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Ahora las licencias de conducción para los conductores particulares menores de 60 años tendrán una vigencia de 10 años. | Foto: Archivo SEMANA

TRÁMITE

Ley antitrámites: ¿qué pasa con el proceso de renovación del pase?

El viceministro de Transporte, Felipe Targa, pidió a los colombianos, por ahora, no salir en masa a renovar la licencia. La razón: unificarán los cuatro tipos de pase que existen y el nuevo documento estará listo a fin de año.

12 de enero de 2012

El Ministerio de Transporte explicó cuáles son los pasos a seguir ahora que el decreto ley para depurar los trámites, firmado este martes por el presidente de la República, amplió la fecha de vencimiento de las nuevas licencias de conducción.
 
“Hoy a cualquier persona que saca un pase nuevo se lo expiden con una vigencia de cinco años (…) Pues bien, en adelante los pases tendrán vigencia por diez años, la cual irá disminuyendo según la edad de los ciudadanos, cuando lleguen a los 60 años, lo que obedece a criterios internacionales de seguridad vial”, dijo Santos durante la firma del mencionado decreto.
 
Ante las dudas que originó el anuncio en muchos colombianos, que aún no han cambiado el pase o que tienen el nuevo con vigencia de cinco años, el viceministro de Transporte, Felipe Targa, dijo que “hoy no hay que salir a renovar nada”.
 
La razón es que actualmente existen en Colombia cuatro tipos de licencias y “el Ministerio de Transporte deberá unificarlas”. Por eso la cartera tendrá que diseñar un nuevo documento que reúna los requerimientos exigidos.
 
“Eso lo haremos a fin de año (entre octubre y noviembre). En ese momento el ciudadano tendrá que cambiar el documento físico. Hoy no hay que salir a renovar nada”, aclaró el funcionario, sin precisar una fecha exacta.
 
Pero, ¿qué pasa con quienes recientemente sacaron la nueva licencia? Para ellos la renovación de la ficha –cuando esté lista– no tendrá costo, pero para tramitarla tendrán de nuevo que presentar y aprobar el examen de coordinación física y motriz.
 
Sobre esta prueba, obligatoria para obtener la licencia y cuyo costo hoy superaba 100.000 pesos, el Gobierno explicó que se podrá realizar en una Institución Prestadora de Salud (IPS) y que no costará más que una cita convencional.
 
De este modo, la vigencia del pase la define la prueba física, que se deberá realizar cada cierto periodo según la edad del ciudadano:
 
Transporte particular
 
Menores de 60 años: cada 10 años.
Entre 60 y 80 años: cada 5 años.
Mayores de 80 años: cada año.
 
Transporte público
 
Menores de 60 años: cada 3 años.
Mayores de 60 años: cada año.
 
La otra situación es la de quienes aún tienen las viejas licencias. Ellos también deberán esperar que el nuevo documento esté listo, pagar la tarifa establecida para sacar el nuevo pase y cumplir los requisitos (ver requisitos al final del artículo).
 
En todos los casos, los ciudadanos que quieran renovar su pase deberán estar al día en el pago de multas de tránsito.
 
El funcionario recordó que hoy no existen sanciones para quienes no están al día con el examen o portan un documento antiguo, pero resaltó que se trabajará para implementar penalidades asociadas al tema.
 
Sobre el nuevo pase que estará listo a final de año, el viceministro dijo que llevará impresa la fecha de vencimiento (inicialmente se pensó en que no la llevara) para evitarles problemas a los ciudadanos que conducen en el exterior, pues en algunos países exigen la caducidad de la licencia.
 
Finalmente, quienes nunca han sacado su pase y quieran adquirir el documento por primera vez, podrán realizar el trámite correspondiente para recibir la actual licencia. Luego deberán cambiarla, sin costo, por el nuevo pase que diseñe el Ministerio.
 
Requisitos para obtener la licencia de conducción
 
Para vehículos particulares:
 
1. Saber leer y escribir.
2. Tener dieciséis (16) años cumplidos.
3. Aprobar exámenes teórico y práctico de conducción para vehículos particulares, ante las autoridades públicas o privadas que se encuentren debidamente habilitadas para ello e inscritas ante el RUNT, de conformidad con la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte.
4. Obtener un certificado de aptitud en conducción otorgado por un Centro de Enseñanza Automovilística habilitado por el Ministerio de Transporte e inscrito ante el RUNT.
5. Presentar certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir expedido por una Institución Prestadora de Salud o por un Centro de Reconocimiento de Conductores, de conformidad con la reglamentación que expida el Ministerio.
 
Para vehículos de servicio público:
 
A estos conductores se les exigirán los requisitos anteriores. Adicionalmente, tener por lo menos dieciocho (18) años cumplidos y aprobar un examen teórico y práctico de conducción referido a vehículos de transporte público conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte.
 
Los conductores de servicio público deben recibir capacitación y obtener la certificación en los temas que determine el Ministerio de Transporte.