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Eduardo Pulgar defiende peleas de gallos en Colombia en plena cuarentena | Foto: Semana Noticias

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Los argumentos del magistrado de la Corte Suprema que no apoyó orden de captura contra Eduardo Pulgar

El magistrado Francisco Farfán Molina advirtió a sus compañeros que no era necesario capturar a Pulgar para que se defendiera en este proceso.

2 de diciembre de 2020

SEMANA sigue revelando detalles de la orden que se emitió para capturar al senador Eduardo Pulgar, una decisión cuya ponencia estaba en manos del magistrado Marco Rueda y que contó con el apoyo de varios de sus compañeros de sala. Sin embargo, uno de esos magistrados salvó voto. Es decir, no estuvo de acuerdo con la orden de capturar a Pulgar para que este se defienda en medio del proceso por presunto ofrecimiento de soborno a un juez en Usiacurí, Atlántico, en un caso en el que el congresista habría ofrecido “200 barras” al juez Andrés Rodríguez.

El documento de más de 45 páginas, conocido por SEMANA, señala en uno de sus apartes que: “Al respecto basta con precisar que ningún elemento de juicio incorporado a la actuación revela que Pulgar Daza haya pretendido entorpecer el recuadro probatorio en ninguna investigación penal concreta adelantada en su contra, luego no se encuentra sustento alguno para suponer que en lo que es objeto de análisis se podría vislumbrar dicho riesgo”.

Y agrega el magistrado Farfán: “Es claro, en mi criterio, que la providencia no solo incurre en un manifiesto vicio de garantías al resolver la situación jurídica sin pronunciarse previamente sobre la objeción por error grave a un dictamen pericial relevante para el derecho defensa, sino que adicionalmente dispone imponer una detención preventiva sin que existan los estándares probatorios mínimos que el marco constitucional y legal exigen para tan grave afectación del derecho fundamental a la libertad física”.

Llama la atención otro punto del documento conocido por SEMANA, en el que el magistrado Farfán, señala: “Pero lo que es más grave: sin encontrarse acreditados de manera concurrente o individual ninguno de los fines constitucionales y legales que justifican imponer tal medida, lo que permite concluir que la misma se adoptó con vulneración ostensible de los principios de necesidad, taxatividad, excepcionalidad y proporcionalidad que limitan no solo el ius puniendi en sentido general, sino además la imposición de esta concreta medida de aseguramiento en el decurso del proceso penal”.

El congresista del Partido de La U es investigado por los delitos de cohecho por dar u ofrecer, tráfico de influencias y posible corrupción electoral.

El caso del senador inició a mediados de este año cuando se revelaron grabaciones en las que, presuntamente, intenta convencer al juez Andrés Rodríguez Caez, del municipio de Usiacurí, Atlántico, para que acepte un soborno a fin de favorecer a algunos de sus patrocinadores.

El pasado mes de octubre se llevó a cabo una indagatoria en la que por espacio de cinco horas Pulgar fue escuchado en el despacho del magistrado Marco Antonio Rueda por ese supuesto caso de intento de soborno.

Tras esa indagatoria, Pulgar había quedado formalmente vinculado a la investigación ante el despacho del magistrado Rueda, de la Sala de Instrucción de la Corte.

Días después de esa diligencia, el magistrado citó al juez Rodríguez Caez para escuchar su testimonio, pieza clave para el proceso.

El juez ratificó su denuncia y le contó al magistrado todo lo que habría sucedido. El hecho habría ocurrido en el año 2017, en medio de una reunión en el apartamento de Pulgar, en el norte de Barranquilla, al que Rodríguez asistió por invitación del entonces alcalde de Usiacurí, Ronald Padilla. La grabación la habría realizado el propio juez.

“No joda, yo quiero apelar a ti para ver cómo me pueden ayudar ustedes, porque esto es un negocio. Esto es un negocio. Yo te digo la verdad… esto es un negocio. Esto tiene que quedar entre nosotros tres porque los manes están preocupados”, dice la que sería la voz de Pulgar en una parte de los audios revelados.