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Álvaro Uribe y Juan Manuel Santos | Foto: Archivo SEMANA

TRIBUNALES

¿Por qué las reelecciones de Uribe y Santos podrían volverse inconstitucionales?

La Corte Constitucional revisa una ponencia que así lo considera, aunque no afectaría la legitimidad de los segundos mandatos de ambos presidentes.

3 de mayo de 2016

La Corte Constitucional empezará a estudiar esta semana un proyecto de fallo con el que el magistrado Gabriel Eduardo Mendoza propone declarar nula la sentencia que, en últimas, declaró exequible la reelección presidencial.

Si esa ponencia es aceptada por sus compañeros, implicaría que el segundo mandato de Álvaro Uribe y el de Juan Manuel Santos se habrían basado en una norma inconstitucional. Sin embargo, ello no afecta la continuidad del mandato del actual jefe del Estado.

¿Cómo es la historia? En el 2005, la Corte Constitucional aprobó -por un escaso margen de cinco a cuatro- el proyecto de cambio a la Constitución que admitía la reelección presidencial.

Gracias a esa determinación, el entonces presidente Álvaro Uribe pudo presentar su polémica candidatura para el periodo siguiente. Así, conquistó nuevamente el apoyo de los electores y terminó siendo elegido para el período 2006-2010 con una contundente diferencia en la primera vuelta de los comicios.

Con la norma vigente, su sucesor, Juan Manuel Santos, repitió la historia, siendo elegido en dos períodos consecutivos, aunque sin el mismo respaldo multitudinario.

Sin embargo, por iniciativa de su propio Gobierno la reelección dejó de ser una posibilidad en el futuro, gracias a la reforma al equilibrio de poderes, que vuelve a prohibir que quienes lleguen a la Casa de Nariño ocupen el cargo de nuevo.

Jaime Araujo Rentería, abogado constitucionalista que integró la Corte cuando ese tribunal aprobó la figura, nunca estuvo de acuerdo con ella. Por eso se opuso a la decisión mayoritaria que terminó aprobándola hace 11 años y sigue oponiéndose, entre otras cosas, porque cree que fue producto de una trama delictiva: la ‘Yidispolítica‘.

El jurista -ya por fuera del alto tribunal- propuso un incidente de nulidad de la sentencia C-1040 del 2005, la misma que declaró exequible la reforma reeleccionista. Sorpresivamente, el magistrado ponente del caso Gabriel Eduardo Mendoza opina lo mismo y le pidió a sus compañeros que dejen sin efecto esa determinación.

Eso significa que, de darse esa decisión, tanto la reelección de Uribe como la de Santos, fueron inconstitucionales. Y si bien un fallo así no afecta la legitimidad del mandato del uno ni la continuidad del otro, sus efectos no son solo simbólicos.

Pese a que la ponencia solo indica que la reelección fue nula, fuentes de la Corte no descartan que, a futuro, los afectados por las dos reelecciones inconstitucionales puedan demandar para ser reparados.

De hecho, algunos no dudan que una decisión de esa naturaleza dará lugar a un álgido debate -no jurídico, sino ya político- sobre la validez del período que le queda al presidente Santos.

Un asunto clave -de aceptarse el proyecto de fallo- es que la Justicia podría aceptar a futuro la tesis de que, por cuenta de la inconstitucionalidad de sus reelecciones, ni Uribe ni Santos estarían cobijados por el fuero presidencial en sus segundos mandatos, por lo que sus actos de gobierno podrían ser investigados por la Fiscalía, si alguien los denuncia.

En fin, todo depende además de si la Corte acepta la tesis de Mendoza y si esta tiene efectos solo a futuro o si también tiene la virtud de regir para situaciones pasadas. El hecho concreto es que ambas reelecciones serían inconstitucionales.