cerrarle el paso. Puede simple y llanamente, decir que lo que se está haciendo, de hecho, es convocar un plebiscito y, a través de él, una Asamblea Constituyente, todo lo cual es violatorio del artículo 218 de la Constitución. O puede agarrarse de cualquier vericueto de fondo o de forma, como alegar que el régimen electoral no puede reformarse por un decreto de Estado de Sitio. O puede también decir que como nadie supo nunca cuántos votos hubo a favor de la Constituyente el 11 de marzo, no se puede tener en cuenta eso como un considerando del decreto. "Es evidente que si la decisión de la Corte es la de tumbar el decreto, va a encontrar argumentos muy fácilmente -dijo uno de los juristas que habló con SEMANA-, pero yo creo que en ese caso la misma Corte tendría que comprender las consecuencias que para ella y para el país tendría esta nueva frustración".
En fin, en este punto esta la clave del futuro de todo este proceso. El viernes, el gobierno remitió el decreto a la Corte para su obligatoria revisión constitucional. Y esta debió enviarlo el sábado al despacho del Procurador General, Alfonso Gómez Méndez, quien tiene 10 días para pronunciarse.
Una vez producido este pronunciamiento del jefe del ministerio público, la Corte tendrá 45 días para dictar su sentencia. Esto quiere decir que la posición de la Corte puede conocerse antes o después del 27 de mayo, y no faltan quienes creen que es mejor que se demore hasta después de las elecciones, pues consideran muy difícil que la Corte se vaya en contra de los millones de votos que se presume dirán que sí a la iniciativa.
Y a propósito de millones de votos, el texto establecido por el decreto del gobierno para servir de pregunta que los votantes deberán contestar con un si o un no, no establece, a diferencia de aquel en el que los candidatos se pusieron inicialmente de acuerdo hace dos semanas, qué cantidad de votos o qué porcentaje servirá para dar por aprobada o rechazada la iniciativa. En efecto, el borrador en el que los candidatos se habían puesto en principio de acuerdo hablaba de un 51% de los votos que sean emitidos en la elección presidencial. Esto habría sido una cifra alrededor de los 4.5 millones de votos por el sí, ya que se supone que la elección presidencial va a contar con cerca de 9 millones de votantes. Pero en el decreto nada se dice al respecto. Sin embargo, esto no parece preocupar a nadie, pues a juzgar por las encuestas, no sólo parece que habrá una participación tan alta por las presidenciales como por la Asamblea, sino que esa participación es, en más del 80%, de electores que van a pronunciarse por el sí.
Pero independientemente de la suerte que corra la iniciativa el 27 de mayo, hay muchos interrogantes que tendrán que ir resolviéndose a medida que se desarrolla el proceso. "El gobierno no quiso dejar todo establecido, sino abrir las puertas para que las fuerzas políticas y sociales se pongan de acuerdo", explicó Serpa. Pero hubo un punto en el que avanzó más. Se trata de la integración de la Asamblea, que, según el decreto, sera democrática y popular. Según el gobierno, esto quiere decir que una parte importante -es decir, mayoritaria- de sus miembros deberán ser elegidos por voto popular. Y que los de los gremios, sindicatos, estudiantes y demás fuerzas sociales, deberán ser elegidos en sus respectivos campos, pero por medio de un procedimiento democrático. "Es decir, que si los industriales van a tener un puesto en la Asamblea, no va a ser la junta directiva de la Andi la que lo designe a dedo, sino una votación de sus agremiados", aseguró una fuente de Palacio.

El otro decreto
Pero aparte del decreto que ordena contar los votos por la Asamblea Constitucional, el gobierno expidió otras medidas sobre ampliación de los espacios de televisión, creación de espacios gratuitos para los candidatos en la radio, uso gratuito de microondas por parte de estos y financiación de las campañas presidenciales con fondos públicos. Esta última medida que determina entregarle 25 millones de pesos a los cuatro candidatos con representación parlamentaria, 10 millones a los de partidos legalmente inscritos pero sin curules y seis millones a los demás, ha sido bien recibida en lo filosófico, pues se trata de un avance hacia una legislación que permita, como sucede en Venezuela y otros muchos países latinoamericanos y europeos, que las campañas se financien con fondos públicos, en vez de que se hagan con fondos de discutida procedencia. Esto es particularmente preocupante para Colombia pues la discutida procedencia de los fondos no es otra que la del narcotráfico, con las implicaciones que esto ha tenido para el país desde que se abrió este debate en tiempos del ministro Rodrigo Lara. Pero una cosa es que haya acuerdo en lo filosófico y otra muy distinta que se admita la falta de filtros que ha habido para dejar inscribir a los candidatos, lo que ha determinado una proliferación de nombres que hoy superan la media docena. La mayoría de los candidatos no cuenta con representación parlamentaria, que es la condición que, en un país como Alemania, se le pone a la financiación de las campañas con fondos del Estado. El mismo debate puede darse alrededor del uso de los medios de comunicación por parte de los candidatos. Se puede entender que los candidatos con representación en el Congreso o en otras corporaciones tengan derecho a un uso gratuito de la radio, la TV y las microondas. Pero no que ese derecho se extienda a cualquier colombiano que le haya dado por lanzarse a la Presidencia, sin tener que cumplir con ningún requisito.
Sin embargo, aunque no deja de ser importante y seguramente requerirá grandes revisiones en el futuro, lo anterior parece insignificante al lado de la trascendencia del decreto que ordena contar los votos para una Asamblea Constitucional. Si la Corte no hunde la nave con un torpedo, se habrá dado finalmente el histórico timonazo de que se habló cuando Barco y Pastrana firmaron el acuerdo de la Casa de Nariño. Barco podrá cobrar que terminó imponiendo su idea del plebiscito y el país contará, si no con una solución a sus problemas, al menos con una esperanza. Pero si no, la crisis alcanzará dimensiones inimaginables, pues si un país puede resistir una larga guerra, lo que está claro es que no puede resistir que siempre lo derroten.-