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El Procurador, Alejandro Ordóñez. | Foto: Archivo Semana

DEMANDA

Licencia de paternidad cobija a padres que no son cónyuges: procurador

En un concepto entregado a la Corte Constitucional el procurador general, Alejandro Ordóñez, considera que la licencia de paternidad es un derecho fundamental.

20 de febrero de 2012

En lo que se podría considerar un cambio de giro en sus decisiones, el procurador general de la nación, Alejandro Ordóñez, emitió un concepto ante la Corte Constitucional en el que señaló que los padres que no están casados o que no tienen una unión permanente pueden beneficiarse de la licencia de paternidad que otorga la llamada ‘Ley María’.
 
“Lo que justifica y permite el cumplimiento del propósito de la licencia de paternidad es amparar el derecho del recién nacido al cuidado y amor del padre que convive con el recién nacido y la madre, convivencia que se presume del padre que a la vez es cónyuge o compañero permanente”, se lee en un comunicado de la Procuraduría.
 
La decisión entregada por la Procuraduría a la Corte Constitucional hará parte del fallo de la demanda contra el parágrafo 1 del artículo 1 de la Ley 1468 de 2011, en el que solicitó al alto tribunal que declare la inconstitucionalidad de la norma.
 
De acuerdo con la demanda presentada ante el alto tribunal, se está vulnerando el derecho a la igualdad y los derechos fundamentales de los niños al entregar una licencia remunerada de paternidad para el cónyuge con exclusión de los padres que no ostentan la calidad de cónyuges o de compañeros permanentes de la madre.
 
La declaración del procurador cobra relevancia pues son conocidas sus posiciones en las que se ha valorado el concepto de familia de la religión católica.
 
Se espera que en los próximos días la Corte Constitucional analice y entregue el fallo de definitivo.